El Instituto Distrital de las Artes – Idartes, a través de la Subdirección de las Artes y su Línea Estratégica de Pueblos Étnicos, presenta esta invitación focalizada como parte de los acuerdos concertados con la instancia de representación legal de las comunidades negras y afrocolombianas en el Distrito Capital. Su objetivo es fortalecer las prácticas artísticas propias, visibilizar los saberes ancestrales y consolidar redes colaborativas que promuevan el desarrollo cultural con enfoque diferencial.
La invitación se estructura en dos fases complementarias:
Ambas fases garantizan la participación de las comunidades en la definición de contenidos, metodologías y resultados, reconociendo sus trayectorias, saberes y aportes al campo artístico en Bogotá. La invitación reafirma el compromiso institucional de Idartes con la equidad cultural, la inclusión étnica y el fortalecimiento del tejido comunitario desde el arte.
La presente invitación se articula con el Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038, especialmente con la Coordenada cuatro: Acción colectiva, tejido social y redes de comunidades creadoras, reconociendo la importancia del tejido social articulado para garantizar la sostenibilidad del ecosistema cultural a través del 'Fortalecimiento del trabajo en red entre las comunidades creadoras'. Mediante la implementación de sus dos fases (formación en artes tradicionales y sistematización de redes colaborativas), invitamos a las y los participantes a consultar y apropiar el plan en mención, profundizando sobre la coordenada que guía esta invitación y las demás orientaciones que este documento brinda para la garantía, ejercicio y disfrute pleno de los derechos culturales de las personas, culturas y territorios de la ciudad
[1] El Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038 se encuentra disponible para consulta en el siguiente enlace: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/es/plan-de-cultura-de-bogota-2038.
Para esta Invitación Focalizada, se deben tener en cuenta las siguientes condiciones:
El Formato para la Presentación de la Iniciativa (ítem documentación técnica) de la invitación focalizada “Raíces creativas: redes y formación artística de comunidades negras y afrocolombianas residentes en Bogotá” es un instrumento metodológico del Instituto Distrital de las Artes (Idartes) que organiza formalmente las iniciativas comunitarias, garantizando su planeación técnica y el respeto pleno a la identidad étnica. Incluye la declaración del representante como compromiso organizativo, la identificación de la expresión cultural y su trayectoria, la fase Arte en Clave Negra orientada a procesos formativos en artes tradicionales, y la fase AfroRed Bogotá dedicada a mapear redes colaborativas. También contempla la caracterización detallada de la población beneficiaria para asegurar equidad y democratización del acceso, así como la planificación integral en tres etapas —preproducción, producción y posproducción— que obliga a una ejecución rigurosa y sistemática. Finalmente, el formato establece su finalidad como línea base del plan de acción, define su obligatoriedad normativa y fiscal, evita duplicidades institucionales y se consolida como herramienta de visibilización y fortalecimiento organizativo, al reconocer los saberes ancestrales y proyectar la creación afrodescendiente en el entorno urbano de la capital.
Fase 1. Arte en Clave Negra. Esta fase se orienta hacia el diseño e implementación de procesos formativos en artes que se realizan anualmente, orientados específicamente a las comunidades negras afrocolombianas que residen en la ciudad. Su enfoque diferencial reconoce y valora las prácticas artísticas propias en relación con expresiones culturales y saberes ancestrales de estas comunidades, promoviendo su fortalecimiento y visibilización. Cada proceso debe presentar en la iniciativa el desarrollo de contenidos, metodologías y formatos de formación que respondan a las necesidades, intereses y contextos específicos de las personas beneficiarias de las comunidades participantes. La iniciativa seleccionada debe destinar del incentivo económico recibido, la suma de 66.000.000 (sesenta y seis millones de pesos), para el desarrollo de esta fase.
Fase 2. AfroRed Bogotá. Esta fase corresponde a un proceso en el que se reúne la información que dé cuenta de las redes colaborativas que articulan artistas, colectivos, gestores y organizaciones negras y afrocolombianas que, hoy en día, promueven el intercambio de conocimientos, la visibilización de prácticas y el fortalecimiento del tejido comunitario exclusivamente en torno al campo artístico. Esta información será básica para que, en la siguiente vigencia, sea la base para desarrollar el producto asociado con el desarrollo de Estrategia de formación artística con enfoque diferencial étnico negro afrocolombiano dirigida para las comunidades negras afrocolombianas residentes en la ciudad, vigencia 2026.
Para la formulación de este componente, se deben tener en cuenta las indicaciones que se incluyen en el “Formato para la Presentación de la Iniciativa Invitación Focalizada”.
La iniciativa seleccionada debe destinar del incentivo económico recibido, la suma de $11.000.000 (once millones de pesos), para el desarrollo de esta fase.
Persona Jurídica
Sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente.
La persona jurídica deberá ser una (1) forma o expresión organizativa perteneciente a la comunidad étnico-cultural Negra y Afrocolombiana, que cuente con reconocimiento oficial y cuya dirección de domicilio principal, o la de alguna de sus sedes, esté ubicada en la ciudad de Bogotá D.C.
3. Recomendación: El comité verificador revisará la documentación administrativa y técnica presentada como parte de la iniciativa artística. Si fuera necesario, el comité realizará observaciones y recomendaciones, las cuales quedarán consignadas en el Acta de Recomendación. Estas recomendaciones deberán ser acogidas por el participante al momento de la ejecución de la iniciativa.
4. Notificación de adjudicación: El acta y la resolución de iniciativas recomendadas, y demás documentos que se elaboren durante la ejecución de esta invitación focalizada, se publicarán en el panel de documentos en la parte superior de esta invitación.
Los seleccionados serán notificados vía correo electrónico del acto administrativo por el cual se les otorga el incentivo, tal como se describe en el ítem “Compromisos de los seleccionados”.
El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
7. El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad a error con el fin de cumplir con un requisito de participación o mejorar la iniciativa presentada para efectos de la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la Invitación Cultural adelanta las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Con el fin de asegurar el cumplimiento de los criterios establecidos, se realizará la verificación de ambas condiciones a través de la plataforma transaccional SECOP II y la información contenida en la página de Datos Abiertos, específicamente el conjunto de datos de los contratos celebrados mediante SECOP II, alimentado por la Agencia Nacional de Contratación - Colombia Compra Eficiente.
Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:
1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.
2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:
3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.
4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:
5. Consideraciones adicionales:
Con la aceptación de los incentivos, los participantes de las iniciativas recomendadas deben hacer envío al correo grupos.etnicos@idartes.gov.co, de los siguientes documentos:
*No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano.
Las condiciones incluyen:
Asimismo, se prohíbe:
Asimismo, la iniciativa recomendada se compromete a garantizar el manejo adecuado de la imagen institucional y la reputación del Idartes, siguiendo las orientaciones de la Oficina Asesora de Comunicación y bajo el acompañamiento del equipo de seguimiento.
De igual manera, deberá suscribir los documentos que autoricen la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa y su uso con fines de divulgación, así como cualquier otro que el Idartes requiera para estos efectos.
Informe de seguimiento
Reporte de gastos
c. Piezas comunicativas
d. Registro audiovisual o sonoro
Las preguntas por desarrollar son las siguientes:
Incumplimiento de compromisos y procedimiento aplicable:
De acuerdo con lo establecido en las condiciones específicas de participación de la invitación cultural focalizada, la no ejecución de los compromisos por parte de los participantes de las iniciativas recomendadas constituye un presunto incumplimiento.
En tal caso, la Entidad solicitará las explicaciones pertinentes. Si estas no son atendidas o los compromisos acordados no se cumplen, se adelantará el procedimiento correspondiente dentro del marco legal, garantizando siempre el derecho a la defensa y al debido proceso. Este procedimiento se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011 y a las directrices definidas por la Entidad para tal fin.
Como consecuencia, si se comprueba el incumplimiento, éste será declarado mediante acto administrativo. Dicha declaración implica la restricción de participar, por un período de dos (2) años, en las invitaciones focalizadas y culturales organizadas por el Instituto Distrital de las Artes.
Recibir el incentivo económico correspondiente, en los siguientes porcentajes:
Nota: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC). Al incentivo se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberán ser asumidas por el proponente seleccionado, dependiendo de su calidad tributaria.
1. Entregar los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
2. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas verificadas y seleccionadas dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.
3. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.
4. En caso de que la entidad identifique, en cualquier etapa del desarrollo de la Invitación Cultural Focalizada, el incumplimiento de los compromisos previamente establecidos o de los términos de esta, el Idartes procederá a aplicar las medidas correspondientes, entre las cuales podrá contemplarse la suspensión o retiro del incentivo económico, conforme a los mecanismos legales vigentes.
Incumplimientos:
De acuerdo con lo dispuesto en las condiciones específicas de participación de la invitación cultural, la no ejecución de los compromisos de los seleccionados podría generar un presunto incumplimiento por parte del seleccionado, para lo cual la Entidad requerirá las explicaciones pertinentes y de no atender a los requerimientos o compromisos acordados, la Entidad adelantará el procedimiento correspondiente en el marco legal, garantizando el derecho a la defensa y al debido proceso. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1437 de 2011, y el procedimiento determinado por la entidad para tal fin.
De acuerdo a la Guía Operativa de Invitaciones Culturales (documento disponible en el apartado "Anexos"), como consecuencia del proceso que se adelante y de comprobarse el incumplimiento, éste se declarará mediante acto administrativo (conllevando a la restricción de no poder participar por el término de los dos (2) años siguientes en las invitaciones culturales adelantadas por el Instituto Distrital de las Artes), el cual, una vez ejecutoriado, conlleva a la exigencia de devolución de los conceptos entregados como incentivo, y la declaratoria del siniestro de la póliza de cumplimiento de disposiciones legales.