La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, a través de la Dirección de Redes y Acción Colectiva, en alianza con el Centro Felicidad (CEFE) Chapinero, invitan a las personas naturales y jurídicas del sector gastronómico que hayan inscrito sus iniciativas en la Invitación Cultural Sabor Bogotá en las ediciones 2024 o 2025, a presentar sus iniciativas para hacer uso, mediante cesión temporal, del espacio físico disponible en el módulo ubicado en el piso 11 del edificio CEFE Chapinero.
Con el propósito de exaltar y destacar la diversidad cultural de nuestra ciudad, así como reconocer, impulsar y reactivar la gastronomía local como un atractivo turístico en la capital; se busca fortalecer el tejido social a través de la gastronomía en la identidad cultural bogotana, fomentando comportamientos cívicos que promuevan el orgullo, la identidad cultural y confianza entre los ciudadanos.
Esta invitación cultural tiene como finalidad fortalecer y visibilizar emprendimientos gastronómicos innovadores, sostenibles y accesibles, mediante la cesión temporal de espacio físico, en articulación con la oferta cultural del centro. No se otorgan recursos económicos.
De esta manera, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) y el Centro Felicidad Chapinero (CEFE), invitan a los interesados en participar de la Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE a tener en cuenta:
1. El tiempo de cesión para la explotación del módulo será de cuatro (4) meses, los cuales podrán desarrollarse de manera no consecutiva, según la disponibilidad y programación establecida en la agenda del CEFE.
2. Deberán presentar una propuesta de menú y precios que sean realmente asequibles para la comunidad usuaria del parque vertical Centro Felicidad Chapinero, entendiéndose por “asequibles” aquellos precios por debajo del promedio comercial de la zona, con el fin de garantizar el acceso a una oferta gastronómica económica para todos los públicos.
3. Los interesados en participar podrán hacer una visita técnica, los días 22, 23 y 24 de julio, con el objetivo de revisar e inspeccionar el punto físico. Estas visitas se llevarán a cabo en los siguientes horarios: de 10:00 a.m. a 11:00 a.m. y de 3:00 p.m. a 4:00 p.m., y contarán con el acompañamiento del equipo de producción del Centro de Felicidad (CEFE) Chapinero. Así mismo, se elaborará un acta de visita técnica correspondiente a los días 22 ,23 y 24 de julio, en la que se dejará constancia de que los posibles participantes conocieron las condiciones del espacio.
4. Los interesados deberán inscribirse siguiendo el mismo procedimiento utilizado en las ediciones 2024/2025 de la Invitación Cultural Sabor Bogotá, a través de la plataforma de Invitaciones Culturales https://invitaciones.scrd.gov.co/ , la inscripción deberá ser presentada por la misma persona que realizó el registro en alguna de las ediciones 2024 o 2025 de la Invitación Sabor Bogotá, ya sea como persona natural o persona jurídica.
Isla de Café en la Terraza Galerías Piso 11
En lo alto del CEFE Chapinero, la Isla de Café en la Terraza Galerías es un espacio pensado para disfrutar. Ubicada en el piso 11, esta isla combina un diseño moderno con comodidad y una vista privilegiada de la ciudad, ofreciendo un lugar perfecto para hacer una pausa.
El módulo cuenta con áreas bien organizadas para la atención al público y ser un punto de distribución. Todo esto distribuido eficientemente en un área compacta de 8.07 m², con materiales resistentes, detalles funcionales y acabados de alta calidad.
Además, la experiencia se extiende hacia una amplia terraza exterior de 93 m², equipada con mobiliario cómodo y zonas diferenciadas para atender y servir a quienes deseen consumir al aire libre. Con capacidad para cerca de 100 personas, este espacio invita al descanso, la conversación y la conexión con el entorno.
La Isla de Café en la Terraza Galerías está diseñada para brindar una experiencia completa:
☕ Un lugar para disfrutar una bebida o un snack
🌿 Un ambiente moderno con aire libre y naturaleza
👥 Un punto de encuentro para relajarse y compartir
Este proyecto fortalece la vida cultural y recreativa del CEFE Chapinero, integrando bienestar, diseño y comunidad en un solo lugar.
Para cualquier inquietud, duda o aclaración comuníquese a : convocatorias@scrd.gov.co
Persona Natural: Cocineras o cocineros colombianos o extranjeros, mayores de 18 años, residentes en Bogotá D.C., que se hayan inscrito en la invitación cultural sabor Bogotá en la vigencia 2024 o 2025, trabajen o estén asociados(as) a un establecimiento gastronómico o restaurante en la ciudad o que sean estudiantes de academias que estén vinculados con un programa de gastronomía o afines.
Persona Jurídica: Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro que cuenten con establecimientos gastronómicos como restaurantes, hoteles, clubes, casa de banquetes en la ciudad de Bogotá, y que estén activos o al servicio al momento de la inscripción, que se hayan inscrito en la invitación cultural sabor Bogotá en la vigencia 2024 o 2025.
Verificación: La Dirección de Redes y Acción Colectiva verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la invitación. Esta verificación incluirá la revisión de que la información, comprobación de la inscripción en la Invitación Cultural Sabor Bogotá en la vigencia 2024 o 2025, los documentos, imágenes, videos y enlaces proporcionados sean accesibles, visibles y legibles. Solo las iniciativas que cumplan con todos los requisitos serán habilitadas y podrán avanzar a la etapa de preselección. Adicionalmente, tener en cuenta que la inscripción a la Invitación Cultural Ponle Sabor al CEFE deberá ser realizada por la misma persona natural o jurídica que haya participado en las versiones anteriores de Sabor Bogotá (2024 o 2025).
Evaluación: Para la evaluación, el comité técnico integrado por representantes de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y Centro Felicidad Chapinero, designará un Comité de evaluación integrado por personas idóneas para evaluar las iniciativas presentadas de acuerdo con los criterios de preselección establecidos en la invitación.
Selección: Los jurados revisarán las iniciativas escritas por los participantes y de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en estas condiciones específicas, el puntaje mínimo de selección es de setenta y cinco (75) puntos, quien obtenga el mayor puntaje en orden de elegibilidad, será el seleccionado. En caso de presentarse un empate se seleccionará la iniciativa que haya obtenido mayor puntaje en el criterio: Propuesta de precios accesibles y modelo de inclusión.
El proceso de selección quedará consignado en un acta. Finalmente, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD acogerá la recomendación de los jurados de evaluación mediante acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.
La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.
La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación abierta.
Cuando la invitación establezca que sólo se puede presentar una iniciativa, si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma invitación abierta, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita.
El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación abierta.
El participante se inscribió a la categoría equivocada.
El participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.
El participante no adjuntó uno o más documentos administrativos solicitados (cuando la invitación no establezca periodo de subsanación).
El participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados.
El participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.
El participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa.
El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.
No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.
El jurado identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa.
Cuando la invitación establezca periodo de subsanación. El participante no aportó alguno de los documentos administrativos solicitados durante el periodo de subsanación.
Se entiende que, para la inscripción del participante bajo el perfil de persona natural, la información proporcionada debe coincidir con la documentación adjunta.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:
1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) por archivo.
2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:
3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.
4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:
5. Consideraciones adicionales:
El ganador deberá contar con una póliza de seguro de responsabilidad civil y extracontractual vigente, que ampare los posibles daños a terceros que puedan generarse con ocasión del desarrollo de las actividades contempladas en la presente invitación cultural. La póliza deberá ser expedida por una entidad aseguradora legalmente constituida y autorizada para operar en el país, y deberán mantenerse vigentes durante todo el tiempo de ejecución de las actividades. La SCRD o El Centro de la Felicidad (CEFE) Chapinero podrán requerir en cualquier momento la presentación de la póliza correspondientes como condición para la permanencia en la Invitación Cultural Ponle sabor al CEFE.
Cumplir con las normas sanitarias, legales y técnicas vigentes.
Garantizar la operación continua del punto durante el período establecido.
Una vez sea notificado, a través de correo electrónico, el acto administrativo mediante el cual se acoge la recomendación del jurado, éste quedará en firme transcurridos diez (10) días hábiles desde su comunicación. A partir de la recepción del correo, los ganadores deberán manifestar de manera expresa, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, su aceptación o no del incentivo. En caso de aceptación, deberán enviar la póliza correspondiente, conforme a los requisitos establecidos para la formalización del otorgamiento.
Presentar la documentación requerida para el otorgamiento del incentivo en los plazos establecidos.
Asistir puntualmente a las reuniones, audiciones, actividades de divulgación, prensa, presentaciones públicas o privadas que sean acordadas con la SCRD y Centro Felicidad Chapinero.
Aportar la documentación requerida para efectos de divulgación, compilación de memorias (textos explicativos de la iniciativa, imágenes, fichas técnicas, videos), seguimiento y evaluación, entre otros, en las fechas señaladas por la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Dar los créditos a la SCRD y Centro Felicidad Chapinero (CEFE) en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación que se desarrollen que se generen en torno al incentivo en especie.
En todos los contenidos se deberá mencionar las cuentas oficiales de la Secretaría: @bogotacivica y @culturaenbta y @cefechapinero.
En caso de que un seleccionado no pueda llevar a cabo su iniciativa, deberá comunicar su desistimiento mediante un correo electrónico a convocatorias@scrd.gov.co, con un máximo de un mes de anticipación. De esta manera, su cupo será asignado a la propuesta siguiente en el orden establecido en la lista de finalistas.
Acceso gratuito por cuatro meses a los módulos físicos gastronómicos del CEFE Chapinero (Categoría 1. Piso 7 o Categoría 2. Piso 11) escogido para presentar la propuesta.
Visibilización institucional en la agenda y espacios de activación cultural del CEFE Chapinero.
Posibilidad de conexión con aliados estratégicos del sector gastronómico y cultural.