Esta Invitación Cultural contempla la selección de doce (12) artistas, colectivos, agrupaciones o personas jurídicas que tendrán la oportunidad de exhibir, circular y vender sus productos editoriales asociados al cómic y la narrativa gráfica en la Feria Internacional del Libro de Bogotá – FILBo 2025, en Corferias (Cra. 37 #24 - 67), dentro de un espacio de 24 metros cuadrados en el Pabellón 8-2, destinado para estas iniciativas. Para cada seleccionado, la Gerencia de Literatura asegurará la producción básica del espacio: una (1) mesa de 70 x 70 cm aproximadamente, exhibidor de pared, dos (2) sillas y un (1) punto de electricidad colectivo. En total, habrá seis (6) mesas en el espacio.
Esta invitación busca darle prioridad a artistas, agrupaciones, colectivos o personas jurídicas que no vayan a contar con espacio de exposición en FILBo 2025 y que no hayan sido ganadores de la Invitación Cultural ZAE Zonas de Arte y Emprendimiento en la Ciudad 2025 – Idartes.
Las iniciativas ganadoras participarán en el Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025 en los siguientes turnos:
Es importante tener presente que los productos o bienes que se comercialicen en esta zona deben estar relacionados exclusivamente con publicaciones o actividades asociadas al cómic y la narrativa gráfica, tales como libros, fanzines, publicaciones comunitarias, publicaciones seriadas, revistas, pines, separadores, afiches, libretas, esferos, colores, tintas, etc. En ningún caso se podrá comercializar ropa o productos no asociados al campo de la creación o editorial.
Las fechas y lugares de realización de las iniciativas están sujetas a la programación definida por el Idartes y la Feria Internacional del Libro – FILBo 2025.
No podrán participar quienes sean seleccionados como ganadores en la Invitación Cultural ZAE Zonas de Arte y Emprendimiento en la Ciudad 2025.
Notas: en esta invitación NO pueden participar:
* Emprendimientos o artistas que no estén relacionados con productos editoriales asociados al cómic y la narrativa gráfica.
* Emprendimientos o artistas que comercialicen elementos que incentiven el consumo de sustancias psicoactivas tales como pipas, "cueros", rascadores, derivados del tabaco, entre otros similares.
Beneficios de participación
Se otorgarán doce (12) cupos en el Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025, de acuerdo al calendario estipulado en esta invitación.
Además del potencial de comercialización, los ganadores tendrán los siguientes beneficios:
1. Acceso al Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025, en las fechas correspondientes, según su asignación.
2. El espacio y los permisos para la comercialización de los productos o bienes, durante el desarrollo del evento o espacio, únicamente en el Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025.
3. Contará con la producción básica del espacio (mesa, exhibidor de pared, sillas, puntos de electricidad, etc.), la cual estará sujeta a las condiciones de cada lugar.
4. Promoción y divulgación general del Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025, realizada por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes (Sujeto al alcance de la Oficina Asesora de Comunicaciones y la calidad gráfica entregada por los emprendedores).
5. Los ingresos obtenidos por cada uno de los emprendimientos resultado de la comercialización y venta de sus productos o bienes, durante el desarrollo del Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025, serán en su totalidad para el emprendimiento.
Persona natural:
Persona colombiana o extranjera, mayor de 18 años, residente o domiciliada en Bogotá D.C.
Las personas naturales deben acreditar la experiencia en procesos asociados al cómic o la narrativa gráfica como creador, escritor, ilustrador, editor, distribuidor o gestor, entre otros, que cuente con publicaciones asociadas al cómic y la narrativa gráfica y/o que desee comercializar sus propias obras y/o de otros artistas en este espacio en la Feria Internacional del Libro de Bogotá 2025.
Documentos administrativos a presentar:
-Documentos de Identidad (se deberá presentar un solo documento, según corresponda):
Cédula de Ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras.
Cédula de extranjería.
Pasaporte vigente.
Ciudadanos Venezolanos:
PPT (Permiso para Protección Temporal)
Nota: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.
-Certificado de Residencia o Formato de Declaración Juramentada (Adjuntar Formato de declaración Juramentada en la plataforma).
Agrupación:
Agrupación integrada por dos o más personas naturales colombianas o extranjeras, mayores de 18 años, residentes o domiciliadas en Bogotá D.C. o hasta en un 50 % residentes en los siguientes municipios circundantes: Soacha, Facatativá, Zipaquirá, Chía, Mosquera, Madrid, Funza, Cajicá, Sibaté, Tocancipá, La Calera, Sopó, Tabio, Tenjo, Cota, Gachancipá y Bojacá.
La agrupación debe contar con una persona designada como representante, adicional deben acreditar la experiencia en procesos asociados al cómic o la narrativa gráfica como creadores, escritores, ilustradores, editores, distribuidores o gestores, entre otros, que cuenten con publicaciones asociadas al cómic y la narrativa gráfica y/o que deseen comercializar sus propias obras y/o de otros artistas en este espacio en la Feria Internacional del Libro de Bogotá 2025.
Nota: No se permite la participación de menores de edad.
Documentos administrativos del representante y cada uno de los integrantes:
Cédula de ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras.
Cédula de extranjería.
Ciudadanos venezolanos:
Permiso para Protección Temporal (PPT) de cada uno de los integrantes.
Nota: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.
-Certificado de Residencia o Formato de Declaración Juramentada para todos los integrantes del colectivo participante (Adjuntar Formato de declaración Juramentada en la plataforma).
Persona jurídica:
Persona jurídica domiciliada en Bogotá D.C. La inscripción debe realizarla el representante legal de acuerdo con el documento que reglamenta su órgano administrativo.
La persona jurídica debe acreditar la experiencia en procesos asociados al cómic o la narrativa gráfica como creadores, escritores, ilustradores, editores, distribuidores o gestores, entre otros, que cuenten con publicaciones asociadas al cómic y la narrativa gráfica y/o que deseen comercializar sus propias obras y/o de otros artistas en este espacio en la Feria Internacional del Libro de Bogotá 2025. Adicionalmente, debe contar con un emprendimiento cuyo funcionamiento y operación se realice en Bogotá, así mismo, las actividades deben estar relacionadas con el objeto de la presente invitación cultural.
Documentos administrativos:
Certificado de existencia y representación legal, expedido con mínimo 30 días, antes de la fecha de cierre de inscripción.
Cédula de ciudadanía del Representante Legal.
Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura.
Publicación del listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas: Se publicará en esta página, máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación. Posterior a la publicación de dicho listado, los participantes cuentan con un día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Si el participante considera que realizó correctamente el cargue a la plataforma de todos los documentos y cumplió a cabalidad con todos los requisitos contemplados en la Invitación Cultural a la cual aplicó, y evidencia alguna inconsistencia en el denominado “Listado de iniciativas habilitada y no habilitadas”, podrá enviar los comentarios pertinentes mediante los canales establecidos para ello.
Es importante tener en cuenta que en la presente Invitación Cultural NO se contempla la posibilidad de Subsanación de la documentación solicitada.
Evaluación y selección: Se conformará un comité de selección interno ad honorem integrado por tres personas pertenecientes a la Entidad, idóneas para valorar y elegir las iniciativas ganadoras y suplentes, de acuerdo a los criterios de evaluación. La conformación del comité evaluador quedará consignada en un acta para consulta pública en la página de esta invitación y su decisión será inapelable.
En caso de que alguno de los integrantes de la agrupación participante sea familiar hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente, de alguno de los jurados del comité de evaluación, el mismo tendrá que declarar su conflicto de interés para la evaluación de dichas iniciativas.
Puntaje mínimo de selección: El puntaje mínimo para que una iniciativa sea considerada como elegible en esta invitación, debe ser igual o superior a 80 puntos ponderados. Las iniciativas serán seleccionadas en orden descendente de acuerdo con el puntaje otorgado por el comité de selección interno como resultado de la etapa de evaluación.
Que una iniciativa obtenga un puntaje asignado de 80 puntos o más, no implica su selección como ganadora.
Publicación de resultados: el acta con las iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación (anuncios de la parte superior).
El Idartes aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.
El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
La persona postulante, un integrante de la agrupación, el representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.
Se presentaron dos o más iniciativas por parte de los postulantes, ello incluye a las personas que integran agrupaciones o personas jurídicas.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
El participante forma parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.
El participante fue seleccionado como ganador en la Invitación Cultural ZAE Zonas de Arte y Emprendimiento en la Ciudad 2025.
El/ la participante, colectivo, agrupación o persona jurídica subarrendó a otro(s) emprendimiento(s) el cupo que fue entregado en la presente invitación cultural.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
1. Una vez comunicado vía correo electrónico por parte de la Gerencia de Literatura los resultados del proceso de selección, los ganadores deberán manifestar de forma expresa por correo electrónico a gerencia.literatura@idartes.gov.co si aceptan o no la participación.
Adicionalmente, en dicho correo deberán aportar la documentación que se señala a continuación:
Una imagen del logo del emprendimiento o la marca en formato de alta calidad, en editable y png.
Tres (3) imágenes en alta calidad (peso promedio de 2 megas - 2000 kb) de las piezas o productos más importantes a comercializar, las tres (3) imágenes deben estar nombradas con la referencia del producto.
Un (1) documento en formato editable que contenga: Un párrafo claro y atractivo de máximo 300 palabras donde se describa el emprendimiento, los productos que ofrecerán en el espacio de Filbo, las redes sociales y la novedad para este año.
La licencia de uso diligenciada y firmada: disponible para descarga en los formatos de esta invitación cultural. (Ver formatos anexos en la parte inferior).
2. Dar los créditos al Idartes en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la iniciativa ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la Entidad.
3. En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la iniciativa presentada, autorizar al IDARTES, o a quien éste designe, por medio de una licencia de uso, en la cual deberán ser licenciados los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia, únicamente con fines promocionales de formación, circulación, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones.
4. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
5. Incluir según manual de uso, los logos del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y de la Alcaldía de Bogotá en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la iniciativa, previa aprobación del equipo a cargo de la unidad de gestión respectiva en articulación con el área de Comunicaciones del Idartes. Se debe contar con el visto bueno de la unidad de gestión encargada del seguimiento a la ejecución del incentivo y el Área de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, sobre las piezas de divulgación que se realicen en el marco de la ejecución del incentivo. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional del Idartes y el manejo adecuado y pertinente de la imagen de la Entidad, y suscribir los documentos que autorizan la reproducción de las obras incluidas en la iniciativa ganadora y el uso de estas con fines de divulgación, así como los demás que para tales efectos requiera el Idartes. El ganador mantendrá indemne al Idartes ante cualquier reclamación sobre el contenido de las iniciativas.
6. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa, quienes incumplan con esta norma les será retirado el incentivo.
7. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor o caso fortuito, deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo gerencia.literatura@idartes.gov.co en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad.
Nota: Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.
8. Cumplir con los parámetros, horarios y protocolos establecidos por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes en los distintos niveles de pre, producción y postproducción, así como para el uso y entrega del espacio en el Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025.
9. Diligenciar, en los tiempos establecidos por la entidad, los formatos y documentos solicitados, incluyendo la carta de compromiso socializada en la reunión de preproducción, el formulario de seguimiento y el informe de participación.
10. Mantener durante el proceso de participación en la feria un comportamiento respetuoso y ético con todas las personas de la organización, logística, de la Gerencia de Literatura y los asistentes al espacio asignado.
11. No presentarse al espacio asignado en la feria en estado de alicoramiento o bajo los efectos de sustancias psicoactivas, que puedan perturbar el desarrollo de las actividades y la interacción con los asistentes. En ningún caso se permitirá el consumo de alcohol o alguna de estas sustancias en el stand.
12. Las personas que se encuentren participando en el Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025 deben presentar al misional de la Gerencia de Literatura del Idartes la afiliación de ARL y el certificado de afiliación al sistema de salud activo. Tener en cuenta que estos documentos deben estar vigentes desde el momento del montaje, hasta el desmontaje.
13. Dar cumplimiento a las instrucciones, asignaciones, horarios, lineamientos técnicos y logísticos para el correcto desarrollo de las jornadas en el Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025 y las especificidades de la FILBo.
14. Velar por el óptimo cuidado de los bienes e insumos que le son entregados en inventario durante el desarrollo del evento en el que participa, tales como mesas, manteles, bombillos, sillas, exhibidor, entre otros. Al final del evento deberá devolverlos en las mismas condiciones que le fueron entregados. En caso de dañar o perder algún insumo deberá responder en su totalidad y realizar el pago correspondiente por el valor del insumo.
15. Asistir a las reuniones convocadas por la Gerencia de Literatura para el correcto desarrollo del Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025.
16. Contribuir al reporte oficial de ventas y evaluación del Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025, según sea solicitado por los misionales del Idartes, durante y posterior al evento.
Acceso al espacio de participación que le fue asignado. Se entregará una acreditación de participación por expositor.
Contará con la producción básica del espacio: mesa, sillas, exhibición de pared, punto de electricidad, etc.), la cual estará sujeta a las condiciones de cada lugar.
El espacio y los permisos para la exposición y comercialización de los productos o bienes durante la participación en el stand.
Se otorgarán 12 cupos para participar por turnos rotativos en el Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025.
Los ingresos obtenidos por cada uno de los emprendimientos resultado de la comercialización y venta de sus productos o bienes, durante el desarrollo del Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025, serán en su totalidad para el emprendimiento.
Promoción y divulgación general del Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025. (Sujeto al alcance de la Oficina Asesora de Comunicaciones de la entidad y la calidad gráfica entregada por los emprendedores).
Certificado de seleccionados en el Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025, el cual el participante podrá solicitar ante el Área de Convocatorias del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, una vez cumpla los compromisos adquiridos con la presente Invitación Cultural.
1. Asignar a las iniciativas seleccionadas los cupos en el Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025, en las fechas y horarios establecidos, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
2. Hacer difusión del Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025, en los canales de comunicación del IDARTES, según las disposiciones y lineamientos de la Oficina Asesora de Comunicaciones del Instituto Distrital de las Artes. (Sujeto al alcance de la Oficina Asesora de Comunicaciones y la calidad gráfica entregada por los emprendedores.
3. Notificar a los seleccionados en caso de que existan novedades en la logística, producción o programación del Stand de cómic y narrativa gráfica FILBo 2025
4. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las propuestas en todas sus etapas.