Invitación Cultural: Ensayos sobre la felicidad en TransMi - SCRD

JM
Artes plásticas y visuales, Cultura Ciudadana
04-07-2025
Fecha de apertura
04-08-2025 5:00 PM
Fecha de cierre
12-08-2025
Fecha de publicación de listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar
14-08-2025 5:00 PM
Fecha máxima subsanación
15-08-2025
Fecha de publicación de listado de habilitados y no habilitados
10-09-2025
Fecha publicación de seleccionados
30-11-2025
Fecha máxima de ejecución
Progreso
5% Estás a tiempo de presentarte.

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

 

La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, a través de la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento, ha establecido un convenio Interadministrativo con TRANSMILENIO S.A., aunando esfuerzos para el desarrollo de una estrategia de transformación cultural, que parte del conocimiento contextual de las problemáticas asociadas a Cultura Ciudadana en el sistema de transporte masivo TRANSMILENIO, como la evasión del pago del pasaje y el incumplimiento de otras normas; sin embargo, hace énfasis en el fortalecimiento y refuerzo de las acciones positivas que tienen lugar en el mismo. 

Es a partir de este énfasis que surge  “En TransMi Pasan Cosas Buenas”, que destaca aquellos factores y datos que buscan visibilizar todo lo positivo que ocurre a diario en el sistema, y que en muchas ocasiones pasa desapercibido ante nuestros ojos.

Según datos de la encuesta realizada en 2024 por la Dirección de Observatorio y Gestión del Conocimiento Cultural de la SCRD e IDIPRON, el 85 % de las personas considera que TransMilenio es parte fundamental de la cultura bogotana; además, el 72 % cree que colarse no se justifica y el 88 % rechaza los daños a la infraestructura de buses y estaciones. Estos resultados demuestran que quienes actúan con responsabilidad y aportan a la construcción de una ciudad corresponsable y con un fuerte sentido de apropiación por sus hitos, son mayoría.

Adicionalmente, es importante destacar que en 2025 la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte celebra la primera Bienal Internacional de Arte y Ciudad de Bogotá —BOG25—, que bajo el título Ensayos sobre la felicidad, invita a reflexionar sobre el vínculo entre la ciudad y la búsqueda del bienestar. A través de la BOG25 se busca visibilizar la fortaleza artística de la ciudad y posicionar a Bogotá como un referente del arte a nivel internacional.

Es así como en el marco de estas apuestas de ciudad surge la Invitación Cultural: Ensayos sobre la felicidad en TransMi. A través de intervenciones artísticas en una variedad de muros y tótems de estaciones de Transmilenio, se busca transformar estos hitos urbanos en dispositivos poéticos que, en medio del movimiento cotidiano, inviten a detenerse y reflexionar. Enfocados en el lenguaje visual del graffiti y el arte urbano, se propone que cada intervención actúe como una estación emocional: un punto de contacto entre la ciudad real y la ciudad deseada, donde los usuarios puedan encontrar mensajes de cuidado, memoria, reflexión o esperanza.


En diálogo con los ejes de la Bienal BOG25 —como el goce colectivo, el ritual, la segregación, la naturaleza urbana y la promesa de una vida mejor—, y enmarcados en la narrativa de “En TransMi Pasan Cosas Buenas”, los tótems y muros intervenidos se convertirán en señales de otro viaje posible: uno en el que la felicidad no sea un mandato, sino una búsqueda compartida que también habita en el espacio público. Muchas veces, sin darnos cuenta, esa felicidad está junto a nosotros. Solo hace falta una pausa en medio del tránsito diario para poder acercarnos a ella.

Por estas razones, desde la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento se invita a artistas de Bogotá a intervenir una diversidad de superficies vinculadas al sistema TransMilenio, con el objetivo de visibilizar su talento, fomentar el uso responsable del transporte público y fortalecer la apropiación ciudadana del espacio público mediante estrategias que promuevan el tejido social desde el enfoque de cultura ciudadana.

Las personas naturales o agrupaciones interesadas deberán presentar iniciativas alineadas con las apuestas de la BOG25 y En TransMi Pasan Cosas Buenas, destacando —desde la formulación de la iniciativa artística y especialmente en sus diseños— la intención de la obra, así como el planteamiento técnico relacionado con los materiales e insumos necesarios para intervenir la superficie correspondiente, de acuerdo con sus condiciones específicas. 

Es importante aclarar que la presente Invitación se formula bajo cuatro categorías de participación permitiendo la inscripción a una sola de ellas:

Categoría 1. Para persona natural: Tótems de TransMilenio: Intervención de tótems ubicados en estaciones de TransMilenio. Se entregarán 27 incentivos de $20.000.000 cada uno. Cada incentivo será destinado a la intervención de 4 tótems por lado y lado, por lo que para participar deberá presentar 4 diseños, uno por tótem, que contemple ambas caras de la estructura. La ubicación de los tótems a intervenir para los participantes será definida posterior a la selección de los ganadores.

Categoría 2. Para persona natural: Murales de pequeño formato - menores a 100 m2 (3 incentivos de $15.000.000 cada uno). Las ubicaciones seleccionadas para los incentivos de esta categoría son: dos puntos en Portal Usme y un punto en Portal 80.

Categoría 3. Para agrupaciones: Murales de mediano formato - entre 100 y 200 m2 (5 incentivos de $30.000.000 cada uno). Las ubicaciones seleccionadas para los incentivos de esta categoría son: un punto en Portal Suba, dos en Portal Usme, uno en Portal de Las Américas y uno en Portal Sur.

Categoría 4. Para agrupaciones: Murales de mediano formato con técnica mixta: enfocada en uso de materiales de origen reciclable como tapas de botellas - alrededor de 100 m2 (2 incentivos de $30.000.000 cada uno). Las ubicaciones seleccionadas para los incentivos de esta categoría son ambas en el Portal Suba.

Categoría 5. Para agrupaciones: Murales de gran formato - mayores a 250 m2. (4 incentivos de $50.000.000 cada uno). Las ubicaciones seleccionadas para los incentivos de esta categoría son: un punto en Portal Norte y tres puntos en Portal 20 de Julio.

Nota 1. Para la revisión y definición de las superficies a intervenir, es necesario remitirse al documento Anexo 1 - Galería de superficies a intervenir, en el cual encontrarán las superficies disponibles para formular su diseño e iniciativa.

Nota 2. Tenga en cuenta que las intervenciones dentro del sistema de TransMilenio se deben realizar fuera de sus horarios de operación, es decir, se tendrán que llevar a cabo entre las 11:00 pm y las 4:00 am entre semana, fines de semana entre 10:00 pm y 5:00am. 

Nota 3. Cualquier inquietud sobre la presente invitación cultural escriba un correo electrónico a convocatorias@scrd.gov.co

Nota 4. El peso máximo de toda la documentación requerida es de 40 MB.


Incentivos

Categoría 1. Tótems de TransMilenio

  • 27 Tótems: $540.000.000 (quinientos cuarenta millones de pesos colombianos). Se entregarán 27 (veintisiete) incentivos, cada uno de $20.000.000 (veinte millones de pesos colombianos).

Categoría 2. Murales de pequeño formato - menores a 100 m²

  • 3 Muros de pequeño formato: $45.000.000 (cuarenta y cinco millones de pesos colombianos). Se entregarán 3 (tres) incentivos, cada uno de $15.000.000 (quince millones de pesos colombianos).

Categoría 3. Murales de mediano formato - entre 100 y 200 m²

  • 5 Muros de mediano formato: $150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos colombianos). Se entregarán 5 (cinco) incentivos de $30.000.000 (treinta millones de pesos colombianos) cada uno.

Categoría 4. Murales de mediano formato con técnica mixta

  • 2 Muros de técnica mixta: $60.000.000 (sesenta millones de pesos colombianos). Se entregarán 2 (dos) incentivos de $30.000.000 (treinta millones de pesos colombianos) cada uno.

Categoría 5. Murales de gran formato - mayores a 250 m²

  • 4 Muros de gran formato: $200.000.000 (doscientos millones de pesos colombianos). Se entregarán 4 (cuatro) incentivos de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos colombianos) cada uno.

¿Quién puede participar?

 

Persona Natural

Categoría 1. Tótems de ingreso a las estaciones: Personas naturales mayores de 18 años que residan en Bogotá, que acrediten mínimo 5 años de trayectoria en actividades o proyectos relacionados con el arte urbano y el muralismo.

Categoría 2. Murales de pequeño formato: Personas naturales mayores de 18 años que residan en Bogotá, que acrediten mínimo 5 años de trayectoria en actividades o proyectos relacionados con el arte urbano y el muralismo.

Agrupación

Categoría 3. Murales de mediano formato: Agrupaciones artísticas conformadas por mínimo dos (2) integrantes mayores de 18 años que residan en Bogotá, que acrediten mínimo 5 años de trayectoria en actividades o proyectos relacionados con el arte urbano y el muralismo. En caso de que la agrupación no cuente con la trayectoria requerida, ésta podrá acreditar con la sumatoria de la trayectoria de sus integrantes. 


Categoría 4. Murales de mediano formato con materiales aprovechables (técnica mixta): Agrupaciones artísticas conformadas por mínimo dos (2) integrantes mayores de 18 años que residan en Bogotá, que acrediten mínimo 5 años de trayectoria en actividades o proyectos relacionados con el arte urbano y el muralismo. En caso de que la agrupación no cuente con la trayectoria requerida, ésta podrá acreditar con la sumatoria de la trayectoria de sus integrantes. 


Categoría 5. Murales de gran formato: Agrupaciones artísticas conformadas por mínimo tres (3) integrantes mayores de 18 años que residan en Bogotá, que acrediten mínimo 5 años de trayectoria en actividades o proyectos relacionados con el arte urbano y el muralismo. En caso de que la agrupación no cuente con la trayectoria requerida, ésta podrá acreditar con la sumatoria de la trayectoria de sus integrantes. 


Nota: Las agrupaciones, deberán nombrar a uno de sus integrantes como representante principal, quien será el encargado de comunicarse con la SCRD en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del incentivo en el caso de que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la iniciativa presentada. 

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Todas las categorias

Documento de identidad

En formato PDF: Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. En el caso de personas extranjeras, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acrediten una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria. En el caso de las agrupaciones, se debe subir un solo PDF con todos los documentos de identidad de las personas que hacen parte de la agrupación.

Certificado de residencia en Bogotá

Certificado de residencia expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria https://www.gobiernobogot a.gov.co/atencion-y-servici os-a-la-ciudadania/tramites -opas-otras-consultas/certificado-residencia En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o el interesado podrá presentar en documento debidamente firmado, la manifestación expresa bajo gravedad de juramento en la que se informe el lugar de su residencia, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2025. Para el caso de las agrupaciones, se debe adjuntar en un PDF el certificado o declaración por cada uno de los integrantes de la misma. Descargar plantilla aquí
Documentos técnicos

Todas las categorias

Soportes de trayectoria

Presente en un solo archivo en formato PDF los soportes que acrediten la trayectoria de acuerdo con el perfil solicitado, tales como: certificaciones expedidas por entidades y organizaciones de carácter público, privado, comunitario, contratos o actas de liquidación, publicaciones, catálogos, portafolios, participación en exposiciones o eventos, programas de mano, flyers, notas de prensa, distinciones, resoluciones de ganadores, redes sociales, entre otros. En cualquier caso, los soportes deben evidenciar de manera clara y visible el nombre de la agrupación o persona natural, de sus integrantes y las fechas de la realización de dichas actividades, procesos o proyectos en la disciplina artísticas de la postulación. Nota. No se considerarán válidas las auto certificaciones, es decir, emitidas por los mismos participantes.

Certificado de trabajo en altura

Certificado avanzado para trabajo en altura de cada uno de los integrantes de la agrupación o de la persona natural. Nota: Una vez seleccionados los ganadores, estos deberán actualizar los certificados que no se encuentren vigentes. Además, cada certificado deberá tener una vigencia mínima de un día posterior a la fecha de finalización de la ejecución de la presente Invitación. Recuerde que los certificados de alturas tienen una vigencia de 18 meses.

Iniciativa artística

Adjunte un solo archivo PDF que contenga: Diseño de la obra a realizar junto con su descripción narrativa y técnica, acorde al concepto de la presente Invitación Cultural y teniendo en cuenta las características de la zona a intervenir. Incluir descripción de materiales, técnicas a utilizar y medidas de seguridad a implementar en relación con las normativas de trabajo en alturas. Debe incluir dentro de su iniciativa artística el cronograma de ejecución del proyecto, teniendo en cuenta la fecha máxima de ejecución de la presente invitación. Además debe incluir el presupuesto donde relacione y describa gastos según el valor del incentivo. Descargar plantilla aquí

Carta de Delegación de representante de agrupación

La agrupación participante debe presentar el documento adjunto como carta de delegación de representante de agrupación en formato PDF Descargar plantilla aquí

Criterios de selección


Criterios Generales - Aplican a todas las categorías
Primera Ronda:
  • Pertinencia: Se evaluará que la iniciativa desde el diseño presentado y su descripción como parte de la iniciativa artística cumpla con el objetivo de la invitación cultural desde el enfoque de cultura ciudadana y su énfasis en los cambios de comportamiento y la transformación cultural en el Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá, de acuerdo con la narrativa posicionada en la presente Invitación Cultural como una conjunción entre las apuestas de BOG25 y En TransMi Pasan Cosas Buenas.
    Puntaje máximo: 45
  • Viabilidad y coherencia: Se evaluará que el contenido de la iniciativa sea congruente entre la iniciativa artística, el cronograma y la proyección presupuestal que incluye elementos de seguridad asociados a las normativas de trabajo en alturas entre otros.
    Puntaje máximo: 30
  • Portafolio: Calidad de las iniciativas artísticas desarrolladas en espacio público por parte del artista o de la agrupación. Se evaluará la calidad de las intervenciones reflejadas en las imágenes aportadas, en los soportes y en las reseñas suministradas en la presentación de la iniciativa.
    Puntaje máximo: 25

Proceso de selección

Verificación: La Dirección de Transformaciones Culturales en conjunto  de  la Dirección de Redes y Acción Colectiva de la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento jy  TransMilenio, verificará el cumplimiento de los requisitos documentales de la invitación, y que la información, documentos y soportes, permitan su acceso y lectura, y publicará el listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar en la página de Invitaciones Culturales. Los participantes tendrán dos (2) días hábiles para subsanar documentos administrativos o enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación, hasta a las 5:00 pm (hora legal colombiana), y una vez transcurrido este tiempo las iniciativas que cumplan serán habilitadas para el proceso de evaluación y selección.


Evaluación y selección: La Dirección de Transformaciones Culturales y la Dirección de Redes y Acción Colectiva de la Subsecretaría Distrital de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento junto con TransMilenio designan comité de selección de jurados idóneos, el cual será encargado de evaluar y seleccionar las iniciativas ganadoras partiendo de los criterios de evaluación establecidos. El puntaje mínimo de selección será de setenta (70) puntos, en caso de presentarse un empate se seleccionará la iniciativa que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de Viabilidad y Coherencia de persistir el empate se acudirá al criterio pertinencia de la iniciativa.


El proceso de selección quedará consignado en un acta. Finalmente, la SCRD acogerá la recomendación del comité evaluador mediante acto administrativo, contra el cual procederán los recursos de ley, siempre y cuando se ajusten a la normatividad correspondiente y a los lineamientos previstos en la presente invitación.

Solo podrá haber un ganador por superficie en el caso de los muros. Además, en caso de tener multiplicidad de iniciativas postuladas a un muro de una categoría y no tener postulaciones a otro de los muros de la misma categoría, el siguiente puntaje más alto tras el/los ganadores iniciales será asignado al/los muros sin postulaciones hasta lograr el número total de incentivos.

En caso de que no hayan iniciativas habilitadas para evaluación en alguna de las categorías o las iniciativas presentadas no alcancen el puntaje mínimo establecido, los jurados podrán recomendar la asignación del incentivo a una iniciativa de otra categoría atendiendo el orden de elegibilidad, el tipo de participante y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal de la convocatoria. 


Publicación de resultados: La resolución que acoge la recomendación de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta invitación (parte superior).

Causales para no ser habilitado

La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos aquí establecidos. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.


Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.


  • La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación abierta. 

  • El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación abierta.

  • El participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.

  • El participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados. 

  • El participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.

  • El participante aporta documentos técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa. 

  • El participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan. 

  • No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.

  • El jurado identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa.

  • El participante no aportó alguno de los documentos administrativos solicitados durante el periodo de subsanación.

  • Los jurados que estén evaluando este concurso. Las personas que formen parte del jurado de esta convocatoria, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos)

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Compromisos de los seleccionados

1. Una vez notificado vía correo electrónico por parte de la SCRD el acto administrativo que acoge la recomendación de los jurados, éste quedará en firme a los diez (10) días hábiles. En el mismo plazo los ganadores deberán manifestar de forma expresa por correo electrónico a correspondencia.externa@scrd.gov.co si aceptan o no el incentivo económico. Asimismo, el participante deberá hacer envío de la documentación requerida en el acto administrativo para la legalización del incentivo.

2. Presentar la documentación requerida para el otorgamiento del incentivo  en los plazos establecidos.

3. Presentar la póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la entidad otorgante del incentivo económico, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por mínimo el treinta por ciento (30%) del valor total del incentivo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución y cuatro (4) meses más. Las pólizas deberán estar firmadas por el tomador, y estar acompañadas por el soporte de pago y por las condiciones generales que la rigen.

4. Asumir los costos de legalización del incentivo económico, los cuales no podrán ser cargados a los recursos que fueron otorgados.

5. Asistir puntualmente a las reuniones, audiciones, actividades de divulgación, prensa, presentaciones públicas o privadas que sean acordadas con la Administración Distrital.

6. Aportar la documentación requerida para efectos de divulgación, compilación de memorias (textos explicativos de la iniciativa, imágenes, fichas técnicas, videos), seguimiento y evaluación, entre otros, en las fechas señaladas por la Administración Distrital.

7. Dar los créditos a la SCRD en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación que se desarrollen que se generen en torno al incentivo. 

8. Mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad a la SCRD, en caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual y de derechos de autor ante los titulares de estos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir, y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.

9. Deberán realizar el proceso de formación de la  la Escuela de Multiplicadores de Cultura Ciudadana de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, disponible en el siguiente enlace: https://formacion.scrd.gov.co, las personas naturales que se presentarán a la Iniciativa como también mínimo uno de los integrantes de la agrupación deberá realizar el curso. 

Beneficios

  • Gozar de las acciones de divulgación que la Administración Distrital realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuentan las entidades otorgantes para tal efecto.  


  • Reconocimiento y promoción por parte de la  Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y Transmilenio


Además de los contemplados en el o la ganadora tendrá el beneficio de:


  • Un primer desembolso equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor total del incentivo, una vez notificada la Resolución que otorga el incentivo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo. Para este desembolso se solicitará que al menos un integrante de la agrupación o la persona natural ganadora realice el curso virtual Escuela de Multiplicadores de Cultura Ciudadana en la plataforma FORMA de la SCRD (https://formacion.scrd.gov.co) y entregue el certificado de cumplimiento de la totalidad del curso. También, en caso de no tener el certificado de alturas actualizado, deberá entregarlo con vigencia a la fecha para el presente desembolso. Por último, en caso de precisar ajustes del diseño entregado en la iniciativa, que no impliquen un cambio sustancial de la misma, se deberá entregar el diseño actualizado que será plasmado en la superficie a intervenir.



  • Un segundo y último desembolso equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del incentivo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte de la ganadora o ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, memoria social y con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.


Nota: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC). Al incentivo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el/a ganador, dependiendo de su calidad tributaria.


Compromisos de la entidad

1. Realizar los trámites correspondientes a la legalización del incentivo económico en dos desembolsos, una vez notificada la resolución que otorga como ganador, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo.

2. Publicar los resultados de la invitación cultural mediante el acto administrativo en los tiempos establecidos en la plataforma destinada. 

3. Confidencialidad de los datos personales de los participantes, utilizándolos únicamente para los fines establecidos en las bases de la invitación.

4. En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, la SCRD aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo económico, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.