Dé clic acá y lea las Condiciones generales de Participación
El Instituto Distrital de las Artes - Idartes le da la bienvenida a la tercera versión del Programa Es Cultura Local.
Etapa de preselección: aquí se verificará el cumplimiento de los requerimientos de la información y documentación administrativa y técnica suministrada por los participantes inscritos, con el fin de determinar quiénes quedarán habilitados para adelantar el proceso de formación, según los cupos disponibles por localidad y de acuerdo con el orden de inscripción según la fecha y hora de la última modificación realizada a la propuesta. Lo anterior como prerrequisito para pasar a la etapa de evaluación y selección de propuestas recomendadas como ganadoras por parte de los jurados.
Etapa de formación: está dirigida al desarrollo de capacidades emprendedoras y empresariales, así como a la formulación de proyectos, a través de un proceso de formación impartido por un aliado estratégico, el cual consta de lo siguiente:
Emprendetones: escenarios dirigidos al fortalecimiento de habilidades emprendedoras de los participantes, lo cual se desarrollará en dos (2) emprendetones presenciales de jornada completa (8 horas) durante una misma semana. Los participantes que obtengan el certificado de cumplimiento de participación en el proceso de formación, tendrán la oportunidad de pasar a la fase de formulación de proyectos.
Fase de formulación de proyectos: talleres virtuales con acompañamiento por parte de tutores del aliado estratégico, donde cada participante mejorará su idea de proyecto para la construcción de una propuesta sólida, robusta y que corresponda a los criterios y objetivos de la convocatoria.
Los beneficiarios deberán destinar como mínimo siete (7) horas de trabajo para estas sesiones y horas de trabajo autónomo distribuidas durante dos (2) semanas.
Al inscribirse en la convocatoria, el participante entiende y acepta participar en la fase de formación, en la totalidad de sus actividades, para poder concursar por el estímulo.
Nota: las personas naturales preseleccionadas deberán asistir al proceso de formación, no podrán delegar a alguien diferente a la persona inscrita. En el caso de las agrupaciones y personas jurídicas preseleccionadas podrán designar a un integrante inscrito en la propuesta diferente al representante, para asistir al proceso de formación.
Etapa de selección: los participantes que formulen el proyecto como resultado del proceso de formación y obtengan el certificado de culminación del mismo, pasarán a evaluación. Para lo cual se designará un número impar de expertos externos de reconocida trayectoria e idoneidad designados a través del Banco de Jurados del Programa Distrital de Estímulos, quienes evaluarán de acuerdo a los criterios aquí establecidos y recomendarán la selección de los ganadores de los estímulos económicos.
En el marco de la tercera versión del Programa Es Cultura Local 2022, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes y el Fondo de Desarrollo Local de Kennedy, aúnan esfuerzos en esta convocatoria con el propósito de apoyar la realización de festivales locales que visibilicen e impulsen las manifestaciones artísticas y culturales locales, contribuyendo a la apropiación de sus habitantes y visitantes.
Se espera la postulación de festivales emergentes (De corta trayectoria) y consolidados (De mediana y larga trayectoria), los cuales se realicen en sectores descentralizados de la localidad, a partir de la articulación de la comunidad artística y cultural, que promuevan el intercambio de experiencias, saberes y prácticas; así como la generación de redes de trabajo colaborativo dentro de la localidad de Kennedy.
Los proyectos deberán definir de manera clara las estrategias para la vinculación de públicos.
Esta categoría está dirigida a festivales de arte, cultura o patrimonio a realizarse por primera vez, o con máximo dos (2) ediciones previas culminadas. Deben garantizar el beneficio económico a los procesos, proyectos y emprendimientos que hagan parte del festival.
Los festivales deberán contemplar acciones que permitan ampliar la presencia local vinculando circuitos nocturnos, comunitarios, espacios multifuncionales, espacio público, parques, equipamientos culturales o deportivos. Así mismo dentro de los beneficiarios deberán incluir creadores o gestores emergentes de la localidad.
Cupos disponibles para el proceso de formación: Doce (12).
Cantidad de estímulos: Cinco (5).
Valor de los estímulos: Se otorgarán cinco (5) estímulos, cada uno por un valor de veintiséis millones cuatrocientos veinte mil pesos m/cte ($26.420.000).
Nota 1: Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente.
Nota 2: La selección de los participantes que podrán acceder al proceso de formación, será realizada teniendo en cuenta el número de cupos disponibles por cada localidad, para lo cual se aplicarán las siguientes condiciones:
Esta categoría está dirigida a festivales de arte. cultura o patrimonio, que cuenten con mínimo tres (3) ediciones previas culminadas. Deben garantizar el beneficio económico a los procesos, proyectos y emprendimientos que hagan parte del festival.
Los festivales deberán contemplar acciones que permitan ampliar la presencia local vinculando circuitos nocturnos, comunitarios, espacios multifuncionales, espacio público, parques, equipamientos culturales o deportivos. Así mismo dentro de los beneficiarios deberán incluir creadores o gestores emergentes de la localidad.
Cupos disponibles para el proceso de formación: Doce (12).
Cantidad de estímulos: Cinco (5).
Valor de los estímulos: Se otorgarán cinco (5) estímulos, cada uno por un valor de treinta y nueve millones setecientos mil pesos ($39.700.000).
Nota 1: Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente.
Nota 2: La selección de los participantes que podrán acceder al proceso de formación, será realizada teniendo en cuenta el número de cupos disponibles por cada localidad, para lo cual se aplicarán las siguientes condiciones:
Nota 1: La experiencia solicitada podrá certificarse como agrupación o por la suma de experiencia de los integrantes.
Nota 2: Las agrupaciones deberán estar conformadas, mínimo en un 70%, por residentes en la localidad de Kennedy y el 30% restante podrán residir en otras localidades, con actividad económica desarrollada en Kennedy. En este último caso, se deberá diligenciar el Anexo No. 2 - Declaración de lugar en el que ejerce la actividad económica bajo la gravedad de juramento y adjuntarlo en la plataforma.
Nota 1: Las personas jurídicas deben garantizar la conformación de un equipo de trabajo base para el desarrollo de su proyecto, en el cual deberá priorizar la participación de personas que residan en la localidad.
Nota 2: La trayectoria debe acreditarse a nombre de la persona jurídica. No se tendrá en cuenta la sumatoria de la experiencia individual de los miembros de la junta que la conforman.
Conformadas por dos (2) o más personas colombianas o extranjeras, mayores de 18 años, residentes en Bogotá D.C. específicamente en la localidad de Kennedy, y que postule un festival de arte, cultura o patrimonio que cuente con una trayectoria de mínimo tres (3) ediciones previas culminadas, las cuales debe acreditar mediante los soportes de experiencia indicados en el apartado ‘Documentos requeridos’.
Nota 1: La experiencia debe certificarse como agrupación, con el nombre tal y como aparece en la inscripción.
Nota 2: Las agrupaciones deberán estar conformadas, mínimo en un 70%, por residentes en la localidad de Kennedy y el 30% restante podrán residir en otras localidades, con actividad económica desarrollada en Kennedy. En este último caso, se deberá diligenciar el Anexo No. 2 - Declaración de lugar en el que ejerce la actividad económica bajo la gravedad de juramento y adjuntarlo en la plataforma.
Con o sin ánimo de lucro, cuyo domicilio principal o alguna de sus sedes esté ubicada en la localidad de Kennedy, y que postule un festival de arte, cultura o patrimonio que cuente con una trayectoria de mínimo tres (3) ediciones previas culminadas, las cuales debe acreditar mediante los soportes de experiencia indicados en el apartado ‘Documentos requeridos’.
Nota 1: Las personas jurídicas deben garantizar la conformación de un equipo de trabajo base para el desarrollo de su proyecto, en el cual deberá priorizar la participación de personas que residan en la localidad.
Nota 2: La trayectoria debe acreditarse a nombre de la persona jurídica. No se tendrá en cuenta la sumatoria de la experiencia individual de los miembros de la junta que la conforman.
Lea las condiciones generales de participación, numeral 7.3.2., en el que se especifican las exigencias de los documentos administrativos que debe presentar según el tipo de participante.
Los documentos administrativos son comunes a todas las convocatorias y tienen el carácter de subsanables. Se entiende como documento subsanable todo documento susceptible de ser completado, actualizado o corregido en un momento posterior a la inscripción, por parte del participante y por solicitud de la entidad convocante.
Cuando se aplique el porcentaje de integrantes que residan en otra localidad:
Adicional a lo contenido en las condiciones generales de participación, tenga en cuenta lo siguiente:
Verificación: Una vez cerrada la convocatoria se verificará el cumplimiento de las condiciones de participación de cada participante y propuesta, de conformidad con los lineamientos establecidos en el presente documento. Al finalizar el proceso de verificación, el resultado será publicado en la plataforma, de acuerdo con el cronograma establecido para dicho efecto en cada convocatoria. Es responsabilidad de los participantes hacer el seguimiento y verificación del estado de su propuesta en la plataforma. Las propuestas serán clasificadas en los siguientes estados:
Propuestas habilitadas: las que presentan la totalidad de la documentación requerida (documentos técnicos y administrativos para verificación) y cumplen con las condiciones de participación tanto generales, como específicas.
Propuestas rechazadas: las que no presenten la documentación no subsanable requerida, no subsanen en el tiempo establecido o no cumplen con las condiciones de participación tanto generales, como específicas.
Propuestas que se deben subsanar: las que no aportaron en el momento de la inscripción la documentación subsanable, o fue aportada de manera incorrecta. Únicamente se podrán subsanar los documentos administrativos mencionados en el capítulo ¿Quiénes pueden participar?
Aquellas propuestas que cumplan con las condiciones generales y específicas de participación de cada convocatoria, serán remitidas a la entidad aliada para desarrollar el proceso de formación en competencias emprendedoras y empresariales, así como la formulación de proyectos.
Evaluación y selección: los participantes que formulen el proyecto como resultado del proceso de formación y obtengan el certificado de culminación del mismo, pasarán a evaluación por parte del jurado designado, de acuerdo con los criterios de evaluación y teniendo en cuenta los enfoques priorizados.
Para el PECL, el Instituto Distrital de las Artes – Idartes designará un número impar de expertos externos de reconocida trayectoria e idoneidad seleccionados del Banco de Jurados de la plataforma SICON.
Los interesados en ser jurados para evaluar los proyectos deberán leer las condiciones generales del banco de jurados (aquí), inscribirse en la plataforma SICON y aportar la documentación solicitada teniendo en cuenta el perfil de jurado al que aplique.
Los jurados designados evaluarán los proyectos y emitirán un concepto escrito de los mismos, deliberarán y recomendarán los ganadores, teniendo en cuenta que los proyectos seleccionados serán los que hayan obtenido los mayores puntajes o sido priorizados con enfoque diferencial. Como resultado de este proceso, se suscribirá un acta que dejará constancia de la recomendación de ganadores, incluidos los puntajes y los argumentos técnicos que soportan la decisión.
Para postularse como jurado de esta convocatoria, ingrese al Banco de Jurados haciendo clic aquí.
Nota: Tenga en cuenta que, las inscripciones en el Banco de Jurados estarán disponibles a partir del 16 de septiembre de 2022, día en el que se publicarán en este apartado los perfiles de los jurados encargados de evaluar los proyectos preseleccionados del proceso de formación.
Adicional a lo indicado en los numerales 7.2. ¿Quiénes no pueden participar? y 7.5. Causales de rechazo de las Condiciones Generales de Participación, se considerará como causal de rechazo lo siguiente:
Adicional a lo indicado en las Condiciones Generales de Participación, a continuación se encuentran los deberes de los ganadores en el marco de esta convocatoria:
Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado, el ganador contará con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa si acepta o no el estímulo. En caso de aceptar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes deberá aportar la documentación requerida en el numeral 7.8.1. de las condiciones generales del Programa Distrital de Estímulos 2022. El ganador deberá tener en cuenta que el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado queda en firme a los diez (10) días hábiles de haberse realizado la respectiva notificación vía correo electrónico.
Constituir garantía de cumplimiento de disposiciones legales a favor de la entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30%) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más.
Gestionar los permisos necesarios amparados en la normativa vigente para la realización de actividades o eventos en espacios privados o en el espacio público, garantizando las condiciones logísticas, técnicas y de seguridad para su desarrollo. Asimismo, se aclara que los ganadores serán los responsables de la gestión y el buen uso de los espacios que hagan parte de la ejecución de su propuesta, acatando las condiciones de préstamo.
Garantizar la remuneración económica de los agentes del sector cultural y creativo que involucre en la realización del festival.
Asistir a las reuniones, encuentros o visitas convocadas por el Instituto Distrital de las Artes – IDARTES en articulación con el Fondo de Desarrollo Local de Kennedy.
Realizar actividades de socialización de los resultados obtenidos con el estímulo, a través de talleres, conferencias, conciertos, muestras, exposiciones, presentaciones, entre otras, según la naturaleza del proceso adelantado
En el caso que haya variaciones en el equipo de trabajo, el ganador deberá asegurar que quien reemplaza a la persona saliente cumpla el mismo rol y cuente con el mismo perfil, experiencia y residencia en la localidad. Este cambio deberá ser reportado al Instituto Distrital de las Artes – IDARTES.
Si presentó su propuesta como agrupación y en caso de requerir un cambio de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en el numeral 7.10.14 de las condiciones generales del Programa Distrital de Estímulos 2022, así como la siguiente información:
Participar en por lo menos una de las actividades de articulación con ganadores que proponga el Fondo de Desarrollo Local de Kennedy.
Entregar un informe de avance de gestión junto con la relación de gastos y soportes correspondientes, a la mitad del tiempo de ejecución del proyecto, en los formatos aportados por el Instituto Distrital de las Artes – IDARTES para tal fin, y aportarse a través de los medios que le sea indicado.
Entregar un informe final de gestión junto con la relación de gastos y soportes correspondientes a la ejecución total del proyecto. Es importante tener en cuenta que este informe final debe encontrarse aprobado por el equipo encargado de realizar el seguimiento a la beca y estar listo para radicación, antes del 17 de julio de 2023.
Hacerse responsable de todas las obligaciones en lo que se refiere a derechos de autor o de propiedad intelectual, industrial o comercial, previo, durante y posterior a la ejecución de proyecto. En el acto de cualquier reclamación de terceros, será el ganador quien deba comparecer y aportar los soportes a los que haya lugar, ante las instancias que corresponda. En cualquier caso, se mantendrá indemne al Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.
En cuanto a presuntos incumplimientos de las propuestas, la Entidad adelantará el procedimiento determinado en el numeral 7.11 de las condiciones generales de participación del PDE 2022.
Los demás señalados en las condiciones generales del Programa Distrital de Estímulos 2022.
Con la entrega a satisfacción por parte de los ganadores de los documentos requeridos, se iniciarán los trámites administrativos pertinentes que permitirán realizar el desembolso del estímulo económico de la siguiente manera:
* Los desembolsos se harán posterior a la certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja.
* Al valor del estímulo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente.