1. Conoce esta Invitación Cultural
La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), junto con las ESAL y los equipos artísticos de los proyectos que sean seleccionados de la Convocatoria LEP – Ecosistemas de Interés Público para la Producción y Circulación de Espectáculos de Gran Formato en Bogotá (2026), invita a participar en el proceso de conformación de los elencos de los espectáculos que se realizarán en la Plaza de Bolívar, Plaza Cultural La Santamaría y el Parque Metropolitano El Tunal” que harán parte de la programación artística de la Navidad 2026 en Bogotá.
Esta Invitación Cultural abre una oportunidad para que artistas de las áreas de música, teatro, danza y circo puedan mostrar y compartir su talento, trayectoria y destrezas artísticas y escénicas; encontrarse con otros artistas de la ciudad; conocer y conectar con directores, personas expertas y colegas de amplia trayectoria; y tener la posibilidad de integrar uno de los elencos que harán parte de la programación de la Navidad 2026. Esperamos que este sea también un espacio de encuentro, intercambio y reconocimiento del talento artístico de Bogotá.
La presente Invitación Cultural se articula con el Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038, especialmente con la Coordenada 5. Pervivencia y generación de riqueza de iniciativas culturales, individuales y colectivas, en tanto promueve condiciones favorables para el desarrollo y la sostenibilidad de los proyectos de vida de artistas, creadores e intérpretes mediante un proceso público de selección orientado a la conformación de los elencos de los espectáculos de gran formato que integran la programación de Navidad es Cultura 2026. Asimismo, fortalece el acceso a oportunidades de fomento, circulación y trabajo artístico en condiciones de transparencia, igualdad y reconocimiento del mérito, contribuyendo al fortalecimiento de las capacidades del sector y a la consolidación de iniciativas culturales sostenibles.
El primer paso será identificar el perfil artístico que mejor se ajuste a la formación, trayectoria y experiencia de cada artista interesado en participar. Una vez identificado, será importante revisar cuidadosamente su descripción y verificar el cumplimiento de las condiciones de participación, la experiencia general y los requisitos específicos exigidos para el perfil al cual desea postularse. Posteriormente, deberá formalizar su inscripción a través de la plataforma, diligenciando la información solicitada, cargando la totalidad de los documentos administrativos y técnicos requeridos y enviando su postulación dentro de las fechas establecidas.
La SCRD adelantará la verificación del cumplimiento de las condiciones de participación y de los requisitos del perfil. Quienes resulten habilitados serán convocados a la etapa de audiciones. Durante las audiciones, cada participante demostrará sus capacidades artísticas, técnicas e interpretativas ante el Comité de Selección correspondiente, de acuerdo con el perfil al cual se postuló.
Con base en los resultados de la audición y evaluación se conformará el banco de elegibles y la SCRD expedirá el acto administrativo que formalizará los resultados de la Invitación Cultural. Posteriormente, las organizaciones responsables de cada espectáculo adelantarán la contratación de los artistas seleccionados, de acuerdo con el orden de elegibilidad y las condiciones establecidas para este proceso.
Algunos perfiles artísticos son requeridos exclusivamente para uno de los espectáculos, mientras que otros responden a necesidades comunes de dos o de los tres espectáculos que integran la programación de Navidad es Cultura 2026. En estos últimos casos, la postulación se realizará al perfil artístico correspondiente y no a un espectáculo específico. Durante la inscripción podrá indicarse el espectáculo de preferencia; sin embargo, esta información constituye únicamente una manifestación de interés y no garantiza la asignación a una producción determinada. La asignación definitiva será realizada por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD, con base en los resultados de la evaluación, el orden de elegibilidad y las necesidades artísticas de cada espectáculo.
Nota: Sobre la apertura de día para comentarios a la ciudadanía
Durante el periodo comprendido entre el 16 de septiembre de 2026 y el 17 de septiembre de 2026 hasta las 5:00 p. m., la ciudadanía podrá remitir comentarios, observaciones o inquietudes relacionadas con las condiciones de la Invitación Cultural. Estos deberán ser enviados al correo electrónico granformato@scrd.gov.co dentro del plazo señalado.
Las observaciones recibidas serán analizadas internamente por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) y los equipos técnicos correspondientes. La recepción de comentarios no implica su adopción o incorporación automática en las condiciones de la Invitación Cultural, siendo potestad exclusiva de la SCRD acogerlos, ajustarlos, incorporarlos total o parcialmente, o no incorporarlos, de acuerdo con los análisis técnicos, jurídicos y administrativos que resulten pertinentes.
Antes de presentar su postulación tenga en cuenta
Participar en esta Invitación Cultural implica asumir el compromiso de integrar el elenco de uno de los espectáculos de gran formato de la programación Navidad es Cultura 2026. Estos procesos comprenden ensayos, montaje, pruebas técnicas, funciones y demás actividades artísticas y de producción previstas para cada espectáculo. Quienes resulten elegibles deberán contar con la disponibilidad necesaria para participar en las actividades programadas por la dirección artística, cumplir los horarios establecidos, atender las orientaciones impartidas y mantener una actitud de respeto, colaboración y trabajo en equipo durante todo el proceso.
Una vez la SCRD publique el acto administrativo con los resultados de la Invitación Cultural, las ESAL responsables adelantarán el proceso de contratación de los artistas. Para ello, será indispensable presentar oportunamente la documentación requerida y cumplir los requisitos administrativos, legales y contractuales necesarios para formalizar la vinculación. Una vez contratado, cada artista deberá cumplir las obligaciones derivadas de su contrato, incluidas las relacionadas con el pago de seguridad social, la entrega de informes y los demás requerimientos establecidos para su ejecución.
Antes de presentar la postulación, se recomienda verificar la disponibilidad de tiempo y la posibilidad de asumir estos compromisos. La falta de disponibilidad o el incumplimiento de los requisitos necesarios para la contratación podrá impedir la materialización del contrato. En estos casos, la ESAL podrá acudir al banco de elegibles para convocar al siguiente artista en la lista, siempre que su incorporación resulte técnica, artística y operativamente viable de acuerdo con el estado de avance del espectáculo.
2. Objetivo:
Invitar a artistas de música, teatro, danza y circo a participar en un proceso abierto y conjunto de selección para conformar los elencos de los espectáculos de gran formato, que integrarán la programación artística de Navidad 2026 en Bogotá.
3. ¿Quiénes pueden participar?:
Podrán participar personas naturales, mayores de 18 años y residentes en Bogotá D.C., con experiencia en las áreas de música, teatro, danza o circo, que cumplan con la experiencia general y los requisitos específicos establecidos para el perfil artístico al cual se postulen.
Como condición general, cada participante deberá acreditar la experiencia y requisitos relacionados con el perfil seleccionado. Esta experiencia deberá demostrarse mediante soportes que den cuenta de su participación en proyectos, producciones, espectáculos, procesos de creación, circulación u otras actividades propias de su práctica artística, desarrolladas entre los años 2016 y 2026.
4. Descripción de perfiles
Los perfiles artísticos están organizados en cuatro áreas: danza, teatro, circo y música. Cada perfil identifica las características del rol requerido, los cupos disponibles y el espectáculo o los espectáculos para los cuales se requiere. Cada perfil cuenta con un código y nombre de identificación. Antes de presentar la postulación, se deberá revisar su descripción, los cupos disponibles, el espectáculo o los espectáculos que lo requieren y, cuando corresponda, los requisitos específicos establecidos para aspirar a ese perfil. (ANEXO GENERAL - PERFILES ARTÍSTICOS)
El código y nombre del perfil seleccionado deberá indicarse tanto en la inscripción realizada a través de la plataforma como en el Formato de Trayectoria y Experiencia Artística del Participante.
Importante: Algunos perfiles son requeridos por dos o por los tres espectáculos. En estos casos, la postulación se realizará al perfil artístico identificado con el código y nombre correspondiente y no a un espectáculo específico. Durante la inscripción podrá indicarse el espectáculo de preferencia; esta información será orientadora y no garantizará la asignación a un espectáculo determinado. La asignación final será definida por el Comité de Selección correspondiente, teniendo en cuenta los resultados de la audición y evaluación, la correspondencia con las necesidades artísticas de cada espectáculo y los cupos disponibles.
5. ¿Cómo postularse?
La postulación se realizará a través de la plataforma de Invitaciones Culturales, dentro de las fechas establecidas en el cronograma. Allí deberá diligenciarse la información solicitada, cargar los documentos requeridos y enviar la postulación dentro del plazo establecido.
Para facilitar el proceso, los documentos requeridos se encuentran organizados en dos grupos:
Documentos administrativos: corresponden a los documentos de identificación y demás soportes administrativos requeridos para participar en la Invitación Cultural.
Documento técnico: corresponde al Formato de Trayectoria y Experiencia Artística del Participante. Este formato deberá descargarse, diligenciarse en su totalidad y cargarse nuevamente en la plataforma. Allí deberá registrarse la información sobre la trayectoria y experiencia artística, su correspondencia con el perfil seleccionado y los soportes y enlaces requeridos para su verificación.
Antes de presentar la postulación se recomienda revisar cuidadosamente el perfil artístico seleccionado y preparar con anticipación la información, los documentos, los soportes y los enlaces requeridos.
6. ¿Cómo será el proceso de selección?
El proceso comprende la verificación documental y del cumplimiento del perfil, la evaluación mediante audición, la deliberación del Comité de Selección y la conformación del banco de elegibles. Con base en los resultados de la evaluación, el Comité de Selección emitirá el acta de recomendación correspondiente y la SCRD expedirá el acto administrativo mediante el cual se acoge dicha recomendación.
A partir de la expedición del acto administrativo, la ESAL responsable de cada espectáculo adelantará el proceso contractual de los artistas que correspondan. La selección del artista para integrar el elenco se entenderá formalizada con la culminación satisfactoria de este proceso y su vinculación contractual con la ESAL.
7. ¿Cómo serán las audiciones?
Las audiciones constituyen la etapa de evaluación artística de quienes resulten habilitados luego de la verificación documental y de cumplimiento del perfil. Se realizarán de manera presencial y estarán organizadas por áreas artísticas y perfiles, de acuerdo con las características y capacidades que se requiera observar en cada caso.
Las audiciones serán diseñadas metodológicamente para que los participantes puedan demostrar en la práctica las capacidades artísticas, técnicas, interpretativas, escénicas o de ejecución requeridas para el perfil. Dependiendo del área y del perfil, podrán incluir ejercicios individuales o colectivos, interpretación de repertorios o materiales previamente preparados, ejercicios técnicos, improvisaciones, lectura o respuesta a indicaciones, trabajo escénico y otras actividades propias de la disciplina.
Cada audición contará con la participación del Comité de Selección correspondiente al área artística, que observará y valorará el desempeño demostrado durante las pruebas, aplicando los criterios de evaluación establecidos en esta Invitación Cultural.
Las audiciones se desarrollarán mediante sesiones o bloques de trabajo cuya duración podrá variar de acuerdo con el área, el perfil y las pruebas previstas. Por esta razón, cada participante deberá contar con disponibilidad de tiempo y permanecer en la audición mientras sea requerida su participación.
La citación será enviada al correo electrónico registrado durante la postulación e indicará la fecha, hora y lugar de la audición. Las orientaciones y condiciones para su realización podrán ser informadas a través de este correo y publicadas en la página de la Invitación Cultural. Estas podrán incluir repertorios, ejercicios o materiales que requieran preparación previa, así como instrumentos, vestuario, implementos u otros elementos necesarios para presentar la prueba. Durante la jornada también podrán impartirse indicaciones y ejercicios propios de la metodología de la audición que no requieran preparación previa.
Importante: Las jornadas de audición estarán organizadas mediante horarios y bloques definidos para garantizar el desarrollo de las pruebas de todos los participantes convocados. La puntualidad, la disponibilidad durante el tiempo previsto y el cumplimiento de las indicaciones recibidas serán indispensables para participar adecuadamente en la jornada.
8. ¿Qué debes saber sobre la participación como artista del elenco?
La selección para integrar el elenco se hará efectiva mediante la suscripción del contrato con la ESAL responsable del espectáculo correspondiente.
8.1. Vinculación contractual
La vinculación contractual será adelantada directamente por la ESAL responsable de la dirección y producción artística del espectáculo correspondiente. La vinculación comprenderá el desarrollo integral de las actividades de preparación, ensayos, montaje, funciones y demás acciones necesarias para la ejecución del espectáculo, proyectadas para un periodo aproximado de dos (2) meses.
Cada artista recibirá una remuneración total de NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE ($9.639.000). Este valor corresponde a la remuneración total prevista para la vinculación del artista y no constituye una remuneración mensual. La forma, periodicidad y condiciones para el pago serán definidas por la ESAL responsable en el respectivo contrato. Sobre dicho valor se aplicarán las retenciones y deducciones de ley.
Ten en cuenta: La selección para integrar el elenco se entenderá formalizada con la suscripción del contrato correspondiente. Para ello, el artista elegible deberá atender oportunamente los requerimientos de la ESAL y cumplir las condiciones documentales, administrativas y legales necesarias para su contratación.
8.2. Documentación para la contratación
El artista convocado deberá presentar, completa, vigente y dentro de los plazos informados por la ESAL, la documentación requerida para adelantar el proceso de contratación. Esta podrá incluir, entre otros documentos, documento de identificación, RUT vigente, certificación bancaria, soportes relacionados con la afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral, documentación correspondiente al Sistema General de Riesgos Laborales —ARL— y los demás requisitos administrativos, legales o contractuales que resulten aplicables.
La documentación requerida deberá mantenerse actualizada durante el periodo de vinculación y presentarse en las condiciones y oportunidades establecidas por la ESAL contratante.
Importante: Si no es posible formalizar la contratación de un artista, podrá acudirse a los suplentes conforme a las reglas de esta Invitación Cultural. Cuando no existan suplentes disponibles o su vinculación no resulte viable por el estado de avance del espectáculo, la ESAL podrá adelantar directamente las gestiones necesarias para atender la necesidad del perfil correspondiente.
Ten en cuenta: Si estás interesado/a en participar en esta Invitación Cultural, prepárate con anticipación para una eventual vinculación contractual. Desde la etapa de postulación, revisa que cuentes con RUT actualizado, afiliación activa al sistema de salud y pensión, cuenta bancaria vigente y las demás condiciones necesarias para contratar mediante prestación de servicios. La publicación del acto administrativo que acoge la recomendación del Comité de Selección de la Invitación Cultural no reemplaza ni exonera del cumplimiento de los requisitos legales, administrativos y contractuales necesarios para formalizar la contratación. En los perfiles que impliquen actividades con riesgos especiales, las condiciones relacionadas con la afiliación, clasificación y cobertura de ARL deberán coordinarse con la ESAL contratante antes del inicio de las actividades.
Los artistas vinculados mediante contrato de prestación de servicios deberán cumplir durante la ejecución contractual las obligaciones de afiliación y cotización al Sistema de Seguridad Social Integral, de conformidad con la Ley 100 de 1993, el Decreto 780 de 2016, el Decreto 1072 de 2015 y las demás normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan. Los aportes deberán realizarse y acreditarse en las condiciones previstas por la normatividad vigente y por el contrato suscrito.
Para los trabajadores independientes con contrato de prestación de servicios, la cotización comprende salud, pensión y riesgos laborales, y deberá efectuarse sobre el ingreso base de cotización y mediante los mecanismos establecidos por la normatividad vigente.
Asimismo, el artista deberá contar con la cobertura correspondiente en el Sistema General de Riesgos Laborales (ARL) durante el desarrollo de las actividades contratadas. La afiliación, clasificación del riesgo y responsabilidad sobre el pago de la cotización se determinarán de acuerdo con la actividad efectivamente desarrollada y la normatividad aplicable. Para actividades clasificadas en riesgos IV y V, el pago de la cotización estará a cargo del contratante.
En los perfiles que comprendan actividades acrobáticas, aéreas, de altura u otras que impliquen condiciones especiales de riesgo, la ESAL deberá verificar antes del inicio de las actividades las condiciones de afiliación, clasificación y cobertura aplicables.
Ten en cuenta: Para la vinculación contractual no se aceptará la afiliación al régimen subsidiado de salud ni la clasificación en el Sisbén como acreditación del requisito de seguridad social. El artista deberá acreditar su afiliación y realizar los aportes al régimen contributivo que correspondan, de acuerdo con la normatividad vigente.
El pago de la remuneración será realizado directamente por la ESAL responsable del espectáculo, de acuerdo con la forma, periodicidad y demás condiciones establecidas en el respectivo contrato. Para el trámite de los pagos, el artista deberá presentar oportunamente la cuenta de cobro o documento equivalente, los soportes de pago al Sistema de Seguridad Social Integral que correspondan y los demás documentos requeridos por la ESAL contratante, de acuerdo con las condiciones contractuales.
Ten en cuenta: La suscripción del contrato no implica el pago automático de la remuneración. Cada pago estará sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en el contrato y a la presentación oportuna de los documentos y soportes requeridos para su trámite.
9. Disponibilidad, ensayos y funciones
La participación en los elencos requiere disponibilidad para atender las actividades de preparación, ensayos, montaje, pruebas técnicas, llamados y funciones que sean programadas durante el periodo de vinculación. Los espectáculos de gran formato pueden requerir jornadas que comprendan diferentes actividades artísticas, técnicas y de producción en un mismo día.
Durante este periodo podrán programarse, entre otras actividades, ensayos por área, ensayos generales, montaje, pruebas de espacio, sonido e iluminación, pruebas técnicas y de seguridad, vestuario y maquillaje, calentamiento y preparación previa, llamados a función y realización de las presentaciones. Las fechas, horarios, lugares y llamados serán definidos y comunicados por la ESAL responsable de cada espectáculo, de acuerdo con el cronograma y las necesidades de la dirección artística, técnica y de producción.
Ten en cuenta: Antes de presentar la postulación, cada participante deberá considerar su disponibilidad para asumir los compromisos que implica la participación en un espectáculo de gran formato. Una vez formalizada la vinculación contractual, el artista deberá atender la programación de ensayos, montajes, pruebas, llamados, funciones y demás actividades requeridas para la realización del espectáculo.
Persona Natural:
Podrán participar personas naturales, mayores de 18 años y residentes en Bogotá D.C., con experiencia en las áreas de música, teatro, danza o circo, que cumplan con la experiencia general y los requisitos específicos establecidos para el perfil artístico al cual se postulen.
Como condición general, cada participante deberá acreditar la experiencia y requisitos relacionados con el perfil seleccionado. Esta experiencia deberá demostrarse mediante soportes que den cuenta de su participación en proyectos, producciones, espectáculos, procesos de creación, circulación u otras actividades propias de su práctica artística, desarrolladas entre los años 2016 y 2026.
Se otorgará un puntaje adicional por residencia en las localidades de la Candelaria, Santa Fe, Tunjuelito, Usaquén: Se otorgará cuando el participante acredite residencia en las localidades establecidas para este beneficio, de acuerdo con las condiciones de la Invitación Cultural.
El proceso comprende la verificación documental y del cumplimiento del perfil, la evaluación mediante audición, la deliberación del Comité de Selección y la conformación del banco de elegibles. Con base en los resultados de la evaluación, el Comité de Selección emitirá el acta de recomendación correspondiente y la SCRD expedirá el acto administrativo mediante el cual se acoge dicha recomendación.
A partir de la expedición del acto administrativo, la ESAL responsable de cada espectáculo adelantará el proceso contractual de los artistas que correspondan. La selección del artista para integrar el elenco se entenderá formalizada con la culminación satisfactoria de este proceso y su vinculación contractual con la ESAL.
Una vez finalizado el periodo de inscripción, la SCRD verificará las postulaciones y la documentación presentada dentro del plazo establecido.
Esta etapa comprende dos aspectos: la verificación documental, mediante la cual se revisará la presentación completa de los documentos administrativos y del Formato de Trayectoria y Experiencia Artística del Participante, como único documento técnico requerido; y la verificación del cumplimiento del perfil, mediante la cual se comprobará que cada participante acredite la experiencia artística general y, cuando corresponda, los requisitos específicos establecidos para el perfil al cual se postuló. También se verificará que la información presentada sea consistente y que los documentos, soportes y enlaces requeridos sean legibles, accesibles y permitan comprobar las condiciones que corresponda acreditar.
Nota: Cada participante podrá postularse a un (1) único perfil artístico dentro de la presente Invitación Cultural. En consecuencia, no se permitirá la postulación simultánea a dos (2) o más perfiles, independientemente de que estos pertenezcan a la misma o a diferentes áreas artísticas o sean requeridos para distintos escenarios
Como resultado de esta etapa, la SCRD publicará el Listado de participantes habilitados y no habilitados. Únicamente quienes resulten habilitados podrán continuar a la etapa de audiciones.
Importante:
Esta Invitación Cultural no contempla etapa de subsanación de documentos administrativos ni técnicos. En consecuencia, el listado de participantes habilitados y no habilitados será definitivo.
La experiencia artística general y los requisitos específicos acreditables del perfil se verifican en esta etapa para determinar la habilitación de la postulación. Estos aspectos no otorgan puntaje.
Será responsabilidad de cada participante verificar, antes de enviar la postulación, que la información esté completa, que los documentos y soportes hayan sido cargados correctamente y que los enlaces suministrados se encuentren habilitados y permitan su consulta sin restricciones de acceso. No habrá lugar a reclamaciones posteriores por documentos o soportes no aportados, archivos ilegibles, enlaces incorrectos, vencidos o con restricciones de acceso, o cualquier otra circunstancia que impida verificar la información presentada.
Quienes resulten habilitados serán convocados a la audición a través del correo electrónico, en el que se informarán la fecha, hora, lugar y demás condiciones para su realización. Será responsabilidad de cada participante consultar oportunamente el correo electrónico y atender las indicaciones remitidas para presentarse a la audición.
Durante la audición, los participantes realizan las pruebas y ejercicios para el perfil al cual se postularon, de acuerdo con las orientaciones recibidas.
El Comité de Selección participará en el desarrollo de las audiciones y realizará la evaluación de los participantes, aplicando los criterios y puntajes establecidos para cada área artística en esta Invitación Cultural. La evaluación tendrá como propósito valorar el desempeño demostrado durante la audición y la correspondencia de las capacidades artísticas, técnicas e interpretativas con las características del perfil correspondiente.
Importante: El participante que no asista a la audición, se presente después de la hora para la cual fue citado o no cumpla con los elementos y condiciones informados para su realización, no podrá presentar la audición y, en consecuencia, no continuará en el proceso de selección.
3. Deliberación y conformación del banco de elegibles
Finalizadas las audiciones, el Comité de Selección deliberará y consolidará los resultados de la evaluación, de acuerdo con los criterios y puntajes establecidos. Para ser recomendado como elegible, cada participante deberá obtener un puntaje mínimo de setenta y cinco (75) puntos sobre cien (100). El banco de elegibles se conformará por perfil artístico y los participantes se organizarán de mayor a menor, de acuerdo con el puntaje obtenido en la evaluación
Con base en estos resultados, el Comité de Selección emitirá el acta de recomendación de elegibles, en la que quedarán consignados los resultados de la evaluación y la conformación del banco de elegibles. La SCRD expedirá posteriormente el acto administrativo mediante el cual se acoge la recomendación del Comité de Selección.
Importante:
Obtener el puntaje mínimo permite integrar el banco de elegibles, pero no garantiza la vinculación contractual. Para cada perfil, serán convocados inicialmente los artistas con los puntajes más altos, de acuerdo con el número de cupos por perfil.
4. Selección y vinculación contractual
Una vez expedido el acto administrativo mediante el cual la SCRD acoge la recomendación del Comité de Selección, la ESAL responsable de cada espectáculo adelantará el proceso de vinculación contractual de los artistas incluidos en el banco de elegibles, de acuerdo con los cupos de perfiles requeridos.
Para formalizar la vinculación, cada artista convocado deberá presentar oportunamente la documentación requerida y cumplir las condiciones administrativas, legales y contractuales aplicables. La selección para integrar el elenco se entenderá formalizada con la culminación satisfactoria de este proceso y la suscripción del contrato con la ESAL correspondiente.
Cuando no sea posible formalizar la vinculación de alguno de los artistas convocados, por no presentar oportunamente la documentación requerida, no cumplir las condiciones necesarias para su contratación, manifestar que no continuará en el proceso o por cualquier otra circunstancia que impida su vinculación, la ESAL dejará trazabilidad de la situación y podrá convocar al artista que cuente con el siguiente puntaje dentro del banco de elegibles del mismo perfil. La convocatoria de otro artista estará sujeta a que su incorporación resulte técnica, artística y operativamente viable, de acuerdo con el estado de avance del espectáculo y el tiempo disponible para su integración.
5. Sobre los suplentes
Cuando no sea posible adelantar la contratación de alguno de los artistas que se encuentre dentro del número de cupos disponibles para un perfil, podrá convocarse como suplente al participante que haya obtenido el siguiente puntaje más alto dentro del mismo perfil, siempre que haya alcanzado el puntaje mínimo de setenta y cinco (75) puntos requerido para integrar el banco de elegibles.
La convocatoria de suplentes procederá siempre que, de acuerdo con el estado de avance del espectáculo, sea viable la incorporación de un nuevo artista.
Nota: La participación en la presente Invitación Cultural y la eventual integración del banco de elegibles no generan vínculo laboral, contractual ni obligación de contratación alguna a cargo de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD. La vinculación contractual de los artistas requeridos para cada espectáculo será adelantada directamente por la ESAL responsable del mismo, bajo su responsabilidad y de conformidad con las condiciones aplicables. En consecuencia, las obligaciones derivadas de dicha relación contractual, incluidas aquellas relacionadas con la suscripción, ejecución, pagos, aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, retenciones y demás obligaciones legales y contractuales, corresponderá exclusivamente a las partes que suscriban el respectivo contrato, sin perjuicio de las competencias de seguimiento y supervisión que correspondan a la SCRD en el marco de su relación con la ESAL.
La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos establecidos aquí o en la Guía Operativa de Invitaciones Culturales. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.
● La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación cultural..
● Cuando la invitación establezca que sólo se puede presentar una iniciativa, si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma invitación abierta, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita.
● El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación cultural..
● La o el participante se inscribió a la categoría equivocada.
● La o el participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.
● La o el participante no adjuntó uno o más documentos administrativos solicitados (cuando la invitación no establezca periodo de subsanación).
● La o el participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados.
● La o el participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.
● La o el participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa.
● La o el participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.
● No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.
● El comité determinado por la invitación identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa
● Cuando la invitación cultural establezca periodo de subsanación: La o el participante no aporte alguno de los documentos administrativos o técnicos solicitados durante el periodo de subsanación.
● Al participante se le declaró por acto administrativo, debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus compromisos y deberes como ganador(a) en alguno de los programas, mecanismos o proyectos de Fomento de la SCRD o sus entidades adscritas, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la invitación cultural.
Adicionalmente, por las condiciones particulares de esta Invitación Cultural, serán causales para no ser habilitado:
El participante no acredita la experiencia artística mínima exigida para el perfil al cual se postula.
El participante no acredita uno o más de los requisitos específicos establecidos para el perfil al cual se postula.
El Formato de Trayectoria y Experiencia Artística del Participante se presenta incompleto o no contiene la información necesaria para verificar el cumplimiento de las condiciones de participación o de los requisitos del perfil.
Los soportes, enlaces o archivos aportados no permiten verificar la experiencia, formación, cualificaciones o demás requisitos exigidos para el perfil.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:
1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.
2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:
3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.
4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:
5. Consideraciones adicionales:
Los artistas que resulten seleccionados en la presente Invitación Cultural y acepten su participación en alguno de los espectáculos asumirán, entre otros, los siguientes compromisos:
Aceptar o rechazar oportunamente la selección a la ESAL correspondiente del espectáculo.
Presentar completa y oportunamente la documentación requerida para formalizar su vinculación contractual con la ESAL responsable del espectáculo asignado y mantenerla vigente durante toda la ejecución del contrato.
Cumplir las obligaciones derivadas de la vinculación contractual, incluidas aquellas relacionadas con seguridad social, riesgos laborales y demás requisitos administrativos y legales aplicables.
Contar con la disponibilidad requerida para participar en las actividades de preparación, ensayos, montaje, pruebas técnicas, llamados y funciones programadas por la dirección artística y la producción del espectáculo.
Asistir puntualmente a los ensayos, pruebas técnicas, montajes, funciones y demás actividades programadas durante el periodo de vinculación, atendiendo los horarios y llamados establecidos.
Cumplir las orientaciones impartidas por la dirección artística, la dirección musical, la producción y los equipos técnicos, necesarias para garantizar la adecuada preparación y ejecución del espectáculo.
Participar en las funciones y actividades programadas, manteniendo un comportamiento profesional y contribuyendo al adecuado desarrollo de la producción artística.
Utilizar adecuadamente y conservar el vestuario, utilería, elementos técnicos, equipos y demás bienes que le sean entregados para el desarrollo de sus actividades.
Informar oportunamente cualquier circunstancia que pueda afectar su disponibilidad, permanencia o cumplimiento de las obligaciones derivadas de su participación en el espectáculo.
Cumplir las demás obligaciones que se establezcan en el contrato de prestación de servicios artísticos y en los protocolos técnicos, operativos y de seguridad definidos para cada producción.
Los artistas que resulten seleccionados tendrán la oportunidad de integrar los elencos de los espectáculos de gran formato que harán parte de la programación artística de Bogotá Imagina la Navidad 2026.
Su participación les permitirá vincularse a procesos de creación, montaje y circulación artística de gran formato, trabajar junto a directores, coreógrafos, músicos, actores, artistas circenses y equipos técnicos de amplia trayectoria, y participar en producciones concebidas para escenarios emblemáticos de la ciudad y para públicos de alta asistencia.
Los artistas seleccionados en esta Invitación Cultural serán vinculados contractualmente por la ESAL responsable de la dirección y producción artística del espectáculo correspondiente, mediante contrato de prestación de servicios u otra modalidad contractual que resulte aplicable, conforme a las condiciones establecidas en la Convocatoria LEP – Ecosistemas de Interés Público para la Producción y Circulación de Espectáculos de Gran Formato en Bogotá (2026).
Cada artista recibirá una remuneración total de NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE ($9.639.000), correspondiente al desarrollo de las actividades de preparación, ensayos, montaje, funciones y demás acciones necesarias para la ejecución del espectáculo.
Nota aclaratoria: El valor de NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE ($9.639.000) corresponde a la remuneración total prevista para la vinculación del artista y no constituye una remuneración mensual. La vinculación comprende el desarrollo integral de las actividades de preparación, ensayos, montaje, funciones y demás acciones necesarias para la ejecución del espectáculo, proyectadas para un período aproximado de dos (2) meses. La forma, periodicidad y condiciones para el pago serán definidas por la ESAL responsable en el respectivo contrato, conforme al cronograma de ejecución del proyecto. Sobre dicho valor se aplican retenciones y deducciones de ley.
En el marco de la presente Invitación Cultural, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD se compromete a:
Adelantar el proceso de verificación de los participantes de conformidad con las condiciones establecidas en la presente Invitación Cultural y en la Guía Operativa de Invitaciones Culturales.
Publicar y comunicar oportunamente los resultados de cada una de las etapas del proceso, de acuerdo con el cronograma y los mecanismos establecidos en la presente Invitación Cultural.
Expedir el acto administrativo mediante el cual se acoge la recomendación de elegibles, conforme a los resultados del proceso de evaluación.
Realizar el seguimiento y acompañamiento a la ejecución de la presente Invitación Cultural y a la conformación de los elencos de los espectáculos de gran formato, en el marco de las competencias de la SCRD.
Coordinar con las ESAL responsables de los espectáculos las actuaciones necesarias para la adecuada articulación entre el proceso de selección y la vinculación de los artistas elegibles.
Brindar los canales de información y orientación para atender las consultas relacionadas con el desarrollo de la presente Invitación Cultural.