La Subdirección de Equipamientos Culturales del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, con el propósito de fortalecer los procesos de circulación de los agentes artísticos de la ciudad y promover su proximidad con los públicos, invita a artistas, agrupaciones u organizaciones de diversas disciplinas de las artes escénicas de Bogotá (música, teatro, danza, títeres, circo, narración oral, magia, performance), a postular sus obras, conciertos, espectáculos y/o performances de las artes vivas para ser parte de la programación artística de la Red de Escenarios Culturales del IDARTES, entre los meses de julio y diciembre del 2025.
Las iniciativas deberán tener en cuenta las condiciones técnicas de los escenarios habilitados para la circulación a los que se postulan, atendiendo las categorías definidas y en las que se enmarcan:
Categoría 1. Música: en esta categoría se busca contar con la circulación de espectáculos musicales diversos y de alta calidad que complementen la programación artística de los siguientes escenarios:
Teatro al Aire Libre La Media Torta: Es un símbolo indeleble de la diversidad y movimientos culturales en la ciudad. Su programación tiene como base los distintos géneros de la música y danza en mediano formato.
Escenarios Móviles -Armando de la Torre y María Mercedes Carranza-: Los Escenarios Móviles son escenarios creados para llevar las artes escénicas a cada rincón de la ciudad.
Diseñados para circular por todas las localidades, estos escenarios permiten que diversas expresiones como el teatro, la danza y la música lleguen a nuevos públicos, fortaleciendo el acceso a la cultura. Equipados con sistemas propios de sonido e iluminación, ofrecen condiciones técnicas profesionales para los artistas, al tiempo que construyen una oferta diversa, incluyente y de alta calidad, acercando el arte a la vida cotidiana de las comunidades.
En esta categoría se asignarán veinticuatro (24) incentivos por valor de Siete Millones de pesos C/u ($7.000.000), y consistirá en el desarrollo de una (1) única función en alguna de las jornadas de programación de los escenarios.
Categoría 2. Artes Escénicas (Teatro, Danza, Performance, Oralidad): esta categoría busca obras o espectáculos de las artes escénicas acordes con las características y vocación del siguiente escenario:
Sala Gaitán: Le apuesta a formatos pequeños, íntimos, convencionales o experimentales que propician diálogos entre disciplinas y géneros, programando propuestas dirigidas al disfrute de los distintos públicos, prestando especial atención a los jóvenes.
En esta categoría se asignarán nueve (9) incentivos, por valor de Cuatro Millones de pesos C/u ($4.000.000), y consistirá en el desarrollo de una (1) única función en alguna de las jornadas de programación del escenario.
Categoría 3. Infantiles: esta categoría recoge toda la gama de expresiones artísticas cuyas temáticas sean los contenidos para público infantil o juvenil que puedan complementar la programación de los siguientes escenarios: Centro Cultural
Compartir en Sumapaz: Es un espacio, ubicado en la localidad de Ciudad Bolívar, proyectado para la circulación, exploración, creación y formación de las artes escénicas, artes plásticas y audiovisuales de pequeño formato. El equipamiento cuenta con tres niveles con diferentes tipos de escenarios especializados: espacio multipropósito para exhibiciones y presentaciones de pequeño formato, escenario central de formato experimental, y escenario flexible especial para presentaciones y proyecciones audiovisuales.
Teatro El Parque: con más de 85 años, es un escenario emblemático de la Ciudad de Bogotá que hace parte de nuestra memoria y en el que muchos niños y familias han tenido la posibilidad de soñar, sonreír, jugar y cantar con las historias y personajes allí representados. Abierta a la recepción de pequeños y medianos formatos.
En esta categoría se asignarán ocho (8) incentivos, por valor de Ocho Millones Doscientos cincuenta mil pesos C/u ($8.250.000), y consistirá en el desarrollo de tres (3) funciones en alguna de las jornadas de programación de los escenarios.
Categoría 4. Inmersivas: esta categoría está pensada para la circulación de obras o espectáculos de las artes vivas, transdisciplinares y que contemplan la interacción entre lo digital y lo análogo, haciendo uso de las oportunidades técnicas del siguiente escenario:
Planetario de Bogotá: con su renovado domo, que se proyecta con un espacio para la innovación en las artes en la ciudad, cuenta con insumos técnicos tales como sonido, luces, entre otros, para puestas en escena que garanticen el aprovechamiento de estos recursos para el desarrollo de espectáculos de experiencias inmersivas e innovadoras.
En esta categoría se asignarán cinco (5) incentivos, por valor de Seis Millones de pesos C/u ($6.000.000), y consistirá en el desarrollo de una (1) única función en alguna de las jornadas de programación del escenario.
NOTA: Esta distribución responde a las necesidades de programación de los escenarios contemplados para la invitación cultural, por lo que las categorías, valores y número de funciones cuenta con el respaldo de las necesidades, características de operación y vocaciones de los equipamientos de la Red de Escenarios Culturales del IDARTES.
Consideraciones:
● El número de funciones que cada ganador tendrá en uno o más equipamiento de la Red de Escenarios Culturales del IDARTES depende de la categoría a la que se presente.
● Los ganadores deberán asumir los siguientes ítems de producción requeridos para el desarrollo de las funciones, según la categoría a la que se postule, a cargo de los recursos otorgados:
- Alimentación de la agrupación.
- Transporte de la agrupación.
● Las obras, conciertos, espectáculos y/o performances deben corresponder con el formato del (los) escenario(s) de la categoría a la que esté aplicando, tener una duración mínima de 45 minutos, y deben poder realizarse con los insumos técnicos existentes en los escenarios (ver riders anexos). En caso de requerir insumos técnicos adicionales a los dispuestos en los escenarios, deberán ser asumidos por el ganador.
● Las obras, conciertos, espectáculos y/o performances deberán contar con circulación previa mínima de cinco (5) presentaciones. Es decir, no se podrán postular estrenos. Las propuestas que se postulen a la Categoría Inmersivos, requieren acreditar una circulación mínima de dos (2) presentaciones en escenarios de formato similar al Domo del
Planetario de Bogotá.
● No se tendrán en cuenta propuestas (obras, conciertos, espectáculos y/o performances) que hayan sido contratadas y programadas en el mismo escenario de la Subdirección de Equipamientos Culturales al que se postule la propuesta durante el año 2024 y lo transcurrido del 2025 a la fecha de cierre de postulaciones de la presente invitación, así como tampoco las obras o espectáculos seleccionados en la INVITACIÓN CULTURAL ¡SÚMATE A LA PROGRAMACIÓN! OBRAS DE PEQUEÑO Y MEDIANO FORMATO EN ESCENARIOS DEL IDARTES, 2024 - IDARTES.
● Cada propuesta deberá indicar la categoría a la que se presenta y el escenario seleccionado según categoría, si aplica, para que así se designen las fechas de circulación, de acuerdo con la programación de la Red de Escenarios Culturales del
IDARTES.
● Está en potestad del grupo evaluador tener en cuenta o no la sugerencia del equipamiento realizada por el participante en su postulación.
● Las propuestas seleccionadas serán programadas según disponibilidad de fechas en los escenarios, de acuerdo con las condiciones de programación de cada categoría. La Subdirección de Equipamientos Culturales podrá cambiar el equipamiento donde se presentará un proyecto seleccionado en caso de considerarlo oportuno.
● Las propuestas ganadoras podrán programarse de manera individual o grupal, dependiendo del escenario y las franjas que se establezcan para la circulación.
● La Subdirección de Equipamientos Culturales del IDARTES cuenta con la competencia de establecer funciones con boletería o gratuitas, dependiendo de las necesidades y vocaciones de los escenarios definidos. En caso de contar con el desarrollo de funciones con boletería, este recaudo será exclusivamente del IDARTES.
● Lea atentamente los criterios y requerimientos de la postulación, y entregue todos los documentos como se solicita en la presente invitación cultural. En caso contrario, se evaluará en consecuencia.
● Los participantes (personas naturales, agrupaciones o personas jurídicas), podrán postular una (1) única propuesta en esta invitación, por lo que deberá seleccionar la categoría que más responda a las características de la propuesta para participar en esta invitación. Si se identifica un número mayor de propuestas por el mismo participante, solo se habilitará el registro más cercano con la fecha de cierre de la presente invitación.
● Las iniciativas que sean seleccionadas como ganadoras no podrán ser modificadas, salvo por aquellos ajustes necesarios para garantizar la puesta en escena en diferentes escenarios.
Persona Natural:
Persona colombiana o extranjera, mayor de 18 años, residente o domiciliada en Bogotá D.C., con experiencia mínima en procesos de circulación artística de tres (3) años.
Agrupación:
Agrupación integrada por dos (2) o más personas naturales colombianas o extranjeras, mayores de 18 años, residentes o domiciliadas en Bogotá D.C., con experiencia mínima en procesos de circulación artística de tres (3) años.
Estas personas deberán nombrar un representante principal, quien estará a cargo de la comunicación con el IDARTES en nombre de las y los integrantes de la agrupación, de aportar los documentos para el desembolso del incentivo en caso de que la agrupación resulte ganadora y de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de convocatoria. A su vez, la agrupación nombrará un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor comprobados, asuma las responsabilidades del principal.
Nota 1: No se permite la participación de Menores de Edad en la obra o iniciativa.
Persona jurídica:
Persona jurídica domiciliada en Bogotá D.C., con experiencia mínima en procesos de circulación artística de tres (3) años. La inscripción debe realizarla el representante legal, de acuerdo con el documento que reglamenta su órgano administrativo.
● Verificación: El IDARTES verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos, imágenes y enlaces presentados, permitan su acceso y lectura.
● Publicación del listado de iniciativas habilitadas y no habilitadas: Se publicará en esta página, máximo 5 días hábiles después del cierre de la invitación. Posterior a la publicación de dicho listado, los participantes cuentan con un día hábil para enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación. Si el participante considera que realizó correctamente el cargue a la plataforma de todos los documentos y cumplió a cabalidad con todos los requisitos contemplados en la Invitación Cultural a la cual aplicó, y evidencia alguna inconsistencia en el denominado “Listado de iniciativas habilitada y no habilitadas”, podrá enviar los comentarios pertinentes mediante los canales establecidos para ello. Es importante tener en cuenta que en la presente Invitación Cultural NO se contempla la posibilidad de Subsanación de la documentación solicitada.
● Evaluación y selección: la Subdirección de Equipamientos Culturales del IDARTES conformará un comité de evaluación externo conformado por tres (3) personas, encargadas de calificar y seleccionar las iniciativas ganadoras partiendo de los criterios de evaluación establecidos.
El comité evaluador seleccionará las iniciativas ganadoras de la invitación cultural y el número de suplentes que considere pertinente, los cuales recibirán los reconocimientos en caso de que alguno de los ganadores iniciales no pueda ejecutar plenamente su iniciativa, renuncie al reconocimiento o no acepte dentro de los tiempos estipulados para dicho fin.
● Puntaje mínimo de selección: se tendrán en cuenta para ser declaradas como ganadoras las iniciativas que obtengan el puntaje igual o superior a 70 puntos, junto con el cumplimiento de los requisitos.
Nota: Obtener el puntaje mínimo no es garantía de ser seleccionado.
● Publicación de resultados: el acta y la resolución de iniciativas seleccionadas se publicarán en el micrositio de esta invitación (parte superior).
El IDARTES aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los postulados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, se excluirán del proceso las iniciativas en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales de exclusión en el proceso de la invitación pública, cerciórese de no incurrir en alguna causal.
1. La iniciativa no cumple con las condiciones y especificaciones de la Invitación.
2. El participante no aportó la totalidad de los documentos y datos solicitados.
3. El material aportado no permite su lectura, visualización, reproducción o revisión completa del contenido.
4. La persona postulante, un integrante de la agrupación, el representante o miembro de la persona jurídica es contratista o funcionario del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES. 5. El participante forma parte del comité de evaluación, así como sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y
primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
6. Al participante se le declaró, por acto administrativo debidamente ejecutado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de sus planes, programas o proyectos, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la presente invitación, en alguna de las entidades del sector cultura, a saber: Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, Fundación Gilberto Álzate Avendaño, Orquesta Filarmónica de Bogotá, Instituto Distrital de Recreación y Deporte e Instituto Distrital de las Artes.
7. La obra o espectáculo que se presenta ha sido contratada por la Subdirección de Equipamientos Culturales del IDARTES o programada en alguno de sus escenarios durante el período comprendido entre enero de 2024 a la fecha de publicación de designación de ganadores de esta invitación.
8. No se tendrán en cuenta propuestas (obras, conciertos, espectáculos y/o performances) que hayan sido contratadas y programadas en el mismo escenario de la Subdirección de
Equipamientos Culturales al que se postule la propuesta durante el año 2024 y lo transcurrido del 2025 a la fecha de cierre de postulaciones de la presente invitación.
9. No podrán participar las obras, conciertos, espectáculos y/o performances seleccionados en la INVITACIÓN CULTURAL ¡SÚMATE A LA PROGRAMACIÓN! OBRAS DE PEQUEÑO Y MEDIANO FORMATO EN ESCENARIOS DEL IDARTES, 2024 - IDARTES.
Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación.
Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas.
Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.
Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas.
En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.
Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.
El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.
Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.
A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.
1. La Oficina Asesora Jurídica del Idartes enviará a cada una de las iniciativas seleccionadas un correo electrónico con el fin de notificarlas del acto administrativo a través del cual se acoge la recomendación del comité evaluador. Una vez recibida la notificación mencionada, las iniciativas seleccionadas cuentan con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa si aceptan o no el incentivo económico al correo electrónico gerenciaescenarios@idartes.gov.co
2. Remitir vía correo electrónico a gerenciaescenarios@idartes.gov.co los siguientes documentos para avanzar con el proceso administrativo requerido:
● Documento de identidad (según Perfil del Participante).
● Certificado bancario (de la persona natural, del representante de la agrupación o de la persona jurídica), no mayor a un mes de expedición emitida por una entidad bancaria tradicional, que incluya el número de cuenta, sucursal, tipo de cuenta y estado ACTIVO de la cuenta. Tenga en cuenta que NO SE ACEPTAN cuentas bancarias virtuales como Nequi, Daviplata o Ahorro a la mano.
● RUT (de la persona natural, del representante de la agrupación o de la persona jurídica) actualizado a 2022.
● Cuando sea requerida por el IDARTES, y para todas las personas jurídicas (sin excepción), y en caso de las personas naturales que dentro de sus obligaciones tributarias se contempla la obligación de facturar, deberá aportar factura electrónica por el desembolso, correspondiente al valor del porcentaje destinado para cada desembolso.
Es muy importante que no se incluya IVA (los reconocimientos están exentos de IVA).
Estas facturas deben hacerse a nombre del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, NIT (900.413.030-9), dirección (CRA 8 #15-46), teléfono (3765750), la fecha debe
corresponder al día en que se envía la documentación al área misional.
Resolución de facturación: adicional a la factura, debe adjuntar la resolución de facturación vigente y que ampare la factura remitida. No se aceptarán resoluciones que
se encuentren en trámite, o como borrador o suspendidas. Por favor, verificar el estado correcto de su documento, en caso de necesitar actualización podrá hacerlo de manera
virtual en la plataforma https://muisca.dian.gov.co/
3. Dar los créditos al IDARTES en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación de la iniciativa ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella, según manual de uso y previa aprobación por parte de la Entidad.
4. En su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la iniciativa presentada, autorizar al IDARTES, o a quien éste designe, por medio de una licencia de uso, en la cual
deberán ser licenciados los derechos de reproducción, transformación, comunicación pública, puesta a disposición y derecho de distribución de la obra. Dicha licencia es únicamente con fines promocionales de formación, circulación, divulgación, creación o mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con el diligenciamiento del formulario de inscripción y la aceptación de términos y condiciones.
5. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al IDARTES, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
6. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la iniciativa. Quienes incumplan con esta norma, les será retirado el incentivo económico.
7. En caso de presentarse una situación de fuerza mayor que impida la ejecución de la iniciativa por parte del ganador, en el espacio y horarios programados, la situación de fuerza mayor deberá ser comprobada y se requerirá al ganador presentar los respectivos soportes vía correo electrónico a la dirección de correo gerenciaescenarios@idartes.gov.co en un término no superior a los siguientes tres (3) días de presentarse la eventualidad.
Nota: Se entiende por fuerza mayor un hecho irresistible e imprevisible, ajeno a la voluntad del participante, que impide la normal ejecución de la iniciativa ganadora.
1. Recibir el 100% del reconocimiento monetario concertado con la Subdirección de Equipamientos Culturales, bajo las condiciones tributarias que apliquen a cada iniciativa seleccionada, en un (1) desembolso, establecido así:
● Un primer y único desembolso, por el 100% del valor del estímulo, una vez finalice su(s) presentación(es) y entregue la documentación requerida para el trámite de pago.
2. Contar con la promoción en canales institucionales o aquellos que determine la entidad, para efectos de divulgación de las actividades de la Subdirección de Equipamientos Culturales.
1. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la
invitación, el IDARTES aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo monetario, de conformidad con los mecanismos legales
pertinentes.
2. Entregar los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.
3. Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente
para tal efecto.
4. Garantizar las condiciones técnicas y logísticas que se definan con los proyectos seleccionados y dispuestas en los rider técnico de cada equipamiento.
5. Asegurar el acompañamiento misional en la ejecución de las iniciativas en todas sus etapas.