La Orquesta Filarmónica de Bogotá, en el marco de su Programa de Formación Musical “Vamos a la Filarmónica”, invita a agrupaciones vinculadas a sus procesos formativos conformadas dentro del programa de formación, con mínimo 40 niños, niñas, adolescentes y jóvenes que hagan parte activa de los procesos de formación musical de la Filarmónica de Bogotá, a presentar una propuesta de circulación, para la realización de un concierto.
El Programa “Vamos a la Filarmónica” es una iniciativa de carácter pedagógico y artístico que busca fomentar el acceso a la educación musical de calidad, fortaleciendo el desarrollo técnico, interpretativo y expresivo de niñas, niños, adolescentes y jóvenes de la ciudad. A través de ensambles, coros, orquestas, bandas y otros formatos, el programa promueve la práctica colectiva, la apropiación cultural y la proyección del talento local.
Con esta convocatoria, la Orquesta Filarmónica de Bogotá busca reconocer y difundir el trabajo musical desarrollado por las agrupaciones del programa, ofreciendo un espacio de circulación artística que permita compartir con el público los resultados del proceso formativo, promover la experiencia escénica de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes y fortalecer el tejido cultural de la ciudad.
Los participantes solo podrán ser agrupaciones pertenecientes al proyecto de formación de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, activas en los Centros Filarmónicos locales/escolares/hospitalarios/paz ó agrupaciones representativas del proceso de Formación Musical “Vamos a la Filarmónica” que cuenten con una puesta en escena de más de 40 minutos para la realización de un concierto.
AGRUPACION:
Agrupaciones de mínimo 3 (tres) personas, conformadas por colombianos, o extranjeros hasta en un 40%, mayores de 18 años y que residan de manera permanente en Bogotá, quienes representarán a la agrupación ganadora. Deberán postularse tres adultos que podrán ser acudientes, docentes de las instituciones educativas, administrativos de las alcaldías o administrativos de los centros hospitalarios.
La agrupación deberá contar con un representante legal y un suplente quienes deberán ser acudientes de alguno de los integrantes de la agrupación, los cuales podrán ser designados por los padres de familia, la Institución Educativa, Alcaldía Local o Centro Hospitalario correspondiente.
Para la puesta en escena la agrupación debe contar con al menos 40 niños, niñas, adolescentes y jóvenes que hagan parte activa de los procesos de formación musical “Vamos a la Filarmónica” de la Filarmónica de Bogotá. Por favor complete el formato de equipo con el listado de participantes.
Verificación: La Orquesta Filarmónica de Bogotá verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información y documentos presentados, permitan su acceso y lectura, posteriormente, publicará el listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar, en esta página. Durante el periodo de subsanación solo se podrán subsanar los documentos administrativos. Posterior a la subsanación, la Orquesta Filarmónica de Bogotá publicará el listado de habilitados para evaluación y no habilitados en esta página.
Evaluación y selección: La Orquesta Filarmónica de Bogotá a través del comité de selección de jurados delegará una terna de profesionales idóneos, el cual será encargado de valorar los participantes de acuerdo con cada categoría. Este ejercicio se llevará a cabo teniendo en cuenta los criterios de evaluación establecidos en la invitación. El puntaje mínimo para hacer parte de la lista de elegibles es de setenta (70) puntos.
El resultado del proceso de evaluación quedará consignado en un acta de deliberación. Finalmente, la Filarmónica de Bogotá acogerá la recomendación del comité evaluador y procederá con la publicación de la resolución de ganadores.
Publicación de resolución de ganadores: La resolución de ganadores se publicará en la parte superior del micrositio web de esta invitación.
La Orquesta Filarmónica de Bogotá aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso los participantes en los que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación abierta.
Cuando la invitación establezca que sólo se puede presentar una iniciativa, si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma invitación abierta, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita.
El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación abierta.
El participante se inscribió a la categoría equivocada.
El participante no adjuntó uno o más documentos administrativos solicitados (cuando la invitación no establezca periodo de subsanación).
El participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados.
El participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.
El participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa.
El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.
El participante no pertenece a los procesos formativos conformados dentro del programa de formación musical “Vamos a la Filarmónica” de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.
No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.
El jurado identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales contratistas
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
Personas que no hagan parte del Programa de Formación Musical " Vamos a la Filarmónica" en los centros filarmónicos locales, escolares y hospitalarios.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:
1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) por archivo.
2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:
3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.
4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:
5. Consideraciones adicionales:
Una vez publicada la resolución de ganadores se espera que manifiesten expresamente su aceptación o no aceptación del incentivo enviando la respuesta al correo electrónico: invitacionesculturales@ofb.gov.co
Las agrupaciones seleccionadas se comprometen a realizar un concierto en un escenario de Bogotá, gestionando de manera integral todo lo necesario para su circulación, incluyendo aspectos logísticos, técnicos, de producción y demás gestiones pertinentes para la adecuada realización de la presentación. La totalidad de estas responsabilidades estarán a cargo de las agrupaciones ganadoras.
Incluir según manual de comunicaciones y lineamientos, los logos Institucionales en todas las piezas de comunicación, impresos, menciones, entre otros, relacionados con la propuesta. Recuerde que antes de su difusión o impresión este material debe tener la aprobación del equipo de comunicaciones de la Orquesta Filarmónica de Bogotá. Así mismo, el ganador se compromete a garantizar la imagen reputacional; el manejo adecuado y pertinente de las imágenes de las Entidades.
Es deber de los postulantes hacerse responsable de todas las obligaciones en cuanto a derechos de autor o de propiedad intelectual, industrial o comercial, previo, durante y posterior a la ejecución de la propuesta. Ante cualquier reclamación de terceros, serán los ganadores quienes tomarán la responsabilidad y aportarán los soportes a los que haya lugar, ante las instancias que corresponda.
Eximir y liberar de toda responsabilidad a la Orquesta Filarmónica de Bogotá en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y derechos de autor, asumiendo la responsabilidad por todas las conductas en las que puedan incurrir y respondiendo a cualquier reclamación que pueda surgir, con ocasión a su propuesta.
Deberás tramitar una Póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del incentivo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por mínimo el treinta por ciento (30%) del valor total del incentivo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar firmadas por el tomador(a), y estar acompañadas por el soporte de pago y por las condiciones generales que la rigen.
Los demás señalados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2025.
En el marco de esta invitación abierta, se busca incentivar la producción y puesta en escena de los procesos artísticos del Programa de Formación Musical “Vamos a la Filarmónica”, mediante la circulación de agrupaciones conformadas en los Centros Filarmónicos. Con ello, se promueve la proyección de los talentos en formación, el fortalecimiento de sus experiencias escénicas y el reconocimiento de su trabajo colectivo ante diferentes públicos.
En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, la Orquesta Filarmónica de Bogotá aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del elegible de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.
1. Recibir el incentivo en las siguientes condiciones:
1.1. Un desembolso equivalente al cien por ciento (100%) del valor total del incentivo económico, posterior al proceso de notificación de la resolución de ganadores y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por la Orquesta Filarmónica de Bogotá para tal efecto.
1.2. Los desembolsos se harán posterior a la certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja.
1.3. Al valor del incentivo se le aplicarán los descuentos de ley a los que haya lugar, de acuerdo con la normatividad vigente, los cuales deberán ser asumidos por el eventual ganador.
Los desembolsos se harán con previa aprobación por parte del área misional encargada de realizar el seguimiento a la ejecución del incentivo. Dichos desembolsos están sujetos a la disponibilidad de recursos, a la programación de pagos que realice la entidad y se les aplicarán las retenciones tributarias a las que haya lugar.