Esta invitación apoya la circulación de artistas, agrupaciones y personas jurídicas del sector teatral de la ciudad que no cuentan con una sala propia para la presentación y circulación de sus iniciativas escénicas.
Con este objetivo se da apertura a la INVITACIÓN CULTURAL TEMPORADAS PARA LA ESCENA 2026 la cual está dirigida a personas naturales, agrupaciones y personas jurídicas que deseen realizar una corta temporada de hasta 4 fechas consecutivas en una de las salas ganadoras de la Convocatoria Pública Programa Distrital de Salas Concertadas 2026. La iniciativa debe tener una duración de mínimo 40 minutos y contar con capacidad de adaptación a las condiciones técnicas y logísticas de la sala asignada.
Las fechas en las que se programarán las temporadas para la escena 2026 serán entre el 01 de septiembre de 2026 y el 31 de octubre del 2026, y se asignan teniendo en cuenta la concertación y disponibilidad de la sala dispuesta para cada ganador con el fin de coordinar las funciones con la programación regular de las salas.
En el caso de ser personas naturales, se aceptarán trabajos unipersonales o monólogos con las mismas condiciones técnicas y de duración. Si los seleccionados contemplan tener recaudo de boletería en la temporada, este deberá coordinarse con la sala asignada con el fin de no afectar las dinámicas propias de la sala (costo de boletería y costo de operador de boletería); así mismo, se puede establecer que la temporada sea de entrada libre (este aspecto es discrecional de los participantes). El Idartes apoyará la divulgación de las iniciativas seleccionadas y a su vez cada participante, tendrá a cargo el diseño de su propia estrategia de difusión para garantizar la convocatoria y el aforo en cada una de las funciones, acogiendo los lineamientos de comunicaciones del Idartes, entidad a cargo de la presente Invitación Cultural.
El participante, puede postular su iniciativa en una de estas dos categorías:
Escena Plural
En esta categoría, los repertorios se entienden como el conjunto de obras, piezas escénicas o espectáculos creados por la persona natural, agrupación o persona jurídica que presenta la iniciativa y así mismo debe contar con una circulación previa de mínimo 10 presentaciones abiertas al público incluyendo el estreno. Se podrán presentar obras de teatro o iniciativas escénicas de narración oral en sus diferentes géneros, estilos y especialidades. La categoría asume una noción expandida de repertorio, reconociendo la diversidad de lenguajes y disciplinas escénicas abriendo un espacio adicional a técnicas que incluyen espectáculos de magia, clown, stand up e improvisación.
Esta categoría es para puestas en escena de pequeño formato (ver definiciones), las cuales deben tener una duración de mínimo 40 minutos con capacidad de adaptación a las condiciones técnicas de la sala asignada.
Número de incentivos a otorgar: 6 ganadores
2. Escena Emergente
Esta categoría, abre espacio a las obras o puestas en escena resultado de un trabajo académico de último año donde los estudiantes desarrollan y llevan a escena una creación resultado final de su proceso de formación. Estas obras fueron creadas con el acompañamiento de docentes o formadores.
Esta categoría es para puestas en escena de mediano formato (ver definiciones), las cuales deben tener una duración de mínimo 40 minutos con capacidad de adaptación a las condiciones técnicas de la sala asignada y no deben mantener compromisos institucionales ni depender de la academia para su realización.
Número de incentivos a otorgar: 2 ganadores
Definiciones:
PEQUEÑO FORMATO:
Obras que se caracterizan por una escenografía mínima y funcionan en un espacio escénico inferior a 6 x 6 metros.
MEDIANO FORMATO:
Obras que se presentan en teatros medianos, donde la producción tiene un nivel medio de complejidad y que requiere para su puesta en escena unas dimensiones mínimas de 6 x 6 metros y máximo 9 x 9 metros.
Nota 1: La asignación de sala será definida por la Gerencia de Arte Dramático, de acuerdo con las condiciones técnicas presentadas en la iniciativa y las condiciones de la sala disponible.
Nota 2: Las iniciativas seleccionadas deberán ajustarse al rider técnico de la sala asignada. En caso de necesitar algún recurso técnico adicional al ofrecido por el espacio, será el participante quien deba asumir el alquiler del equipo.
Nota 3: En caso de no completar la cantidad de iniciativas a seleccionar en una de las categorías, se podrá otorgar los cupos restantes a las iniciativas de la otra categoría, siempre y cuando cumplan con el puntaje mínimo establecido.
En caso de tener inquietudes relacionadas con las condiciones de la presente Invitación Cultural, podrá dirigirlas al correo electrónico: artedramatico@idartes.gov.co
Persona natural:
Persona colombiana o extranjera, mayor de 18 años, residente o domiciliada en Bogotá D.C. y que de manera individual presenta y ejecuta una iniciativa. Debe contar con experiencia de mínimo una (1) puesta en escena de teatro o espectáculo a nivel profesional.
Para la categoría 2. Escena Emergente, la experiencia requerida se validará con la misma puesta en escena postulada.
Documentos administrativos a presentar:
-Documentos de Identidad:
Cédula de Ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras.
Cédula de extranjería (Si aplica)
Pasaporte vigente (sólo para extranjeros).
Ciudadanos Venezolanos: PPT (Permiso para Protección Temporal)
Nota: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.
Certificado de residencia o Formato de Declaración juramentada del lugar de residencia.
Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la invitación.
Nota. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin, el cual hace parte integral de los términos y condiciones de la invitación cultural.
Agrupación:
Agrupación integrada por dos o más personas colombianas o extranjeras, mayores de 18 años, residentes o domiciliadas en Bogotá D.C. o hasta en un 50 % residentes en los siguientes municipios: Chía, Soacha, Cota, Tocancipá, Funza, Mosquera, Cajicá, Fusagasugá, Zipaquirá, Madrid, Tenjo, Facatativá, La Calera, Sopó, Sibaté, Tabio, Subachoque, Gachancipá, El Rosal o Bojacá, que cuente con experiencia de mínimo una (1) puesta en escena de teatro o espectáculo a nivel profesional.
Para la categoría 2. Escena Emergente, la experiencia requerida se validará con la misma puesta en escena postulada.
La agrupación debe contar con una persona designada como representante. (Diligenciar carta de representación)
Nota 1: No se permite la participación de menores de edad en la conformación de la agrupación ni durante la ejecución de las iniciativas.
Nota 2: Para la categoría 1. Escena Plural: en caso de que la agrupación no cuente con la trayectoria mínima, podrá presentar los soportes de experiencia y trayectoria de uno de los integrantes de la agrupación, quien deberá asumir la representación de la misma al momento de realizar el proceso de inscripción.
Documentos administrativos del representante y cada uno de los integrantes:
Cédula de ciudadanía o cédula de extranjería del representante de la agrupación.
Cédula de ciudadanía o cédula de extranjería de cada uno de los miembros de la agrupación.
Pasaporte vigente (sólo para extranjeros) de cada uno de los miembros de la agrupación.
Ciudadanos venezolanos: Permiso para Protección Temporal (PPT) de cada uno de los integrantes.
Nota: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023.
Certificado de residencia:
Diligenciar por cada integrante de la agrupación el certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la invitación.
Nota. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos, descargue y diligencie en su totalidad el formato de Declaración Lugar de Residencia Bajo la Gravedad del Juramento, fírmelo, guárdelo en PDF y adjúntelo en el campo destinado para tal fin, el cual hace parte integral de los términos y condiciones de la invitación cultural.
Carta de representación artística. (adjunta)
Persona jurídica:
Persona jurídica domiciliada en Bogotá D.C. La inscripción debe realizarla el representante legal, de acuerdo con el documento que reglamenta su órgano administrativo, que cuente con experiencia de mínimo una (1) puesta en escena de teatro o espectáculo a nivel profesional.
Para la categoría 2. Escena Emergente, la experiencia requerida se validará con la misma puesta en escena postulada.
Documentos administrativos:
Certificado de existencia y representación legal, expedido con mínimo 90 días, antes de la fecha de cierre de inscripción.
C.C. del Representante Legal.
Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura.
Publicación del listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas: Se publicará en esta página, máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación. Posterior a la publicación de dicho listado, los participantes cuentan con un día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Si el participante considera que realizó correctamente el cargue a la plataforma de todos los documentos y cumplió a cabalidad con todos los requisitos contemplados en la Invitación Cultural a la cual aplicó, y evidencia alguna inconsistencia en el denominado “Listado de iniciativas habilitada y no habilitadas”, podrá enviar los comentarios pertinentes mediante los canales establecidos para ello.
Es importante tener en cuenta que en la presente Invitación Cultural NO se contempla la posibilidad de Subsanación de la documentación solicitada.
Evaluación y selección: Se conformará un equipo compuesto por tres (3) jurados externos con reconocimiento económico de un amplio reconocimiento e idoneidad en el campo del arte dramático, seleccionados mediante el Banco de Personas Expertas que funciona en la plataforma “CultuRed Bogotá”, con enlace: https://cultured.gov.co/ . Para la selección se tendrán en cuenta los criterios de evaluación propuestos. En el proceso de selección, se podrá designar un suplente para el caso de restricciones, incompatibilidades o renuncia por parte de la persona natural o agrupación seleccionada.
En caso de que se presente renuncia, impedimento, restricción de participación o una situación de incumplimiento relacionada a una iniciativa ganadora, la Entidad otorgará el incentivo a aquel que haya ocupado la suplencia, si a ello hubiese lugar. Lo anterior, siempre y cuando sea posible adelantar los trámites administrativos correspondientes, que garanticen el pleno desarrollo y tiempos de ejecución de la iniciativa.
Puntaje mínimo de selección: Se tendrán en cuenta para ser declaradas como ganadoras las iniciativas que obtengan el puntaje igual o superior a 75 puntos, junto con el cumplimiento de los requisitos.
Nota: Obtener el puntaje mínimo no es garantía de ser seleccionado.
Publicación de resultados: el acta y la resolución de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).
El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.
El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
La persona postulante, un integrante de la agrupación, el representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.
Cada participante solo podrá inscribirse en una oportunidad, en caso contrario sólo se entenderá como válido el último registro que se encuentre alojado en la plataforma, ello incluye a las personas que integran las agrupaciones o personas jurídicas.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas del Instituto Distrital de las Artes, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
El participante forma parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.
La puesta en escena fue seleccionada en el marco de:
INVITACIÓN PÚBLICA TEMPORADAS DE REPERTORIO TEATRAL CIUDAD ESCENARIO del año 2024.
INVITACIÓN CULTURAL TEMPORADAS DE REPERTORIO TEATRAL CIUDAD ESCENARIO del año 2025.
10. Iniciativas cuya puesta en escena o espectáculo no corresponda al formato (pequeño o mediano) solicitado para la categoría a la cual se postulan.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:
1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.
2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:
3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.
4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:
5. Consideraciones adicionales:
1. La Subdirección Jurídica del Idartes enviará a cada una de las iniciativas seleccionadas un correo electrónico con el fin de notificarlas del acto administrativo a través del cual se acoge la recomendación del comité evaluador. Una vez recibida la notificación mencionada, las iniciativas seleccionadas cuentan con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa si aceptan o no el incentivo al correo electrónico artedramatico@idartes.gov.co, con copia a gestion.documental@idartes.gov.co.
2. Dar los créditos al IDARTES en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la iniciativa ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la Entidad.
3. En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la iniciativa presentada, autorizar al IDARTES, o a quien éste designe, por medio de una licencia de uso, en la cual deberán ser licenciados los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia, únicamente con fines promocionales de formación, circulación, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones.
5. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
6. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa, de no hacerlo se les declarará incumplimiento.
7. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor o caso fortuito deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo artedramatico@idartes.gov.co en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad.
8. Los ganadores serán responsables del transporte y traslado de los elementos o del material escenográfico a la sala asignada, así como de entregar el espacio en las condiciones y tiempos acordados.
9. El participante se compromete a diseñar una estrategia de difusión de la temporada, que garantice la afluencia de público en la sala concertada asignada.
10. Asumir con plena responsabilidad el rol de productores de su obra o espectáculo, gestionando de manera integral y eficiente todos los trámites, permisos y diligencias necesarias para garantizar la realización de la función.
Disponer de hasta cuatro (4) fechas en una sala perteneciente al Programa Distrital de Salas Concertadas 2026.
Ser parte de la estrategia de comunicación y visibilización previstas por el Instituto Distrital de las Artes, bajo los lineamientos de la entidad.
En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la Invitación Cultural el incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la misma, el Idartes aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.
Entregar los incentivos en especie a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.
Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.