La Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), junto con la Secretaría de Desarrollo Económico, Fundación Gilberto Alzate Avendaño (FUGA), el Instituto Distrital de Turismo (IDT) y el Instituto para la Economía Social IPES, con el propósito de exaltar y destacar la diversidad cultural de nuestra ciudad, así como reconocer, impulsar y reactivar la gastronomía local como un atractivo turístico en la capital, busca fortalecer el tejido social a través de la gastronomía en la identidad cultural bogotana, fomentando comportamientos cívicos que promuevan el orgullo, la identidad cultural y confianza entre los ciudadanos.
Lo anterior, entendiendo que Bogotá centraliza, consolida y potencializa en sus localidades la variedad alimentaria que tiene, por lo tanto, se ha posicionado como un epicentro gastronómico que celebra la diversidad cultural. Resaltando el encuentro de ciudadanos del mundo que se congregan en nuestra ciudad, ahora considerada su hogar. Bogotá se presenta como un espacio seguro, diverso y creativo, donde iniciativas como la Ruta Cultural, Patrimonial y Gastronómica contribuyen a potenciar la ciudad como un centro cultural y económico vibrante.
De esta manera, la SCRD invita a los habitantes de la ciudad a participar en una de las siguientes categorías:
Categoría 1. COCINA INTERNACIONAL
Esta categoría reconoce y celebra el trabajo de restaurantes, chefs, cocineras y cocineros, tanto nacionales como extranjeros, que con su dedicación y esfuerzo han enriquecido la oferta gastronómica de Bogotá al compartir la cultura culinaria de otros países. Su contribución no sólo diversifica la experiencia gastronómica de la ciudad, sino que también refleja su decisión de hacer de Bogotá su hogar.
En esta categoría también podrán participar las propuestas de cocina fusión o autor, que utilizan técnicas internacionales y/o propias, aprovechan el producto local para sus preparaciones.
Categoría 2. COCINA REGIONAL
Esta categoría busca reconocer y exaltar el trabajo de restaurantes, chefs, cocineras y cocineros que, con su dedicación y esfuerzo, han enriquecido, preservado y promovido los sabores de la cocina regional colombiana convirtiéndolos en una parte esencial de nuestra cultura y patrimonio culinario.
Categoría 3. COCINA TRADICIONAL AJIACO SANTAFEREÑO
Esta categoría reconoce y celebra el esfuerzo y la dedicación de los restaurantes, chefs, cocineros y cocineras que han contribuido a enriquecer la identidad gastronómica de nuestra ciudad. A través de iniciativas que promueven la preparación del tradicional Ajiaco Santafereño, difundiendo y enriqueciendo el paladar de habitantes y visitantes.
Categoría 4. COCINA TRADICIONAL FRITANGA
Esta categoría busca exaltar el trabajo de aquellos restaurantes, chefs, cocineros y cocineras que, con su dedicación y esfuerzo, han enriquecido nuestra ciudad con los sabores tradicionales de Bogotá y la región. A través de iniciativas que promueven la preparación de la fritanga, difundiendo y enriqueciendo el paladar de habitantes y visitantes de la ciudad.
En esta categoría la SCRD reconoce el trabajo del IPES para promover la fritanga como un sabor que genera identidad de ciudad y cultura ciudadana, a través del fritanga fest.
Categoría 5. COCINA CORRIENTAZO
Esta categoría busca reconocer y exaltar el trabajo de restaurantes, chefs, cocineros y cocineras que, con su dedicación y esfuerzo, enriquecen día a día nuestra ciudad a través de la preparación de platos conocidos como caseros, corrientazos o almuerzos del día. Su labor no solo preserva la tradición culinaria, sino que también contribuye a garantizar la seguridad alimentaria de quienes habitan la capital del país.
Categoría 6. PANADERÍAS
Esta categoría reconoce el esfuerzo y la dedicación de panaderías, panaderos y panaderas que han enriquecido la ciudad con una variedad de panes y amasijos, ofreciendo opciones para distintos momentos del día. A lo largo de los años, la panadería bogotana se ha consolidado como una de las mejores del país, contribuyendo significativamente a la cultura gastronómica y a la identidad de la ciudad.
Categoría 7. POSTRE
Esta categoría reconoce el trabajo de restaurantes, chefs, reposteros y reposteras que, con su dedicación y esfuerzo, han destacado las tradiciones, costumbres y saberes a través de los postres. La hora del postre es un momento especial para compartir en familia, por lo que buscamos exaltar esta preparación. Los participantes presentarán una propuesta de postre tradicional o innovador, manteniendo la técnica y resaltando sabores locales.
Categoria 8. COCINA DE LA GENTE - LA EMPANADA BOGOTANA.
Esta categoría busca que personas con conocimiento empírico en cocina exalten los sabores, tradiciones, costumbres y saberes ancestrales Bogotanos mediante la preparación de una empanada única y distintiva. Queremos reconocer a la ciudadanía que desde la tradición, las costumbres y el saber ancestral transmitido por generaciones, crean y disfrutan el arte de hacer una excelente empanada. Nuestro objetivo es fomentar la innovación para desarrollar una empanada que sea auténticamente Bogotana en sabor y estilo.
Verificación: La Dirección de Redes y Acción Colectiva verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes, videos y enlaces presentados permitan su acceso, visualización y lectura. Solo las iniciativas que cumplan con dichos requisitos serán habilitadas y pasarán a la etapa de preselección. Se llevará a cabo la notificación a cada establecimiento por cada categoría.
Preselección: Para preseleccionar las iniciativas, el comité técnico integrado por representantes de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, el Instituto Distrital de Turismo y el Instituto de la economía popular IPES, designará una terna de jurados idóneos y con experticia de acuerdo con unos perfiles establecidos para evaluar las iniciativas presentadas de acuerdo con los criterios de preselección establecidos en la invitación.
En la primera ronda los jurados revisarán las propuestas escritas por los participantes y de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en esta misma cartilla, las iniciativas con un puntaje mínimo de setenta y cinco (75) puntos serán preseleccionadas y pasarán a la ronda de selección, en la cual deberán nuevamente participar con su plato seleccionado.
Las actas de preselección serán publicadas por categorías en la parte superior de esta invitación, en el siguiente órden:
Categoría 7. Postres: 13 de Mayo
Categoría 1. Cocina Internacional: 27 de Mayo
Categoría 2. Cocina Regional: 4 de Junio
Categoría 3. Cocina Tradicional Ajiaco Santafereño: 11 de Junio
Categoría 5. Cocina Corrientazo: 18 de Junio
Categoría 6. panadería: 25 de Junio
Categoría 8. Cocina de la Gente - La Empanada Bogotana: 02 de Julio
Categoría 4. Cocina Tradicional Fritanga: 09 de Julio
Las iniciativas preseleccionadas en las diferentes categorías podrán ser invitadas a participar de los festivales gastronómicos que organiza la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y demás eventos que la entidad considere.
Para la segunda ronda de las distintas categorías, se realizará una cocina en vivo en un centro gastronómico seleccionado por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. En este evento, el jurado evaluará a los participantes de acuerdo con los criterios establecidos.
Selección: De acuerdo al cronograma definido por la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, para las cocina en vivo se hará la evaluación de los jurados a los platos participantes. En lo que respecta a la votación ciudadana, se determinará un cronograma en el que los participantes se comprometen a tener disponibilidad de venta al público los platos inscritos en los premios por la Invitación Cultural Sabor Bogotá 2025.
Las iniciativas que después de la degustación y puntuación de los jurados y, teniendo en cuenta la votación de la ciudadanía, alcancen un puntaje mínimo de setenta y cinco (75) puntos serán seleccionadas por orden de elegibilidad como ganadoras de cada categoría, conforme a los puestos descritos en la invitación.
Publicación de resultados: El acta de recomendación y la Resolución que acoge la recomendación de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).
Premiación: Se realizará una gala de premiación una vez sea público el acto administrativo, se hayan aceptado y legalizado los documentos, y se haya realizado el desembolso del incentivo. A cada ganador se le avisará con anticipación sobre su participación en la gala de premiación.
La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación de los jurados, éste quedará en firme a los diez (10) días hábiles. Al recibir el correo electrónico, los ganadores deberán manifestar en un plazo de diez (10) días de forma expresa si aceptan o no el incentivo.
Presentar la documentación requerida para el otorgamiento del incentivo en los plazos establecidos.
Asumir los costos de legalización del incentivo, los cuales no podrán ser cargados a los recursos que fueron otorgados en calidad de premio, y sobre el cual se cargan los descuentos de impuestos legales.
Asistir puntualmente a las reuniones, audiciones, actividades de divulgación, prensa, presentaciones públicas o privadas que sean acordadas con la Administración Distrital.
Aportar la documentación requerida para efectos de divulgación, compilación de memorias (textos explicativos de la iniciativa, imágenes, fichas técnicas, videos), seguimiento y evaluación, entre otros, en las fechas señaladas por la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Dar los créditos a la Administración Pública en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación que se desarrollen que se generen en torno al premio.
Participar en los días establecidos de la Semana de la Cultura Ciudadana.
Recibir el incentivo correspondiente en un único desembolso equivalente al 100% del valor del incentivo, una vez notificada la resolución que otorga el incentivo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo.
Nota: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC). Al incentivo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el/a ganador, dependiendo de su calidad tributaria.
Gozar de las acciones de divulgación que la Administración Distrital realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuentan las entidades otorgantes para tal efecto.
Gozar del reconocimiento por los derechos que se deriven de la difusión del plato.
Reconocimiento público en el marco de la Semana de la Cultura Ciudadana.
Reconocimiento y promoción por parte del Instituto Distrital de Turismo, como parte de la oferta gastronómica de la ciudad.
Los ganadores recibirán un Certificado de participación y reconocimiento con los ingredientes de la elaboración de su plato final ante los jurados.
Realizar los trámites correspondientes a la legalización del único desembolso equivalente al 100% del valor del incentivo, una vez notificada la resolución que otorga como ganador, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo.
Publicar los resultados del concurso mediante acto administrativo en los tiempos establecidos en la plataforma destinada.
Confidencialidad de los datos personales de los participantes, utilizándolos únicamente para los fines establecidos en las bases de la Invitación Cultural.