Invitación focalizada Idartes 2024 - Arte palenquero: tejiendo tradiciones, autonomía y transformación en la ciudad de Bogotá - IDARTES

JM
La Invitación focalizada Idartes 2024 - Arte palenquero: tejiendo tradiciones, autonomía y transformación en la ciudad de Bogotá surge como parte del cumplimiento de los acuerdos asociados con el Plan de Acción de las Políticas Públicas Étnicas, eje del Plan Integral de Acciones Afirmativas (P.I.A.A), dirigido a la Comunidad Palenqueras residentes en Bogotá, D.C.
Pueblos étnicos
06-09-2024
Fecha de apertura
17-09-2024 5:00 PM
Fecha de cierre
10-10-2024
Publicacion de iniciativas recomendadas
28-02-2025
Fecha máxima de ejecución
Progreso
100% Publicación de seleccionados

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

La Invitación focalizada Idartes 2024 - Arte palenquero: tejiendo tradiciones, autonomía y transformación en la ciudad de Bogotá surge como parte del cumplimiento de los acuerdos asociados con el Plan de Acción de las Políticas Públicas Étnicas, eje del Plan Integral de Acciones Afirmativas (P.I.A.A), dirigido a la Comunidad Palenqueras residentes en Bogotá, D.C.

Los principales motivos de la Invitación se centran en reconocer la diversidad artística y garantizar los derechos culturales de la comunidad Palenquera, generando un programa artístico de este grupo étnico que integre las acciones concertadas.

El proyecto presentado a esta invitación debe contener una iniciativa integral en tres fases, que reúna los cuatro acuerdos PreCONPES concertados con la forma o expresión comunitaria denomina Asociación Kuagro Mona Ri Palenque de Bogotá y el Instituto Distrital de las Artes (Idartes), a saber: 

  • Llevar a cabo la implementación de un proceso de formación en práctica artística integral, diseñado y ejecutado en beneficio de la comunidad Palenquera. El proceso abarca una disciplina artística específica para promover la participación y el desarrollo de habilidades creativas desde el arte.
  • Fortalecer la identidad cultural a través del desarrollo de iniciativa artística con la que se fomenta la autonomía creativa. 
  • Desarrollar circulación de iniciativa artística registrada en medio digital que pueda ser difundida en franja de la estrategia Bakatá 24 horas, donde la comunidad palenquera tendrá la oportunidad de mostrar su potencial en creación y circulación artística

Las fases de esta Invitación deben ser presentadas por la forma o expresión organizativa perteneciente al grupo étnico con reconocimiento oficial en el formulario único y anexo a esta invitación.

En lo referente a las condiciones de participación se debe tener en cuenta los siguientes aspectos: 

  • ●        Solo se recibirá una iniciativa integral que reúna las tres fases de esta invitación, sin repetir los nombres de las personas que participaran en cada fase. 
  • ●        La inclusión de artistas y/o creadores artísticos es obligatoria en las fases del proyecto, garantizando que las iniciativas, además de adecuarse al enfoque étnico, se desarrollen bajo la perspectiva artística en sus diversas disciplinas.
  • ●        Los agentes artísticos y culturales con pertenencia étnica no podrán participar como integrantes de la iniciativa artística integral, si en la fecha de apertura y durante las diversas fases de ejecución de esta invitación, son referentes étnicos, funcionarios o contratistas de cualquier entidad del Sector Cultura del Distrito Capital.
  • Tampoco podrán participar: 
    • o    Las personas naturales con injerencia en el proceso, o sea, las que hayan intervenido en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para ello.
    • El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
    • Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
    • Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
    • A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

Incentivos


  • Se otorgará un (1) incentivo integral por un valor de VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS PESOS MCTE ($29.505.600), a la forma o expresión organizativa informada por comunidad Palenquera, que reúne siguientes fases en la iniciativa presentada: 1) Formación integral artísticas: SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS PESOS MCTE ($7.649.600) 2) Iniciativas artísticas autónomas: DIEZ MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL PESOS MCTE ($10.928.000) 3) Circulación de iniciativa artística en la estrategia Bakatá 24 horas DIEZ MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL PESOS MCTE ($10.928.000)

¿Quién puede participar?

 Forma o expresión organizativa perteneciente al grupo étnico con reconocimiento oficial como persona jurídica y residente en Bogotá D.C.

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documentos técnicos

Formulario de Presentación de la iniciativa

Formulario de Presentación de la iniciativa y Cronograma : Presente la Iniciativa en el formato dispuesto para tal fin,. El formato del formulario incluye los pasos de la gestión cultural de las artes, promoviendo así el aprendizaje de la administración cultural. Este enfoque práctico y educativo está diseñado para fortalecer las capacidades de la comunidad en la gestión cultural, asegurando que cada paso del proceso contribuya al desarrollo y enriquecimiento de sus prácticas artísticas. Descargar plantilla aquí

Presupuesto

Presupuesto: diligencie el presupuesto en el formato dispuesto para tal fin (Presupuesto.xlsx). Para hacer el presupuesto, tenga en cuenta la Guía de presupuesto (Anexos) y los gastos aceptables y no aceptables que se establecen en este documento. Descargar plantilla aquí

Registro Único Tributario.

Rut de la entidad con los datos actualizados, con fecha de impresión de 2024 y con las actividades incluidas.

Certificado de Existencia y Representación

Certificado de existencia y representación legal, expedido con mínimo 90 días, antes de la fecha de cierre de inscripción, en el cual se evidencie la renovación de la matrícula mercantil.

Anexos

GUIA PARA LA FORMULACIÓN DEL PRESUPUESTO DE UNA INICIATIVA Consulte el documento "Guía para la formulación del presupuesto de una propuesta", para la elaboración del presupuesto de su iniciativa.

Criterios de selección


Primera Ronda:
  • a. La iniciativa artística integral integra y respeta los acuerdos establecidos con la Asociación Kuagro Mona Ri Palenqe y el Instituto Distrital de las Artes (Idartes).
    Puntaje máximo: 25
  • b. Participación comunitaria en donde se confirma la inclusión de artistas y agentes artísticos reconocidos por la Comunidad Palenquera en el proceso de formación artística, iniciativa artística y circulación en medio digital.
    Puntaje máximo: 25
  • c. Unicidad de la iniciativa: se verifica que solo se haya recibido una iniciativa integral y que esta contenga todas las fases de la invitación.
    Puntaje máximo: 25
  • d. Calidad y coherencia: se evaluará la calidad artística y la coherencia de las iniciativas con los objetivos de la invitación, así como su potencial para enriquecer y fortalecer la diversidad artística y los derechos culturales de la comunidad palenquera.
    Puntaje máximo: 25

Proceso de recomendación

Presentación de la iniciativa: los interesados inscriban su proceso artístico integral mediante la presentación única y formal en la plataforma www.invitaciones.srcd.gov.co. La plataforma ha sido diseñada para ser intuitiva y accesible, asegurando que el proceso de inscripción sea sencillo y que cada proyecto reciba la atención que merece.

Verificación: El Instituto Distrital de las artes – Idartes, conformará un comité de verificación interno, integrado por personas de la Línea de Pueblos Étnicos de la Subdirección de las Artes, encargado de verificar el cumplimiento de los requisitos solicitados en la descripción detallada de la invitación focalizada, teniendo en cuenta los siguientes criterios: 

  1. La iniciativa artística integral integra y respeta los acuerdos establecidos con la Asociación Kuagro Mona Ri Palenqe y el Instituto Distrital de las Artes (Idartes).
  2. Participación comunitaria en donde se confirma la inclusión de artistas y agentes artísticos reconocidos por la Comunidad Palenquera en el proceso de formación artística, iniciativa artística y circulación en medio digital. 
  3. Unicidad de la iniciativa: se verifica que solo se haya recibido una iniciativa integral y que esta contenga todas las fases de la invitación.
  4. Calidad y coherencia: se evaluará la calidad artística y la coherencia de las iniciativas con los objetivos de la invitación, así como su potencial para enriquecer y fortalecer la diversidad artística y los derechos culturales de la comunidad palenquera.

Recomendación: el comité de verificación y recomendación interno revisará la iniciativa artística integral y realizará observaciones y recomendaciones de ser necesario, esto quedará consignado en una planilla de recomendación, las cuales deberán ser acogidas por el proponente al momento de la ejecución.        

Publicación de resultados: El acta, la resolución de iniciativas recomendadas y demás documentos que se elaboren durante la ejecución de esta invitación focalizada, se publicarán en el panel de documentos en la parte superior de esta invitación. Las ganadoras y ganadores serán notificados vía correo electrónico certificado del acto administrativo por el cual se les otorga el incentivo, como se describe en el ítem “Compromisos de los seleccionados”.

Causales para no ser habilitado

  1. Las personas naturales con injerencia en el proceso, o sea, las que hayan intervenido en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para ello.
  2. El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
  3. Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
  4. Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
  5. A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.


  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 


  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Compromisos para la ejecución

  1. Responder oportunamente al correo electrónico de notificación de ganadores: El Idartes enviará un correo electrónico certificado de notificación dentro de los 5 días hábiles posteriores a la publicación del acto administrativo, al correo suministrado por el ganador, quien tendrá diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha y hora de recibo del correo, para dar su respuesta al correo electrónico: grupos.etnicos@idartes.gov.co,  manifestando la aceptación o no del incentivo de forma expresa y para hacer entrega de los documentos requeridos para la legalización del mismo. Si pasados estos diez (10) días hábiles la Entidad no recibe la aceptación o rechazo del incentivo y los documentos requeridos para la legalización del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, entenderemos que el ganador renuncia el incentivo, el cual le será asignado al suplente, si lo hubiere."                                                                                     Con la aceptación de los incentivos, los ganadores deben hacer envío al correo grupos.etnicos@idartes.gov.co, de los siguientes documentos:

●   Certificado bancario de la persona natural, del representante de la agrupación o de la persona jurídica a la cual fue enviada la presente invitación, no mayor a un mes de expedición emitida por una entidad bancaria tradicional, que incluya el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta. 

*No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano. 

● RUT de la persona jurídica con carácter especial actualizado a 2022 y factura electrónica (de la persona jurídica).

"Expedir una Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes (NIT: 900.413.030-9), en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el cien por ciento (100%) del valor total del incentivo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más".

Si en su iniciativa se desarrollan actividades en eventos sociales, ferias, exposiciones, instalaciones sociales y deportivas entre otras, el beneficiario deberá constituir una póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual, por el valor correspondiente a doscientos (200) salarios mínimos legales vigentes y por el término de vigencia de la iniciativa a favor del IDARTES.

2. Asistir a las reuniones, encuentros, visitas y demás convocadas por el IDARTES.

3. Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la iniciativa, en caso de ser requeridos.

4. En caso de que la iniciativa se trate de una intervención en espacio público, será obligación del ganador cumplir con la normativa vigente y gestionar los permisos correspondientes frente a las autoridades competentes para llevar a cabo su iniciativa.

5. Incluir según manual de uso (VER ANEXOS), los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la iniciativa, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes.  Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución de la invitación y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución de la invitación. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las iniciativas.

6. Entregar un informe final que incluya: 

  • Los listados de asistencia del conjunto de actividades realizadas en el marco de la experiencia artística y del laboratorio de formación artística que contengan: fecha, hora, lugar, nombre del evento, responsable y el nombre del IDARTES.
  • Registro fotográfico (10 fotografías por cada fase) y dos memorias sociales de cada fase de la invitación focalizada en donde en registro audiovisual se documente y refleje el desarrollo de cada proceso artístico con elementos clave como: 1) Introducción y contexto, 2) Descripción del proceso creativo, 3) Experiencias personales y emocionales, 4) resultados y producción artística, 5) Impacto social y comunitario y 6) Reflexión crítica.
  • Registro en formato digital en alta calidad de la circulación de iniciativa artística que será presentada como franja de la estrategia Bakatá 24 Horas.
  • Evaluación enviada por la Entidad, completamente diligenciada con firma de la autoridad étnica responsable o representante legal del proceso representativo. 
  • Los demás que solicite la entidad. 
  • Relación de gastos con los soportes, que dé cuenta de la ejecución de los recursos del incentivo económico.

Beneficios

  1. Recibir el acompañamiento de un mentor asignado, que será seleccionado del Banco de Personas Expertas del sector Cultura y tendrá reconocimiento económico a cargo de la Subdirección de las Artes – Idartes,        con el fin de que las iniciativas seleccionadas mejoren sus procesos de ejecución y en el mediano  y largo plazo cuenten con la posibilidad de que sus proyectos artísticos, culturales y patrimoniales, así como los integrantes de las asociaciones y organización pertenecientes a los diferentes  grupos étnicos, puedan cualificarse y encontrar rutas de sostenibilidad al tener orientación y retroalimentación en determinados temas en los que el mentor(a) es experto(a).
  1. Recibir el incentivo económico correspondiente, en los siguientes porcentajes:
  • Un primer desembolso equivalente al noventa por ciento (90%) del valor total del incentivo, una vez notificada la resolución que otorga el incentivo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo.
  • Un segundo y último desembolso equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del incentivo previo cumplimiento de todos los compromisos por parte del proponente seleccionado y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte del IDARTES.

Nota: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–. Al incentivo se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el proponente seleccionado, dependiendo de su calidad tributaria.

Compromisos de la entidad

1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo monetario, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes. 

2. Entregar los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes y a la programación de pagos de la Entidad.
3. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.