Los espectáculos de Navidad en la Plaza de Bolívar se han destacado por sus efectos majestuosos, luces, música y personajes históricos y míticos. Estos eventos han transformado la ciudad de noche, devolviéndole su brillo y permitiendo que los habitantes se sientan orgullosos de su capital, ahora reconocida a nivel regional e internacional. Han sido un espacio de participación ciudadana que fortalecen el ecosistema creativo y promueven la cohesión social y la apropiación cultural.
Por esta razón, en el marco de la promoción de los derechos culturales y el fortalecimiento del ecosistema creativo local, la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte de Bogotá (SCRD) busca seguir posicionando la Navidad como una festividad distintiva de la ciudad. Por ello, invita a un equipo de dirección artística con experiencia en espectáculos no convencionales de gran formato a presentar un proyecto para dirigir y desarrollar el proyecto "Arte Digital Inmersivo-Navidad 2024", coproducida junto a la residencia artística internacional de la compañía francesa La Maison Production, que se realizará para el mes de diciembre en la Catedral Primada de Colombia. La propuesta presentada deberá alinearse con la política pública y los parámetros creativos definidos en el Anexo 1 y el Plan Distrital de Desarrollo 2024-2028 “Bogotá Camina Segura”.
Este innovador espectáculo, que se llevará a cabo en la Catedral Primada de Colombia (ver anexo 3), busca combinar arte digital, música, y performances en vivo para ofrecer una experiencia participativa y celebrar la creatividad humana en todas sus formas.
A través de este proyecto, se espera no solo ofrecer un espectáculo de alta calidad y atractivo visual, sino también promover la formación, investigación y experimentación colaborativa e interdisciplinaria entre artistas y técnicos locales e internacionales, en el marco de una residencia internacional con la compañía francesa La Maison Production. Todos los detalles para la presentación de la propuesta artística podrán ser consultados en el Anexo 1.
Los participantes deberán tener en cuenta que para la dirección de esta obra interdisciplinar se busca un equipo de profesionales multidisciplinarios con experiencia en proyectos artísticos en espacios no convencionales (Consultar Anexo 1) , conformado por siete (7) directores(as) que incluyan:
Un(a) director(a) general artístico(a)
Un(a) dramaturgo(a) / director(a) escénico(a)
Un(a) productor(a) técnico(a)
Un(a) director(a) musical
Un(a) diseñador(a) de vestuario
Un(a) diseñador(a) de maquillaje
Un(a) diseñador(a) de escenografías/ utilerías
Nota: La descripción de los perfiles se podrá consultar en el siguiente punto Descripción de los perfiles y en el Anexo 1.
Verificación: La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y la Fundación Amigos del Teatro Mayor verificarán el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes o enlaces presentados, permitan su acceso y lectura y, posteriormente y se asegurarán de que el equipo de dirección artística y su iniciativa no incurran en ninguna causal para no ser habilitados, posteriormente. Asimismo, se publicará el listado de habilitados y no habilitados en esta página.
Las o los participantes tendrán un (1) día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Las propuestas que cumplan serán habilitadas para el proceso de evaluación, sustentación y selección y serán invitado a presentar el proyecto ante el comité de selección
Evaluación y selección: la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y la Fundación Amigos del Teatro Mayor conformarán un comité de selección integrado por el Comité Sectorial de Fomento del Sector Cultura, Recreación y Deporte y otros invitados idóneos para hacer la selección.
El comité adelantará la selección del proyecto ganador teniendo en cuenta los criterios de selección establecidos en esta invitación, así como la argumentación y solidez conceptual y técnica del proyecto.
De igual forma, el comité designará a un (1) suplente, en caso que el proyecto ganador rechace la selección o presente alguna inhabilidad. Finalmente, el proceso de evaluación quedará consignado y publicado en un acta. Finalmente, la entidad acogerá la recomendación del comité de selección
Publicación: El acta de selección del ganador será publicada en la parte superior de este micrositio.
La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.
La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación abierta.
Cuando la invitación establezca que sólo se puede presentar una iniciativa, si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma invitación abierta, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita.
El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación abierta.
El participante se inscribió a la categoría equivocada.
El participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.
El participante no adjuntó uno o más documentos administrativos o técnicos solicitados.
El participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.
El participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa.
El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan.
No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.
El jurado identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa.
Otras restricciones de participación:
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con CANAL CAPITAL.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
Una vez se comunique vía correo electrónico que fue seleccionado como ganador, el equipo de dirección artística deberá manifestar de forma expresa, al día siguiente, al correo correspondencia.externa@scrd.gov.co si acepta o no la dirección artística.
Una vez aceptada la designación, el equipo de dirección artística deberá entregar los documentos necesarios para formalizar la contratación en un plazo de ocho (8) días hábiles a partir de la notificación de la selección. La contratación será realizada por la Fundación Amigos del Teatro Mayor. No entregar de manera oportuna los documentos requeridos para la contratación se entenderá como la no aceptación de la selección.
Aunado a lo anterior, el equipo de dirección artística seleccionado deberá acoger las recomendaciones de ajustes a la propuesta de contenidos realizadas por el Comité de Fomento y asesor del proyecto.
El equipo de dirección artística seleccionado deberá trabajar en colaboración con el equipo internacional francés de La Maison Production en un laboratorio de formación, investigación, experimentación y aprendizaje colaborativo.
El equipo de dirección artística deberá contar con la disponibilidad de tiempo necesaria para dedicarse al proyecto y a la residencia artística internacional con el equipo francés, de acuerdo con el cronograma establecido.
El equipo de dirección artística será contratado por la Fundación Amigos del Teatro Mayor, en el marco de la ejecución del Convenio N° 549 de 2024, suscrito con la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con el anexo 2 - formato de presupuesto.
Realizar el seguimiento y acompañamiento del equipo de trabajo, compromisos, obligaciones y desarrollo del proyecto propuesto del ARTE DIGITAL INMERSIVO NAVIDAD 2024, en el marco del convenio de asociación N°549 de 2024, suscrito entre la SCRD y la Fundación Amigos del Teatro Mayor.