Dé clic acá y lea las Condiciones generales de participación
El Instituto Distrital de las Artes - Idartes le da la bienvenida a la tercera versión del Programa Es Cultura Local.
LEER LAS CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN: Antes de consultar las condiciones específicas de esta beca, lea atentamente las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2022, en las que encontrará la información detallada que le permitirá comprender cada una de las etapas establecidas para la participación en esta convocatoria:
Etapa de preselección: aquí se verificará el cumplimiento de los requerimientos de la información y documentación administrativa y técnica suministrada por los participantes inscritos, con el fin de determinar quiénes quedarán habilitados para adelantar el proceso de formación, según los cupos disponibles por localidad y de acuerdo con el orden de inscripción según la fecha y hora de la última modificación realizada a la propuesta. Lo anterior como prerrequisito para pasar a la etapa de evaluación y selección de propuestas recomendadas como ganadoras por parte de los jurados.
Etapa de formación: está dirigida al desarrollo de capacidades emprendedoras y empresariales, así como a la formulación de proyectos, a través de un proceso de formación impartido por un aliado estratégico, el cual consta de lo siguiente:
Emprendetones: escenarios dirigidos al fortalecimiento de habilidades emprendedoras de los participantes, lo cual se desarrollará en dos (2) emprendetones presenciales de jornada completa (8 horas) durante una misma semana. Los participantes que obtengan el certificado de cumplimiento de participación en el proceso de formación, tendrán la oportunidad de pasar a la fase de formulación de proyectos.
Fase de formulación de proyectos: talleres virtuales con acompañamiento por parte de tutores del aliado estratégico, donde cada participante mejorará su idea de proyecto para la construcción de una propuesta sólida, robusta y que corresponda a los criterios y objetivos de la convocatoria.
Los beneficiarios deberán destinar como mínimo siete (7) horas de trabajo para estas sesiones y horas de trabajo autónomo distribuidas durante dos (2) semanas.
Al inscribirse en la convocatoria, el participante entiende y acepta participar en la fase de formación, en la totalidad de sus actividades, para poder concursar por el estímulo.
Nota: En el caso de las agrupaciones y personas jurídicas preseleccionadas podrán designar a un integrante inscrito en la propuesta diferente al representante, para asistir al proceso de formación.
Etapa de selección: los participantes que formulen el proyecto como resultado del proceso de formación y obtengan el certificado de culminación del mismo, pasarán a evaluación. Para lo cual se designará un número impar de expertos externos de reconocida trayectoria e idoneidad designados a través del Banco de Jurados del Programa Distrital de Estímulos, quienes evaluarán de acuerdo a los criterios aquí establecidos y recomendarán la selección de los ganadores de los estímulos económicos.
En el marco de la tercera versión del Programa Es Cultura Local, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes y el Fondo de Desarrollo Local de Suba, aúnan esfuerzos en esta convocatoria con el propósito de contribuir a la dinamización económica y social de la localidad, a partir del apoyo a proyectos, procesos o emprendimientos que vinculen los eslabones de la cadena de valor de la economía cultural y creativa, (ver condiciones generales del Programa Distrital de Estímulos 2022, numeral 4.1.), que:
Propongan acciones que permitan ampliar la presencia local vinculando circuitos nocturnos, comunitarios, espacios multifuncionales, zonas rurales, espacio público, parques, equipamientos culturales o deportivos de Suba.
Propicien espacios de encuentro para el intercambio de saberes y experiencias, comercialización de productos o servicios, que permitan generar conexiones, articulaciones o trabajo colaborativo entre los agentes culturales y creativos de la localidad, ya sean emergentes o consolidados.
Lo anterior teniendo en cuenta los requisitos que se establecen para cada categoría.
Dirigida a proyectos, procesos o emprendimientos que vinculen eslabones de la cadena de valor de la economía cultural y creativa e implementen acciones que permitan la dinamización económica y social en la localidad, y que en su propuesta:
Incluyan acciones que permitan ampliar la presencia local vinculando circuitos nocturnos, comunitarios, espacios multifuncionales, zonas rurales, espacio público, parques, equipamientos culturales o deportivos de Suba.
Propicien espacios de encuentro para el intercambio de saberes y experiencias, comercialización de productos o servicios, que permitan generar conexiones, articulaciones o trabajo colaborativo entre los agentes culturales y creativos de la localidad, ya sean emergentes o consolidados.
En el caso de las personas jurídicas: su propuesta debe vincular mínimo tres (3) eslabones de la cadena de valor de la economía cultural y creativa.
En el caso de las agrupaciones: su propuesta debe vincular mínimo dos (2) eslabones de la cadena de valor de la economía cultural y creativa.
Cupos disponibles para el proceso de formación: Cien (100), distribuidos así:
Personas jurídicas: Veintisiete (27) cupos.
Agrupaciones: Setenta y tres (73) cupos.
Cantidad de estímulos: Setenta y dos (72).
Valor de los estímulos: Los estímulos económicos se distribuirán de la siguiente manera: - Personas jurídicas: Se otorgarán dieciocho (18) estímulos, cada uno por un valor de cuarenta millones de pesos m/cte ($40.000.000). - Agrupaciones: Se otorgarán cincuenta y cuatro (54), cada uno por un valor veinte millones de pesos m/cte ($20.000.000)
Nota 1: Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente.
Nota 2: La selección de los participantes que podrán acceder al proceso de formación, será realizada teniendo en cuenta el número de cupos disponibles por cada localidad, para lo cual se aplicarán las siguientes condiciones:
Dirigida a proyectos que propongan la activación de la Plaza Fundacional de la localidad de Suba y sus alrededores, a partir de la realización de circuitos, eventos, ferias o vitrinas comerciales de carácter interdisciplinar con la participación de procesos, proyectos o emprendimientos de agentes locales, y proponga un concierto de cierre de mediano formato.
Se encuentra ubicado entre la calle 146c bis y la calle 147, y las carreras 90 y 91
La Plaza Fundacional de la localidad de Suba se caracteriza por ser un lugar de encuentro que permite actividades de tipo comercial. De igual forma hace parte de los Sectores de Interés Cultural - SIC de la localidad, por su historia y valor patrimonial.
Las propuestas deberán:
Beneficiar a agentes y comunidades del ecosistema de la Plaza Fundacional de Suba, promoviendo la circulación y comercialización de productos o servicios, así como, acciones para generar la articulación y redes de trabajo colaborativo entre dichos agentes. Estos agentes deben participar integralmente en la realización y producción de la activación.
Garantizar la remuneración económica de los agentes involucrados y plantear estrategias de aproximación al público respecto de la exhibición, comercialización y divulgación del producto o servicio que haga parte de las acciones de activación.
Incluir un evento musical de cierre, de mediano formato, con una muestra de un artista de reconocimiento distrital.
Cupos disponibles para el proceso de formación: Cinco (5).
Cantidad de estímulos: Uno (1).
Valor de los estímulos: El estímulo corresponde al valor de cincuenta y seis millones de pesos m/cte ($56.000.000)
Nota 1: Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente.
Nota 2: La selección de los participantes que podrán acceder al proceso de formación, será realizada teniendo en cuenta el número de cupos disponibles por cada localidad, para lo cual se aplicarán las siguientes condiciones:
Del total de los estímulos dispuestos en la convocatoria, se destinarán veintidós (22) para la aplicación de enfoque étnico, diferencial o poblacional de la siguiente manera:
Aclaraciones frente a la tabla de aplicación de enfoques:
La destinación de los estímulos a los enfoques se realizará de acuerdo con la tabla anterior, a partir de las siguientes condiciones: sólo podrán optar aquellos participantes que hayan cumplido con los requisitos establecidos en la convocatoria, así mismo en el proceso de evaluación deberán obtener un puntaje mínimo de setenta (70), siendo priorizados para la asignación de los estímulos, aún cuando haya propuestas con puntajes superiores en orden descendente, presentadas por participantes que no se encuentren dentro de los enfoques mencionados.
En caso que alguno de los estímulos destinados a los enfoques descritos anteriormente quede desierto, ya sea porque no se cuente con inscritos, el participante no culmine el proceso de formación y cualificación, las propuestas queden rechazadas o en el proceso de evaluación no alcancen el puntaje mínimo para ser seleccionados, los estímulos se asignarán a los demás proyectos habilitados para evaluación, de acuerdo al puntaje obtenido en orden descendente. Lo anterior con el fin de garantizar la entrega de los recursos en esta convocatoria.
Lea las condiciones generales de participación, numeral 7.3.2., en el que se especifican las exigencias de los documentos administrativos que debe presentar según el tipo de participante.
Los documentos administrativos son comunes a todas las convocatorias y tienen el carácter de subsanables. Se entiende como documento subsanable todo documento susceptible de ser completado, actualizado o corregido en un momento posterior a la inscripción, por parte del participante y por solicitud de la entidad convocante.
Documento de identidad vigente del representante y de sus integrantes.
RUT del representante de la agrupación, con actualización posterior a enero de 2022, con alguna de las actividades económicas relacionadas en las condiciones generales de participación.
Certificado de residencia del representante y de todos los integrantes, con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria, y de acuerdo con lo solicitado en las condiciones generales de participación. En su defecto, podrá aportar declaración juramentada del lugar de residencia.
Cuando apliquen los enfoques:
Aval de pertenencia al grupo étnico a nombre del representante de la agrupación, emitido por las instancias consultivas o mesas locales étnicas, según corresponda.
Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas a nombre del representante expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, para aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado o aval de la Mesa Local de Víctimas, según corresponda (si aplica).
Documento de reconocimiento de sectores sociales expedido por la instancia de participación local correspondiente o el CLACP, a nombre del representante de la agrupación participante (si aplica).
Cuando se aplique el porcentaje de integrantes que residan en otra localidad:
Declaración de lugar en el que se ejerce la actividad económica, diligenciada en el Anexo No. 2 - Declaración de lugar en el que ejerce la actividad económica bajo la gravedad de juramento.
Documento de identidad vigente del representante legal.
Certificado de existencia y representación legal: vigencia de mínimo 30 días y máximo de 90 días. Este documento se aporta al momento de diligenciar el perfil en plataforma.
RUT de la Persona Jurídica con actualización posterior a enero de 2022, con alguna de las actividades económicas relacionadas en las condiciones generales de participación.
Cuando apliquen los enfoques:
Certificación sobre la existencia y representación legal del grupo étnico o aval a nombre del representante legal emitido por las instancias consultivas o mesas locales étnicas, según corresponda.
Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas a nombre del representante legal: expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, para aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado o aval de la Mesa Local de Víctimas, según corresponda (si aplica).
Documento de reconocimiento de sectores sociales expedido por la instancia de participación local correspondiente o el CLACP, a nombre del representante de la persona jurídica participante (si aplica).
Adicional a lo contenido en las condiciones generales de participación, tenga en cuenta lo siguiente:
Verificación: Una vez cerrada la convocatoria se verificará el cumplimiento de las condiciones de participación de cada participante y propuesta, de conformidad con los lineamientos establecidos en el presente documento. Al finalizar el proceso de verificación, el resultado será publicado en la plataforma, de acuerdo con el cronograma establecido para dicho efecto en cada convocatoria. Es responsabilidad de los de acuerdo con el cronograma establecido para dicho efecto en cada convocatoria. Es responsabilidad de los participantes hacer el seguimiento y verificación del estado de su propuesta en la plataforma. Las propuestas serán clasificadas en los siguientes estados:
Propuestas habilitadas: las que presentan la totalidad de la documentación requerida (documentos técnicos y administrativos para verificación) y cumplen con las condiciones de participación tanto generales, como específicas.
Propuestas rechazadas: las que no presenten la documentación no subsanable requerida, no subsanen en el tiempo establecido o no cumplen con las condiciones de participación tanto generales, como específicas.
Propuestas que se deben subsanar: las que no aportaron en el momento de la inscripción la documentación subsanable, o fue aportada de manera incorrecta. Únicamente se podrán subsanar los documentos administrativos mencionados en el capítulo ¿Quiénes pueden participar?
Aquellas propuestas que cumplan con las condiciones generales y específicas de participación de cada convocatoria, serán remitidas a la entidad aliada para desarrollar el proceso de formación en competencias emprendedoras y empresariales, así como la formulación de proyectos.
Evaluación y selección: los participantes que formulen el proyecto como resultado del proceso de formación y obtengan el certificado de culminación del mismo, pasarán a evaluación por parte del jurado designado, de acuerdo con los criterios de evaluación y teniendo en cuenta los enfoques priorizados.
Para el PECL, el Instituto Distrital de las Artes – Idartes designará un número impar de expertos externos de reconocida trayectoria e idoneidad seleccionados del Banco de Jurados de la plataforma SICON.
Los interesados en ser jurados para evaluar los proyectos deberán leer las condiciones generales del banco de jurados (aquí), inscribirse en la plataforma SICON y aportar la documentación solicitada teniendo en cuenta el perfil de jurado al que aplique.
Los jurados designados evaluarán los proyectos y emitirán un concepto escrito de los mismos, deliberarán y recomendarán los ganadores, teniendo en cuenta que los proyectos seleccionados serán los que hayan obtenido los mayores puntajes o sido priorizados con enfoque diferencial. Como resultado de este proceso, se suscribirá un acta que dejará constancia de la recomendación de ganadores, incluidos los puntajes y los argumentos técnicos que soportan la decisión.
Para postularse como jurado de esta convocatoria, ingrese al Banco de Jurados haciendo clic aquí.
Nota: Tenga en cuenta que, las inscripciones en el Banco de Jurados estarán disponibles a partir del 16 de septiembre de 2022, día en el que se publicarán en este apartado los perfiles de los jurados encargados de evaluar los proyectos preseleccionados del proceso de formación.
Son aplicables las causales de los numerales: 7.2. ¿Quiénes no pueden participar? y 7.5. Causales de rechazo, señaladas en la Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos 2022.
Adicional a lo indicado en las Condiciones Generales de Participación, a continuación se encuentran los deberes de los ganadores en el marco de esta convocatoria:
Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado, el ganador contará con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa si acepta o no el estímulo. En caso de aceptar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes deberá aportar la documentación requerida en el numeral 7.8.1. de las condiciones generales del Programa Distrital de Estímulos 2022. El ganador deberá tener en cuenta que el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado queda en firme a los diez (10) días hábiles de haberse realizado la respectiva notificación vía correo electrónico.
Constituir garantía de cumplimiento de disposiciones legales a favor de la entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30%) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más.
Gestionar los permisos necesarios amparados en la normativa vigente para la realización de actividades o eventos en espacios privados o en el espacio público, garantizando las condiciones logísticas, técnicas y de seguridad para su desarrollo. Asimismo, se aclara que los ganadores serán los responsables de la gestión y el buen uso de los espacios que hagan parte de la ejecución de su propuesta, acatando las condiciones de préstamo.
Asistir a las reuniones, encuentros o visitas convocadas por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes en articulación con el Fondo de Desarrollo Local de Suba.
Realizar actividades de socialización de los resultados obtenidos con el estímulo, a través de talleres, conferencias, conciertos, muestras, exposiciones, presentaciones, entre otras, según la naturaleza del proceso adelantado
En el caso que haya variaciones en el equipo de trabajo, el ganador deberá asegurar que quien reemplaza a la persona saliente cumpla el mismo rol y cuente con el mismo perfil, experiencia y residencia en la localidad. Este cambio deberá ser reportado al Instituto Distrital de las Artes – Idartes.
Si presentó su propuesta como agrupación y en caso de requerir un cambio de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en el numeral 7.10.14 de las condiciones generales del Programa Distrital de Estímulos 2022, así como la siguiente información:
Participar en por lo menos una de las actividades de articulación con ganadores que proponga el Fondo de Desarrollo Local de Suba.
Entregar un informe de avance de gestión junto con la relación de gastos y soportes correspondientes, a la mitad del tiempo de ejecución del proyecto, en los formatos aportados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tal fin, y aportarse a través de los medios que le sea indicado.
Entregar un informe final de gestión junto con la relación de gastos y soportes correspondientes a la ejecución total del proyecto. Es importante tener en cuenta que este informe final debe encontrarse aprobado por el equipo encargado de realizar el seguimiento a la beca y estar listo para radicación, antes del 17 de julio de 2023.
En cuanto a presuntos incumplimiento de las propuestas, la entidad el procedimiento determinado en el numeral 7.11. de las condiciones generales de participación del Programa Distrital de Estímulos 2022.
Hacerse responsable de todas las obligaciones en lo que se refiere a derechos de autor o de propiedad intelectual, industrial o comercial, previo, durante y posterior a la ejecución del proyecto. En el acto de cualquier reclamación de terceros, será el ganador quien deba comparecer y aportar los soportes a los que haya lugar, ante las instancias que corresponda. En cualquier caso, se mantendrá indemne al Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
Los demás señalados en las condiciones generales del Programa Distrital de Estímulos 2022.
Con la entrega a satisfacción por parte de los ganadores de los documentos requeridos, se iniciarán los trámites administrativos pertinentes que permitirán realizar el desembolso del estímulo económico de la siguiente manera:
* Los desembolsos se harán posterior a la certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja.
* Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente.