Invitación Cultural Chapinero en Red: Visita, recorre y vive la cultural local - SCRD

JM
Sostenibilidad del ecosistema artístico
21-04-2026
Fecha de apertura
21-05-2026 5:00 PM
Fecha de cierre
29-05-2026
Fecha de publicación de listado de habilitados y no habilitados
13-07-2026
Fecha publicación de seleccionados
30-09-2026
Fecha máxima de ejecución
Progreso
5% Estás a tiempo de presentarte.

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

 

En cumplimiento del Plan de Desarrollo Distrital 2024–2027 "Bogotá Camina Segura", la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) lidera la ejecución del Programa 3.20: "Promoción del emprendimiento formal, equitativo e incluyente". Bajo el objetivo estratégico "Bogotá confía en su potencial", esta iniciativa busca robustecer la economía cultural y creativa mediante la consolidación de un sistema de apoyo sectorial y la activación de los Distritos Creativos como nodos fundamentales para la generación de valor social y económico en el territorio.

En desarrollo de este programa la SCRD, a través de la Dirección de Economía, Estudios y Política (DEEP), lidera la Estrategia Distritos Creativos de Bogotá, concebida como un instrumento integral de política pública que articula planeación territorial, incentivos económicos, promoción cultural y trabajo conjunto entre el sector público y privado. Esta estrategia busca consolidar territorios con alta concentración de actividades culturales y creativas, impulsando procesos sostenidos de activación económica, circulación artística, fortalecimiento empresarial y apropiación social del espacio público.

La Red de Distritos Creativos está conformada por quince (15) Distritos Creativos, entendidos como zonas donde confluyen agentes culturales, organizaciones, equipamientos e infraestructura estratégica del sector. Estos territorios facilitan la articulación público–privada y la implementación de acciones concertadas que contribuyen a la transformación social, económica y territorial de Bogotá, fortaleciendo las capacidades del ecosistema cultural y creativo.

En la localidad de Chapinero de conformidad con el Decreto Distrital 649 de 2025, se declaran, reconocen y delimitan cuatro (4) Distritos Creativos en la Localidad de Chapinero:  Diverso La Playa, Chapinero, La 85 y Parque de la 93. Estos sectores se caracterizan por su alta concentración de oferta cultural, gastronómica, comercial y de entretenimiento, así como por la presencia de teatros, galerías, espacios de circulación artística y escenarios de encuentro ciudadano. En conjunto, conforman un ecosistema dinámico que integra cultura, turismo, emprendimiento y vida urbana, posicionándose como un territorio estratégico para el desarrollo cultural y creativo de la ciudad.

En este contexto, la presente invitación cultural se alinea con los objetivos de la Política Pública Distrital de Economía Cultural y Creativa 2019–2038, orientados a fortalecer el ecosistema cultural mediante la promoción de la circulación artística, la sostenibilidad económica de sus agentes y el desarrollo de capacidades productivas.

En coherencia con lo anterior, y en articulación con el Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, mediante el Convenio Interadministrativo No. 863 de 2025, la SCRD invita a los agentes del sector cultural y creativo a participar en el desarrollo de Ferias sectoriales de prácticas artísticas y culturales de alto impacto territorial, concebidas como espacios para la circulación cultural, el intercambio de saberes, la relación con los públicos y la participación ciudadana, contribuyendo así al fortalecimiento del ecosistema creativo del territorio.

Esta invitación cultural tiene como objeto apoyar iniciativas para fomentar el fortalecimiento, la sostenibilidad y la circulación de las prácticas artísticas y creativas de los Distritos Creativos de la localidad de Chapinero, mediante la ejecución de ferias y experiencias sectoriales en la localidad de Chapinero, que actúen como plataformas de intercambio territorial, formación de públicos y articulación del ecosistema cultural local.

En este contexto, se invita a agentes de los Distritos Creativos de la localidad de Chapinero a presentar iniciativas para la creación y realización de ferias sectoriales de prácticas artísticas, culturales y creativas, dirigidas a la ciudadanía y concebidas como espacios de encuentro, circulación, intercambio, visibilización y fortalecimiento de los distintos sectores culturales, así como actividades conexas y complementarias de la localidad de Chapinero. Estas ferias podrán enfocarse en prácticas específicas —como música, editorial, cómic, artes visuales, artes escénicas u otras prácticas disciplinares— o en la articulación de varios sectores, de acuerdo con el enfoque curatorial propuesto.

Las iniciativas deberán ser presentadas por agrupaciones o personas jurídicas que acrediten experiencia en la realización de al menos tres (3) ferias o eventos de características similares. Dicha trayectoria debe demostrar capacidades técnicas, curatoriales y operativas proporcionales a la complejidad del evento. El participante podrá escoger realizar la feria en un espacio gestionado dentro de la localidad de Chapinero o en el Centro Felicidad Chapinero, asegurando el cumplimiento de los estándares logísticos y administrativos exigidos por el lugar.

Cada iniciativa deberá presentar una programación diversa que integre la circulación, exhibición y comercialización de bienes y servicios, junto con procesos de fortalecimiento para los agentes participantes. Asimismo, se requiere una estrategia comercial clara y pertinente que genere oportunidades de sostenibilidad real, mediante acciones como ruedas de negocios, agendas de networking, espacios de relacionamiento estratégico o encuentros con aliados potenciales. Todos estos componentes deben articularse bajo un concepto curatorial sólido, que actúe como eje estructurante de la selección de contenidos, la franja académica y la experiencia del público, garantizando coherencia técnica y pertinencia territorial.

Dicho concepto curatorial deberá definir con precisión el enfoque temático de la feria y su relación con la vocación cultural, creativa y económica de los Distritos Creativos de la localidad de Chapinero, evidenciar un proceso riguroso de curaduría y selección de participantes acorde con este enfoque, y asegurar la coherencia entre los distintos componentes de la iniciativa, evitando la sumatoria de actividades inconexas.

A continuación, se presentan los componentes mínimos a tener en cuenta para la construcción de la iniciativa:

1. Proceso previo de fortalecimiento: Proceso previo dirigido a los agentes participantes que incluya acciones de formación, mentoría o acompañamiento en temas de circulación, comercialización de emprendimientos, franja académica y relacionamiento con públicos. Este proceso debe incorporar aspectos estratégicos como:

  • Aprovechamiento de escenarios comerciales y marketing cultural.

  • Diseño de estrategias de comunicación efectiva.

  • Educación financiera para la sostenibilidad.

  • Gestión y protección de la propiedad intelectual.

  • Uso de nuevos medios y tecnologías emergentes para la promoción de bienes y servicios.

2. Feria sectorial de prácticas artísticas y culturales: Las iniciativas seleccionadas deberán contar con un proceso previo de curaduría y selección de participantes coherente con el enfoque conceptual de la iniciativa y con los públicos objetivo; así como, diseñar y realizar una feria sectorial concebida como una plataforma para la circulación, exhibición, intercambio, comercialización de prácticas artísticas, culturales y creativas. La feria deberá vincular como mínimo quince (15) agentes del sector, dinamizar el ecosistema cultural local y fortalecer redes entre creadores, gestores, agentes culturales y ciudadanía.

3. Programación artística, cultural y creativa: Las iniciativas deberán integrar una parrilla de circulación artística y cultural que dinamice el desarrollo de la feria a través de presentaciones, muestras, activaciones o experiencias en vivo. Esta programación se llevará a cabo durante la jornada del evento y deberá alinearse con los siguientes lineamientos:

Las ferias que se realicen en el Centro Felicidad de Chapinero deberán concertar las fechas con la SCRD, en el año 2026, con una duración de un (1) día. La programación debe ajustarse estrictamente a las condiciones operativas del Centro Felicidad (CEFE) Chapinero, garantizando el cumplimiento de aforos, tiempos de montaje y desmontaje, y el uso adecuado de la infraestructura.

Las ferias que se realicen en otros lugares de la localidad de Chapinero podrán determinar las fechas del evento, con una duración mínima de un (1) día y máxima de tres (3) días. 

Los beneficiarios serán los responsables de prever, tramitar y gestionar oportunamente todos los permisos, autorizaciones y requerimientos legales necesarios para la ejecución de las actividades, conforme a la normativa vigente.

Las actividades propuestas deben aportar a la construcción de experiencias culturales significativas para la ciudadanía, manteniendo total coherencia con el concepto curatorial de la feria y las dinámicas territoriales de los Distritos Creativos.

4. Medición de Resultados: Una metodología clara para evaluar el impacto de la feria y del proceso desarrollado. Esta deberá basarse en indicadores verificables que permitan evidenciar:

  • Resultados económicos: Ventas realizadas, generación de alianzas y proyección comercial.

  • Resultados de públicos: Asistencia, alcance y nivel de apropiación del escenario.

Incentivos


  • Tres (3) incentivos de cuarenta millones de pesos $40’000.000 cada uno.

¿Quién puede participar?

Agrupación:

Agrupación conformada por un mínimo de dos (2) y un máximo de cuatro (4) integrantesquienes deberán acreditar residencia en la localidad de ChapineroLa agrupación deberá acreditar experiencia en la realización de al menos tres (3) ferias o eventos relacionados con prácticas artísticas, culturales y creativas, realizados en la localidad de Chapinero durante los últimos cinco (5) añosLa trayectoria o experiencia de la agrupación deberá acreditarse mediante soportes expedidos a nombre de la misma.

Personas jurídicas:

Personas jurídicas, con o sin ánimo de lucro, debidamente constituidas y domiciliadas en Bogotá, que acrediten experiencia en la realización de al menos tres (3) ferias o eventos relacionados con prácticas artísticas, culturales y creativas, realizados en la localidad de Chapinero durante los últimos cinco (5) años. Los soportes de experiencia de la persona jurídica deberán estar expedidos a nombre de la misma.

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documento de identidad del representante y de cada uno de los miembros de la agrupación o del representante legal de la persona jurídica (según aplique)

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico, cédula de extranjería vigente o en el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente o el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores. En caso de que alguna de las caras de la cédula no sea legible o visible, el documento no será válido. Nota: En el caso de las agrupaciones, las cédulas de ciudadanía de todos los integrantes deberán ser presentadas en un único archivo en formato PDF.

Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica

Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C., o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica, con la renovación de la matrícula mercantil vigente. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la invitación. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la iniciativa y un año más. Nota: La información correspondiente a la matrícula mercantil se registra en el certificado como “último año renovado”. Por lo general, la fecha límite para efectuar dicha renovación es antes del 31 de marzo de cada año, por lo que, para este proceso, debe figurar renovada al año 2026. Adjúntelo en formato PDF.

Certificado de residencia o declaración juramentada

El representante y los integrantes de la agrupación deberán evidenciar la residencia en la localidad de Chapinero. El Certificado de Residencia en Bogotá debe ser expedido por la Alcaldía Local de Chapinero o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia. En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local de Chapinero o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2026 adjunto en la invitación. Nota: Los certificados de residencia y/o declaración juramentada de todos los integrantes de la agrupación deberán ser presentados en un único archivo en formato PDF. Descargar plantilla aquí
Documentos técnicos

Formato de presentación de la iniciativa

Presentar en un documento PDF el formato de presentación de la iniciativa diligenciado en su totalidad. Descargar plantilla aquí

Formato de presupuesto

Presentar en un documento PDF el formato de presupuesto de la iniciativa diligenciado en su totalidad. Para la elaboración del presupuesto se debe revisar el anexo Guía para la formulación del presupuesto. Descargar plantilla aquí

Soportes que acrediten experiencia en la realización de al menos tres (3) ferias o eventos relacionados con prácticas artísticas, culturales y creativas, realizados en la localidad de Chapinero durante los últimos cinco (5) años.

Todos los soportes que acrediten la trayectoria de la persona jurídica o de la agrupación deben presentarse en un solo archivo en formato PDF. Este archivo puede incluir: - Certificaciones de entidades u organizaciones públicas, privadas o comunitarias. - Contratos o actas de liquidación. - Evidencia de participación en exposiciones o eventos (programas de mano, flyers, notas de prensa, etc.). - Resoluciones de ganadores. - Otros documentos relevantes que demuestren la experiencia. Importante: Cada soporte deberá mostrar de forma clara y visible: - El nombre de la persona jurídica participante o de cada integrante de la agrupación. - Las fechas de realización. - El lugar donde se llevaron a cabo las actividades. Nota: Si algún soporte (como un flyer o un artículo de prensa) no incluye la fecha exacta de realización, se deberá añadir una breve descripción complementaria dentro del mismo documento, ampliando esta información. No se aceptarán autocertificaciones (documentos emitidos por los mismos participantes).

Anexos

Condiciones técnicas Centro Felicidad (CEFE) Chapinero Condiciones técnicas y logística para uso del Centro Felicidad - CEFE Chapinero

Guía para la formulación del presupuesto Guía para la formulación del presupuesto

Criterios de selección


Primera Ronda:
  • Pertinencia territorial y conceptual: Se valorará la coherencia de la iniciativa con la identidad, vocación cultural y dinámicas del Distrito Creativo seleccionado, así como su pertinencia dentro del enfoque general de la feria. Asimismo, se evaluará la capacidad de la iniciativa para integrar de manera articulada una estrategia comercial que promueva la sostenibilidad, mecanismos de medición de resultados y una franja académica o de contenidos.
    Puntaje máximo: 30
  • Creatividad e innovación: Se evaluará el grado de originalidad y creatividad de la iniciativa, así como su capacidad para proponer productos, servicios o experiencias innovadoras que aporten valor diferencial a la feria. Se valorará que la iniciativa enriquezca la oferta creativa y cultural del territorio, genere experiencias significativas para el público y se distinga por su pertinencia, y aporte novedoso.
    Puntaje máximo: 25
  • Capacidad y propuesta de difusión comunicativa: Se valorarán las estrategias de comunicación y difusión que el emprendimiento propone para promover su participación en la feria, fortalecer la visibilidad colectiva del evento y convocar de manera efectiva a públicos diversos, incluyendo residentes del Distrito Creativo y comunidad en general.
    Puntaje máximo: 25
  • Viabilidad técnica y logística: Se evaluará la factibilidad de la iniciativa en términos técnicos, operativos y logísticos, considerando la coherencia entre el plan de trabajo, el cronograma, el presupuesto y el alcance de la iniciativa. Se valorará que el equipo humano propuesto y los recursos técnicos y logísticos disponibles sean adecuados y suficientes para garantizar la implementación integral de la feria sectorial.
    Puntaje máximo: 20

Proceso de selección

  1. Verificación: La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), a través de la Dirección de Economía, Estudios y Política (DEEP), verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, así como que la información y los documentos presentados permitan su acceso y lectura. Esta invitación no contempla periodo de subsanación.

  2. Plazo de observaciones: Los participantes dispondrán de un término de tres (3) días hábiles para enviar sus comentarios o reclamaciones frente a los resultados de la verificación, hasta las 5:00 p. m. del último día.

  3. Evaluación: la Dirección de Economía, Estudios y Política nombrará un Comité de jurados externo seleccionado a través del Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura el cual será encargado de calificar y seleccionar las iniciativas ganadoras partiendo de los criterios de evaluación establecidos. El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos. En caso de presentarse un empate, se seleccionará la iniciativa que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “Pertinencia territorial y conceptual de la iniciativa”. Si persiste el empate, se acudirá al criterio Creatividad e innovación.

  1. Selección: El resultado del proceso de selección se consignará en un acta formal. Finalmente, la SCRD acogerá la recomendación del comité de jurados mediante acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre que se ajusten a la normatividad vigente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.

  2. Publicación de Resultados: La Resolución que acoge la recomendación de las iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).

Causales para no ser habilitado

La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos establecidos aquí o en la Guía Operativa de Invitaciones Culturales. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.


Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.


  • La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación cultural..

  • Cuando la invitación establezca que sólo se puede presentar una iniciativa, si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma invitación abierta, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita. 

  • El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación cultural..

  • La o el participante se inscribió a la categoría equivocada. 

  • La o el participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.

  • La o el participante no adjuntó uno o más documentos administrativos solicitados (cuando la invitación no establezca periodo de subsanación).

  • La o el  participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados. 

  • La o el participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.

  • La o el participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa. 

  • La o el  participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan. 

  • No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.

  • El comité determinado por la invitación identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa

  • Cuando la invitación cultural establezca periodo de subsanación: La o el participante no aporte alguno de los documentos administrativos o técnicos solicitados durante el periodo de subsanación.

  • Al participante se le declaró por acto administrativo, debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus compromisos y deberes como ganador(a) en alguno de los programas, mecanismos o proyectos de Fomento de la SCRD o sus entidades adscritas, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la invitación cultural.

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Condiciones Técnicas

Condiciones Técnicas Recomendadas para el sistema de Invitaciones Culturales

Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:

1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.

2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome (versión 100 o superior)
  • Mozilla Firefox (versión 100 o superior)
  • Microsoft Edge (versión 100 o superior)

3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.

4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:

  • Windows 10 o superior
  • macOS 11 (Big Sur) o superior
  • Distribuciones Linux modernas (como Ubuntu 20.04 o superior)

5. Consideraciones adicionales:

  • Asegúrese de tener habilitadas las ventanas emergentes (pop-ups) en su navegador, ya que algunas funciones pueden requerirlas.
  • Mantenga su navegador y sistema operativo actualizados para evitar errores de compatibilidad o vulnerabilidades de seguridad.
  • No utilice múltiples pestañas abiertas del mismo sitio simultáneamente para evitar errores en la carga de información.
  • Se recomienda evitar el uso del portal desde dispositivos móviles o tabletas, ya que algunas funcionalidades están optimizadas para uso en computador de escritorio o portátil.

Compromisos de los seleccionados

  1. Una vez notificado vía correo electrónico por parte de la SCRD el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del comité evaluador, éste quedará en firme a los diez (10) días hábiles. En el mismo plazo las personas ganadoras deberán manifestar de forma expresa por correo electrónico a correspondencia.externa@scrd.gov.co si aceptan o no el incentivo económico. Asimismo, las personas participantes deberán hacer envío de la documentación requerida en el acto administrativo para la legalización del incentivo.

  2. Asistir a las reuniones o jornadas programadas por la entidad.

  3. Entregar la documentación requerida, de la siguiente manera:

●   Documento de identidad del representante legal en caso de la persona jurídica, o de la persona designada como representante en el caso de las agrupaciones.

  • Certificado bancario de la persona jurídica, o de la persona designada como representante en el caso de las agrupaciones, no mayor a un (1) mes de expedición, emitida por una entidad bancaria tradicional, que incluya el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta.  (No se aceptan cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano).

●    RUT de la persona jurídica o de la persona designada como representante en el caso de las agrupaciones con fecha de generación no mayor a 30 días antes de su entrega.

●  Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante, expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C., o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica, con la renovación de matrícula mercantil vigente. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al envío de la documentación. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la iniciativa y un año más.

●  Certificación de parafiscales, expedido por revisor fiscal o representante legal de la persona jurídica, en donde se acredite que la entidad está al día en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social o que no está obligada a hacerlo, según sea el caso.

4. Comunicaciones y visibilidad: todas las comunicaciones, piezas gráficas y publicaciones relacionadas con las iniciativas seleccionadas y las acciones derivadas de esta invitación deberán incluir los logos oficiales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) y de la Estrategia de Distritos Creativos, de acuerdo con el manual de uso de imagen institucional vigente. Estos logos deberán ubicarse en un lugar visible y acorde con los lineamientos establecidos por la entidad.

5.     Cumplir con los criterios establecidos en su postulación, según lo descrito en el formato de presentación de la iniciativa.

6.     Tramitar los permisos y autorizaciones para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la iniciativa, en caso de ser requeridos.

7.    Entregar el informe de ejecución de la iniciativa siguiendo el formato suministrado por la entidad, en donde se dé cuenta del desarrollo de las actividades realizadas.

8.     Al momento de la inscripción y con la presentación de la iniciativa, las y los participantes de la invitación cultural manifiestan que son titulares de los derechos morales y patrimoniales de autor sobre las obras presentadas. De no ser titulares y en caso de no contar con las autorizaciones o licencias de uso sobre las mismas, estas deberán presentarse antes de la ejecución de la iniciativa, cuando a ello hubiere lugar, de acuerdo con lo establecido en la Ley 23 de 1982 y demás normas concordantes en la materia. Así mismo, al momento de la inscripción declara que no existe ninguna limitación que pueda afectar los usos que se autorizan con ocasión de la convocatoria. La o el participante asume la responsabilidad por cualquier falta o insuficiencia de los derechos que impidan el cumplimiento de los términos de la Invitación Cultural. En caso de presentarse reclamación o acción por esta causa, las y los participantes asumirán la responsabilidad y defensa que les corresponda con el fin de permitir a la entidad que otorga el estímulo, realizar todas las actividades conforme a lo previsto en la convocatoria y, asumirán el pago de los perjuicios que sean ocasionados. Para todos los efectos, la entidad otorgante actúa como tercero de buena fe, exento de culpa. Recuerda que, en todo caso, las personas participantes deberán cumplir con la legislación vigente en Colombia sobre propiedad intelectual.

9.     Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad a la SCRD, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación

10. Asistir a las jornadas de socialización programadas.

11. Entregar un informe final con evidencias de la ejecución de la iniciativa.

Beneficios

Recibir el incentivo económico de la siguiente manera:

  • Un primer desembolso equivalente al noventa por ciento (90%) del valor total del incentivo, una vez notificada la resolución que otorga el incentivo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo. 


  • Un segundo y último desembolso equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del incentivo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte del ganador y la presentación de un informe final de actividades, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la SCRD.

Nota: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja —PAC—. Al incentivo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el ganador, dependiendo de su calidad tributaria.

Compromisos de la entidad

1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, la SCRD aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo económico, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes. 

2. Gestionar los desembolsos de los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por la SCRD.

3. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.