La Invitación Focalizada Idartes 2026 – Estrategia Bakatá para Comunidades Étnicas residentes en Bogotá reúne en una iniciativa integral cinco áreas estratégicas de intervención, orientadas a promover, preservar y visibilizar las prácticas artísticas de comunidades étnicas en Bogotá. Incluye procesos de formación artística, el desarrollo de un laboratorio para fortalecer competencias en español a agentes artísticos, acciones estratégicas para impulsar la oralidad y las tradiciones, con especial énfasis en la oralitura algunas comunidades étnicas, la realización de eventos artísticos en torno a festividades y conmemoraciones tradicionales y contemporáneos alusivos a fiestas tradicionales o a conmemoraciones emblemáticas en espacios escénicos convencionales y no convencionales. Finalmente, se incorpora una estrategia transversal de gestión del conocimiento, destinada a fortalecer la circulación y apropiación de saberes artísticos en la ciudad. Fundamentada en los lineamientos de los documentos CONPES D.C. 37, 38, 39 y 40, la iniciativa integral promueve en su conjunto la diversidad y el impulso de procesos artísticos emergentes, proyectándose en escenarios inclusivos tanto convencionales como no convencionales. En conjunto, esta invitación representa una apuesta integral para el reconocimiento, la salvaguarda y la proyección de las expresiones artísticas de los pueblos étnicos que enriquecen la vida cultural de Bogotá.
Para garantizar que la Estrategia Bakatá se desarrolle bajo principios de transparencia, equidad y respeto a la normatividad vigente, la Invitación Focalizada Idartes 2026 Estrategia Bakatá para Comunidades Étnicas residentes en Bogotá, establece criterios claros de participación. Estos lineamientos buscan prevenir conflictos de interés, asegurar la idoneidad de los participantes y mantener la integridad de los procesos de fomento cultural, razón por la cual se definen las siguientes restricciones específicas de participación, que hacen parte integral de la presente invitación focalizada:
Personas con injerencia en el proceso: No podrán participar quienes hayan intervenido en procesos de jornadas informativas, preparación o elaboración de los términos y condiciones de participación, de la invitación focalizada; así como quienes hayan participado en el Comité Sectorial de Fomento, la Mesa Sectorial de Fomento o en los equipos de fomento de cualquier entidad involucrada.
Parentesco con servidores públicos: No podrán participar las personas con parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, con servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades adscritas (IDARTES, IDPC, OFB, FUGA).
Miembros del comité de verificación y recomendación: No podrán participar aquellas personas naturales designadas como miembros del comité de verificación y recomendación o mentores, ni sus cónyuges, compañeros(as) permanentes, ni sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados) o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, hijos adoptivos).
Antecedentes de Incumplimiento: No podrán participar personas naturales, jurídicas (incluyendo miembros de la junta) o agrupaciones (incluyendo sus integrantes) a quienes se les que haya declarado, mediante acto administrativo ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguna de las convocatorias o invitaciones culturales parte de los programas o proyectos de fomento distrital, ya sea por la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB, FUGA o cualquier entidad que haya ofertado Iniciativas durante los años 2024 y 2025.
Formato para la Presentación de la Iniciativa Invitación Focalizada Idartes 2026 - Estrategia Bakatá para Comunidades Étnicas residentes en Bogotá:
El diligenciamiento del documento “Formato para la Presentación de la Iniciativa Invitación Focalizada Idartes 2026 - Estrategia Bakatá para Comunidades Étnicas residentes en Bogotá” es de carácter obligatorio para el registro y participación en la Invitación Focalizada Idartes 2026 – Estrategia Bakatá. Su finalidad es garantizar la planeación, la pertinencia normativa y el compromiso organizativo de las comunidades, estructurando objetivos culturales, responsabilidades, fases de trabajo, impacto social y declaración final. El diligenciamiento de este formato es un requisito estricto dentro del marco de participación, diseñado para estandarizar la información que recibirá el equipo misional y administrativo del Idartes. Por ello, debe mantenerse íntegro en su estructura, sin alteraciones ni modificaciones. Al articularse con la Estrategia Bakatá, este formato consolida el compromiso institucional de fortalecer la diversidad y los procesos artísticos de los pueblos étnicos residentes en Bogotá, asegurando transparencia, coherencia y cumplimiento en la implementación de la iniciativa.
Agrupación:
Agrupación conformada por dos (2) o más personas naturales, mayores de 18 años, residentes o domiciliadas exclusivamente en Bogotá D.C., que pertenezcan a una comunidad étnica y desarrollen procesos culturales o artísticos con domicilio en esta ciudad.
*La agrupación debe contar con una persona designada como representante, quien será el responsable de recibir el incentivo, asegurar la ejecución y estará encargado de la comunicación con la Entidad.
Proceso de Verificación y Recomendación
Presentación de la iniciativa:
Los interesados deben inscribir su iniciativa artística mediante una presentación única y formal en la plataforma de Invitaciones Culturales: www.invitaciones.srcd.gov.co. Esta plataforma ha sido diseñada para ser intuitiva y accesible, asegurando que el proceso de inscripción sea sencillo y que cada iniciativa reciba la atención que merece.
Verificación del cumplimiento de requisitos:
La entidad revisará la documentación administrativa y técnica solicitada, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
Integridad de los documentos: Se comprobará que todos los documentos requeridos hayan sido presentados completa y correctamente.
Cumplimiento de criterios de elegibilidad: Los criterios de elegibilidad para participar en la invitación focalizada se dividen en el cumplimiento del perfil exigido, la correcta presentación de la iniciativa y no estar incurso en restricciones de participación..
Perfil de los participantes: La invitación focalizada exige que los participantes sean una agrupación conformada por dos o más personas naturales, mayores de 18 años. Además, es requisito indispensable que residan o estén domiciliadas exclusivamente en Bogotá D.C., pertenezcan a una comunidad étnica y desarrollen procesos culturales o artísticos con domicilio en la ciudad.
Concordancia y requisitos documentales
Concordancia de la iniciativa: Se verificará que la iniciativa se ajuste a los objetivos y lineamientos específicos de la invitación focalizada.
Integridad de los documentos: Se revisará que todos los documentos sean presentados completa y correctamente. Esto incluye el "Formato para la Presentación de la Iniciativa Invitación Focalizada Idartes 2026 - Estrategia Bakatá para Comunidades Étnicas residentes en Bogotá" diligenciado en su totalidad sin modificaciones, el presupuesto detallado usando la guía y formato correspondiente, el Registro Único Tributario (RUT) y la copia del documento de identidad del representante de la agrupación.
Recomendación:
El comité de verificación y recomendación revisará la documentación presentada y, si lo considera necesario, emitirá observaciones y recomendaciones consignadas en el Acta de Verificación y Recomendación. Estas deberán ser acogidas por los participantes durante la ejecución de la iniciativa.
El comité responsable de llevar a cabo la verificación de la documentación técnica y administrativa y en caso de ser necesario, realizar las observaciones y recomendaciones a mejoras o ajustes en documentos de la iniciativa como presupuestos o cronogramas a fin de que las iniciativas recomendadas tengan una mejor ejecución en el marco de la invitación focalizada, estará integrado por dos (2) contratistas del Idartes, integrantes de la Línea de Pueblos Étnicos y de la Subdirección de las Artes. Su participación será de carácter Ad honorem.
Publicación de resultados:
El Acta y la Resolución de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación.
Nota: Aunque la Entidad enviará un correo electrónico de notificación a los seleccionados, es responsabilidad exclusiva del participante consultar la Plataforma de Invitaciones Culturales para enterarse de los resultados y el estado del proceso en todas sus etapas.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:
1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.
2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:
3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.
4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:
5. Consideraciones adicionales:
Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico de notificación dentro de los 5 días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo, al correo suministrado por el ganador, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de recibo del correo, para dar su respuesta al correo electrónico: grupos.etnicos@idartes.gov.co, manifestando la aceptación o no del incentivo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasados estos diez (10) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del incentivo y los documentos requeridos para la legalización de éste, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia el incentivo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere.
Con la aceptación de los incentivos, los ganadores deben hacer envío al correo grupos.etnicos@idartes.gov.co, de los siguientes documentos:
Certificado bancario del Representante de la agrupación, o forma de expresión organizativa desde la cual fue enviada la presente iniciativa, no mayor a un (1) mes de expedición, emitida por una entidad bancaria tradicional: Debe incluir el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta.
*No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano.
Cédula de Ciudadanía del representante de la agrupación.
Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes (NIT: 900.413.030-9) en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia. La póliza debe amparar el riesgo por el cien por ciento (100%) del valor total del incentivo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución de este y cuatro (4) meses más.
Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual si en su iniciativa se desarrollan actividades en eventos sociales, ferias, exposiciones, instalaciones sociales y deportivas entre otras, el beneficiario deberá constituir esta póliza, por el valor correspondiente a doscientos (200) salarios mínimos legales vigentes y por el término de vigencia de la iniciativa a favor del Idartes.
La iniciativa seleccionada deberá acoger, en el momento oportuno, las recomendaciones técnicas formuladas por el comité de verificación y recomendación de la Invitación focalizada, así como cumplir con los parámetros establecidos en el cronograma, la descripción, las condiciones de participación de la invitación focalizada, las restricciones de participación, los compromisos de la entidad y las consecuencias previstas en caso de incumplimiento. En caso de requerirse, deberá entregar dentro del plazo estipulado el plan de mejora correspondiente. Este proceso quedará registrado en un acta que dará constancia de la atención a la solicitud realizada por el Idartes.
El o los responsables de la iniciativa seleccionada deberá asistir de manera puntual a todas las reuniones convocadas por el Idartes, ya sean presenciales o virtuales, así como a las visitas y demás encuentros programados por el equipo misional de acompañamiento..
En caso de que la iniciativa contemple actividades, eventos o intervenciones en el espacio público como parte de la ejecución, se deberán gestionar los permisos y autorizaciones correspondientes, conforme a lo establecido en el Decreto 315 de 2024 o en la normativa aplicable. Este trámite deberá adelantarse ante las autoridades competentes, respetando los lineamientos fijados por el Distrito y garantizando el cumplimiento de las condiciones estipuladas.
Las condiciones incluyen:
Obtención previa de permisos.
Respeto por el entorno mediante la adecuada gestión de residuos según su clasificación.
Preservación del mobiliario urbano.
Manejo responsable del sonido, evitando superar los decibeles permitidos por la normativa distrital.
Uso del espacio público dentro de los horarios autorizados, ajustándose estrictamente a los tiempos aprobados.
Asimismo, se prohíbe:
La instalación de estructuras ancladas al suelo que alteren de manera permanente el espacio público.
La realización de ventas no autorizadas o comercio informal en zonas restringidas.
Cualquier uso que contravenga la destinación del espacio público, incluyendo el consumo de bebidas alcohólicas o sustancias alucinógenas.
El uso de pólvora y juegos pirotécnicos que puedan poner en riesgo la seguridad de los asistentes o afectar el entorno.
La utilización de animales en prácticas que impliquen maltrato, incluso cuando se alegue justificación cultural.
Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la iniciativa, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes. Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del incentivo. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las iniciativas.
De igual manera, deberá suscribir los documentos que autoricen la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa y su uso con fines de divulgación, así como cualquier otro que el Idartes requiera para estos efectos.
La iniciativa seleccionada deberá mantener indemne al Idartes frente a cualquier reclamación relacionada con el contenido de las propuestas. Para tal fin, se solicita el envío del logo de la organización participante o, en caso de no contar con uno, la indicación expresa del nombre de la organización. Esta exigencia se fundamenta en que los recursos utilizados corresponden a fondos públicos, lo que obliga a garantizar transparencia y una adecuada visibilidad institucional.
La iniciativa seleccionada deberá asistir puntualmente a las sesiones de acompañamiento programadas por el mentor o la mentora asignada. Se aclara que la labor de los mentores no incluye la asesoría en la elaboración de informes o reportes de gestión, ni la gestión de solicitudes de equipamientos culturales que puedan requerirse para el desarrollo de la iniciativa.
La iniciativa seleccionada deberá entregar un informe integral final, el cual se diligenciará únicamente en la carpeta Drive con enlace asignado e informado por el Idartes. Este informe deberá incluir:
a. Informe de seguimiento
Diligenciar el formato correspondiente que permite el seguimiento a la ejecución y contrastar lo planeado en el formulario de alistamiento con lo que realmente será ejecutado en cada fase y etapa. Dentro de las actividades de seguimiento a la ejecución se verificará el cumplimiento de metas, actividades, cronograma, responsables y recursos planificados midiendo la gestión con indicadores de gestión.
b. Reporte de gastos
Presentar un informe acompañado de los soportes que evidencien la correcta utilización de los recursos otorgados por el Idartes.
Las cuentas de cobro deberán estar respaldadas con: Registro Único Tributario (RUT), comprobantes de egreso y documento de identidad.
c. Piezas comunicativas
Adjuntar fotografías y videos que documenten la realización de cada actividad del plan inicial.
Se requiere un mínimo de cinco (5) fotografías y un (1) video por actividad.
Incumplimientos
De conformidad con las condiciones específicas establecidas en esta Invitación Focalizada, el IDARTES actuará bajo el siguiente procedimiento en caso de evidenciarse un presunto incumplimiento de los compromisos adquiridos por el ganador:
Requerimiento de Explicaciones: La Entidad requerirá formalmente al participante para que brinde las explicaciones pertinentes frente a la situación detectada.
Debido Proceso: Si el participante no atiende los requerimientos, los compromisos acordados no se cumplen, o se evidencia un incumplimiento claro de los deberes o de los términos de la Invitación Focalizada, la Entidad adelantará el procedimiento administrativo correspondiente. Este proceso se regirá por lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011, en compañía del garante y salvaguardando en todo momento el derecho a la defensa y al debido proceso del participante.
Declaratoria de incumplimiento: Si como resultado del proceso administrativo se comprueba el incumplimiento, éste se declarará mediante Acto Administrativo.
Consecuencias jurídicas: La declaratoria de incumplimiento podrá ocasionar una restricción de participación que le impedirá a la persona natural, a la agrupación y a sus integrantes, o a la persona jurídica, su representante legal y miembros de junta directiva a participar, por el término de los dos (2) años siguientes de la declaratoria, en las invitaciones culturales ofertadas por la Entidad y en los demás mecanismos de fomento del orden distrital de Bogotá D.C. Asimismo, la Entidad podrá requerir la devolución total o parcial de las sumas entregadas, si una vez hecho el desembolso del incentivo se advierte que el participante incumplió con alguno de los deberes o condiciones establecidas en la presente invitación.
La iniciativa seleccionada recibirá el incentivo económico correspondiente, distribuido en dos desembolsos:
Primer desembolso (90%): Se entregará el noventa por ciento (90%) del valor total del incentivo, una vez notificada la resolución de seleccionados y previo cumplimiento de los requisitos establecidos en dicho acto administrativo.
Segundo desembolso (10%): El diez por ciento (10%) restante se otorgará tras el cumplimiento de todos los compromisos asumidos por el proponente y la presentación del informe final de actividades, junto con el reporte de gastos y sus respectivos soportes. Este desembolso estará sujeto a la certificación de cumplimiento emitida por IDARTES.
Nota: Los desembolsos se realizarán únicamente previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos definida en el Programa Anual de Caja (PAC). Al incentivo se le aplicarán las retenciones correspondientes según la normatividad tributaria vigente, las cuales deberán ser asumidas por el proponente seleccionado de acuerdo con su calidad tributaria.
1. Entregar los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES y a la programación de pagos de la Entidad.
2. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.
3. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.