Invitación cultural Bogotá se Transforma: Ideas que cambian - SCRD

JM
Cultura Ciudadana
24-06-2026
Fecha de apertura
27-07-2026 5:00 PM
Fecha de cierre
05-08-2026
Fecha de publicación de listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar
11-08-2026 5:00 PM
Fecha máxima subsanación
02-10-2026
Fecha publicación de seleccionados
20-11-2026
Fecha máxima de ejecución
Progreso
7% Estás a tiempo de presentarte.

Resultados, resoluciones, actas, listados y avisos modificatorios.

Descripción

La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), a través de la Subsecretaría de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento, invita a personas naturales, agrupaciones y personas jurídicas creadoras de contenido digital a sumarse a la campaña La Basura a Tiempo, una estrategia de cultura ciudadana que promueve la disposición adecuada de residuos mediante el cumplimiento de los horarios establecidos para su recolección, contribuyendo al cuidado del espacio público, la convivencia y la sostenibilidad ambiental.

La invitación busca seleccionar propuestas creativas para el desarrollo y publicación de doce (12) piezas de contenido digital orientadas a promover que la ciudadanía disponga sus residuos únicamente dentro de la franja horaria establecida, evitando su permanencia en el espacio público fuera de los tiempos definidos.

La iniciativa se enmarca en la coordenada "Somos la vida y los ecosistemas" del Plan de Cultura de Bogotá 2038, la cual promueve transformaciones culturales orientadas al cuidado de la vida, la sostenibilidad ambiental y la construcción de una relación más responsable entre la ciudadanía y su entorno. Las personas participantes deberán presentar una propuesta conceptual y narrativa que describa el enfoque y desarrollo de los contenidos. No se requiere la entrega de piezas terminadas al momento de la postulación.


Nota 1: Cualquier inquietud comuníquese a través del correo convocatorias@scrd.gov.co. 

Nota 2: El peso máximo de toda la documentación requerida es de 40 MB. 

Incentivos


  • 15 Incentivos por un valor individual de diez millones de pesos M/CTE ($10.000.000) para un total de ciento cincuenta millones de pesos ($150.000.000)

¿Quién puede participar?

  • Persona Natural: Personas mayores de 18 años, residentes en Bogotá D.C., creadores(as) de contenido, ilustradores(as), guionistas, videógrafos(as) y demás perfiles con presencia en plataformas digitales como Instagram, Facebook, TikTok, YouTube y X. Las personas participantes deberán acreditar un mínimo de quince mil (15.000) seguidores en la sumatoria de sus diferentes redes sociales.  Asimismo, deberán demostrar que al menos el cincuenta por ciento (50 %) de su audiencia se encuentra ubicada en Bogotá D.C. Las métricas presentadas deberán provenir directamente de las herramientas analíticas de las plataformas digitales utilizadas y evidenciar tanto el número de seguidores reportados como la distribución geográfica de la audiencia. Los perfiles de las redes sociales que registre la persona natural deben coincidir con los documentos de la inscripción. Adicionalmente deberá demostrar interés en temas sociales y de ciudad mediante al menos una publicación previa realizada en alguna de las cuentas presentadas.

  • Agrupación: Agrupaciones conformadas por mínimo dos (2) personas mayores de 18 años que se dediquen a la creación de contenidos, la producción audiovisual, estrategias de comunicación o actividades afines. Las agrupaciones deberán estar activas al momento de la inscripción y acreditar un mínimo de quince mil (15.000) seguidores en la sumatoria de las redes sociales de sus integrantes o de las cuentas asociadas a la agrupación en plataformas como Instagram, Facebook, YouTube, TikTok y X. Asimismo, deberán demostrar que al menos el cincuenta por ciento (50 %) de su audiencia se encuentra ubicada en Bogotá D.C. Las métricas presentadas deberán provenir directamente de las herramientas analíticas de las plataformas digitales utilizadas y evidenciar tanto el número de seguidores reportados como la distribución geográfica de la audiencia. Adicionalmente, la agrupación deberá demostrar interés en temas sociales y de ciudad mediante al menos una publicación previa realizada en alguna de las cuentas presentadas.

  • Personas jurídicas: Personas jurídicas con o sin ánimo de lucro, domiciliadas en Bogotá D.C., que se dediquen a la creación de contenidos, la producción audiovisual, estrategias de comunicación o actividades afines. La persona jurídica  debe acreditar un mínimo de quince mil (15.000) seguidores en la sumatoria de sus redes sociales en plataformas como Instagram, Facebook, YouTube, TikTok y X. Asimismo, deberán demostrar que al menos el cincuenta por ciento (50 %) de su audiencia se encuentra ubicada en Bogotá D.C. Las métricas presentadas deberán provenir directamente de las herramientas analíticas de las plataformas digitales utilizadas y evidenciar tanto el número de seguidores reportados como la distribución geográfica de la audiencia. Adicionalmente, la persona jurídica deberá demostrar interés en temas sociales y de ciudad mediante al menos una publicación previa realizada en alguna de las cuentas presentadas.

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

Documento de identidad de la persona natural o del representante de la persona jurídica

Cédula de Ciudadanía: se deberá cargar por ambas caras. Cédula de extranjería. Pasaporte vigente. Ciudadanos Venezolanos: PPT (Permiso para Protección Temporal) Nota: El Permiso Especial de Permanencia (PEP) no podrá ser presentado como documento de identidad para el proceso de inscripciones de la presente invitación debido a que perdió vigencia como documento de identidad en marzo de 2023. En el caso de las agrupaciones, se debe subir un solo PDF con todos los documentos de identidad de las personas que hacen parte de la agrupación.

Certificado de existencia y representación legal

En formato PDF certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C., o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica, con la renovación de la matrícula mercantil vigente. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la invitación y debe evidenciar que cuenta con un establecimiento de acuerdo con el perfil.

Documento de residencia de la persona natural y cada uno de los miembros de la agrupación, incluido el representante.

El participante debe adjuntar el certificado de residencia expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria. Para obtener información sobre este trámite consulte el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/ atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas- otras-consultas/certificado-residencia En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de los medios dispuestos para ello, la interesada o interesado podrá presentar el documento adjunto como Declaración Juramentada de Residencia en formato PDF. Descargar plantilla aquí

Carta de Delegación de Representante de Agrupación

La agrupación participante debe presentar el documento adjunto como carta de delegación de representante de agrupación en formato PDF. Descargar plantilla aquí

Carta de compromiso

El participante debe presentar el documento adjunto como carta de compromiso en formato PDF. Descargar plantilla aquí

Registro Único Nacional de Agentes Culturales.

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de Cultura de la persona natural o cada uno de los integrantes de la agrupación participante. De acuerdo en lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiran a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web :https://soycultura.mincultura.gov.co/
Documentos técnicos

Métricas de las redes sociales a utilizar.

Adjuntar en formato PDF las estadísticas de las redes sociales con las que se participa en la invitación, correspondientes al periodo comprendido entre el 1 de junio y el 30 de junio de 2026.

Formato de presentación proyecto audiovisual

Presentar documento PDF el formato de presentación proyecto audiovisual diligenciado en su totalidad. Descargar plantilla aquí

Anexos

Guía Operativa Invitaciones Culturales Guía operativa Invitaciones culturales

Criterios de selección


Primera Ronda:
  • Pertinencia y enfoque de la iniciativa: Se evaluará la solidez conceptual y metodológica de la propuesta, así como la claridad y coherencia de la estrategia planteada para promover que la ciudadanía disponga sus residuos únicamente dentro de la franja horaria establecida para su recolección
    Puntaje máximo: 30
  • Impacto digital: Se evaluará el desempeño digital del participante a partir de las métricas reportadas entre el 1 y el 30 de junio de 2026, considerando: Tamaño de la comunidad digital acreditada (15 puntos) : Se tendrá en cuenta la sumatoria de seguidores acreditados por el participante en sus plataformas digitales. Porcentaje de audiencia ubicada en Bogotá (15 puntos): Se tendrá en cuenta el porcentaje de audiencia ubicada en Bogotá reportado por las herramientas analíticas de las plataformas digitales. Las métricas deberán provenir directamente de las herramientas analíticas de las plataformas digitales utilizadas.
    Puntaje máximo: 30
  • Calidad narrativa, estética y audiovisual Se evaluará la originalidad de la propuesta, la calidad de la narrativa, la coherencia estética y la pertinencia de los recursos audiovisuales para comunicar los mensajes de cultura ciudadana asociados a la campaña La Basura a Tiempo y al cumplimiento de los horarios establecidos para la disposición de residuos.
    Puntaje máximo: 30
  • Coherencia entre el público objetivo y la Iniciativa: Se evaluará la coherencia entre la propuesta presentada, las características de la audiencia del participante y el tipo de contenidos que habitualmente publica, con el fin de maximizar el potencial de apropiación e impacto de los mensajes.
    Puntaje máximo: 10

Proceso de selección

  • Verificación: 

La Dirección de Redes y Acción Colectiva verificará el cumplimiento de los requisitos de la invitación, y que la información, documentos y soportes, permitan su acceso y lectura, posteriormente publicará el listado de habilitados, no habilitados y documentos por subsanar en la página de Invitaciones Culturales. Los participantes tendrán tres (3)  días hábiles para subsanar documentos administrativos o enviar sus comentarios frente a los resultados de verificación, hasta a las 5:00 pm (hora legal colombiana), y una vez transcurrido este tiempo las iniciativas que cumplan serán habilitadas para el proceso de evaluación y selección.


  • Evaluación y selección: 

Para seleccionar las iniciativas, se elegirá un comité técnico obtenido del Banco de Personas Expertas de la SCRD, que posteriormente realizará una sesión de deliberación para la recomendación de iniciativas seleccionadas, la cual quedará consignada en un acta. En caso de presentarse un empate se seleccionará la iniciativa que haya obtenido mayor puntaje en el criterio Impacto Digital.


  • Publicación de resultados: 

La Resolución que acoge la recomendación de iniciativas seleccionadas se publicará en el micrositio de esta Invitación. 


Nota. El puntaje mínimo de selección será de 75 puntos.

Causales para no ser habilitado

La SCRD aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, en cualquier etapa del desarrollo de la presente invitación, no continuarán el proceso las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones y términos establecidos aquí o en la Guía Operativa de Invitaciones Culturales. A continuación, se exponen las causales para no ser habilitado en el proceso de la invitación cultural, cerciórese de no incurrir en alguna causal.


Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas, de acuerdo al tipo de participantes al que está dirigida la invitación.


  • La iniciativa no cumple con las condiciones específicas de la invitación abierta.

  • Cuando la invitación establezca que sólo se puede presentar una iniciativa, si el participante presenta dos o más iniciativas en la misma invitación abierta, se tendrá en cuenta la última que haya sido inscrita. 

  • El perfil o tipo de participante no corresponde con lo establecido en la invitación abierta.

  • La o el participante se inscribió a la categoría equivocada. 

  • La o el participante presenta una iniciativa en la cual se registra un menor de edad en la plataforma.

  • La o el participante no adjuntó uno o más documentos administrativos solicitados (cuando la invitación no establezca periodo de subsanación).

  • La o el participante no adjuntó uno o más documentos técnicos solicitados. 

  • La o el participante no cumplió con los requisitos de la documentación técnica expuesta en las condiciones específicas de la invitación a la que se presentó.

  • La o el participante aporta documentos administrativos o técnicos que no permiten su lectura, reproducción, revisión o acceso completo al contenido, al momento de realizar la revisión documental o la evaluación de la iniciativa. 

  • La o el participante suministró información que no es veraz o no corresponde a la realidad, induciendo a la entidad en error con el fin de cumplir con un requisito de participación. Lo anterior, sin perjuicio que la entidad a cargo de la invitación adelante las acciones legales a que haya lugar. En todo caso, cada entidad se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que correspondan. 

  • No se hicieron aclaraciones solicitadas. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud.

  • El comité determinado por la invitación identifica durante el proceso de evaluación, posible plagio o copia parcial o total de la iniciativa

  • Cuando la invitación establezca periodo de subsanación: La o el participante no aporte alguno de los documentos administrativos o técnicos solicitados durante el periodo de subsanación.

  • Se entiende que, para la inscripción del participante bajo el perfil de persona natural, la información proporcionada debe coincidir con la documentación adjunta

  • Al participante se le declaró por acto administrativo, debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus compromisos y deberes como ganador(a) en alguno de los programas, mecanismos o proyectos de Fomento de la SCRD o sus entidades adscritas, durante los dos (2) años anteriores al cierre de la invitación cultural.



¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

 

  • Servidores públicos o empleados(as) oficiales 

Los servidores públicos o empleados(as) oficiales que al momento de participar en la invitación estén vinculados a la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de servidores públicos o empleados(as) oficiales.

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades la restricción de participación aplica a servidores públicos o empleados(as) oficiales del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de convocatoria, es decir desde la inscripción hasta la ejecución.


 

  • Personas naturales contratistas

Las personas naturales que tengan un contrato vigente con la entidad que oferta la convocatoria, sea la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB o FUGA. Lo anterior, con excepción de aquellas invitaciones con incentivos en especie que permitan la participación de contratistas. 

En el caso de convocatorias ofertadas en convenio con otras entidades, la restricción de participación aplica a contratistas del área responsable de la entidad con la cual se haya suscrito un convenio. Esta restricción aplica exclusivamente a las invitaciones que hacen parte del convenio, y en cualquier fase de la convocatoria, es decir, desde la inscripción hasta la ejecución.

 

  • Personas naturales con injerencia en el proceso

 

Personas naturales con injerencia en el proceso, es decir, las personas naturales que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la invitación, o quienes hayan participado en la Mesa Sectorial de Fomento y su respectiva mesa técnica o en los equipos de Fomento de cada entidad para tal efecto.

 

  • Personas naturales con vínculo de parentesco

 

El participante tiene un vínculo de parentesco con los servidores públicos, empleados oficiales o contratistas de la SCRD o sus entidades sea  IDARTES, IDPC, OFB o a la FUGA, hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, madres, abuelos, nietos, hermanos) y primer grado de parentesco civil (padres adoptantes, madres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero o compañera permanente.

 

  • Personas naturales que son jurados o mentores en la misma invitación 

 

Las personas naturales que formen parte del comité de selección o que sean designados como mentores en la misma invitación, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

 

  • Personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones con declaración de incumplimiento

 

Las personas naturales, personas jurídicas o agrupaciones a quienes la SCRD, IDARTES, IDPC, OFB y FUGA, o la entidad con la que se haya suscrito un convenio, para ofertar convocatorias, se le haya declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes en alguno de los planes, programas o proyectos de Fomento, durante los años 2022 o 2023.

 

  • Otras restricciones 

 

A quienes aplique alguna de las restricciones de participación definidas en las presentes condiciones, restricción de participación, incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en la legislación vigente.

 

Condiciones Técnicas

Condiciones Técnicas Recomendadas para el sistema de Invitaciones Culturales

Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:

1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.

2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome (versión 100 o superior)
  • Mozilla Firefox (versión 100 o superior)
  • Microsoft Edge (versión 100 o superior)

3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.

4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:

  • Windows 10 o superior
  • macOS 11 (Big Sur) o superior
  • Distribuciones Linux modernas (como Ubuntu 20.04 o superior)

5. Consideraciones adicionales:

  • Asegúrese de tener habilitadas las ventanas emergentes (pop-ups) en su navegador, ya que algunas funciones pueden requerirlas.
  • Mantenga su navegador y sistema operativo actualizados para evitar errores de compatibilidad o vulnerabilidades de seguridad.
  • No utilice múltiples pestañas abiertas del mismo sitio simultáneamente para evitar errores en la carga de información.
  • Se recomienda evitar el uso del portal desde dispositivos móviles o tabletas, ya que algunas funcionalidades están optimizadas para uso en computador de escritorio o portátil.

Compromisos de los seleccionados

  1. Durante la ejecución, la persona o agrupación seleccionada deberá realizar y publicar en las redes sociales propuestas en su postulación doce (12) contenidos digitales orientados a promover que la ciudadanía saque sus residuos únicamente dentro de la franja horaria establecida para su recolección:

 

  • Siete (7) piezas audiovisuales tipo Reel, Short, TikTok o formatos equivalentes, con una duración sugerida entre 30 y 90 segundos. 
  • Dos (2) piezas gráficas tipo carrusel para publicaciones en feed, compuestas por entre cuatro (4) y diez (10) diapositivas o páginas, con enfoque educativo, pedagógico o divulgativo.
  • Tres (3) piezas de contenido efímero (historias o formatos equivalentes) que incluyan recursos interactivos como encuestas, preguntas, retos, trivias, llamados a la acción o mecanismos similares de participación.

 

La totalidad de los contenidos deberá abordar la campaña La Basura a Tiempo y promover el comportamiento de sacar los residuos únicamente dentro de la franja horaria establecida para su recolección, contribuyendo al cuidado del espacio público, la convivencia y la sostenibilidad ambiental. Cada creador podrá adaptar los formatos según sus fortalezas, priorizando las plataformas y narrativas que mayor éxito les han generado con su comunidad digital, siempre garantizando el cumplimiento de los objetivos pedagógicos y de divulgación de la SCRD. 

 

  1. Se debe entregar al finalizar la ejecución un informe final, adjuntando los reportes de métricas de los rendimientos de los contenidos desarrollados durante el tiempo de convocatoria.
  2. Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación de los jurados, éste quedará en firme a los diez (10) días hábiles. Al recibir el correo electrónico, los ganadores deberán manifestar en un plazo de diez (10) días de forma expresa si aceptan o no el incentivo.
  3. Presentar la documentación requerida para el otorgamiento del incentivo en los plazos establecidos.
  4. Asumir los costos de legalización del premio, los cuales no podrán ser cargados a los recursos que fueron otorgados en calidad de premio, y sobre el cual se cargan los descuentos de impuestos legales.
  5. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga las ternas de jurados y las que formule la SCRD, para lo cual la ganadora o ganador deberá entregar el plan de mejora correspondiente.
  6. Deberá realizar el proceso de formación de la Escuela de Multiplicadores de Cultura Ciudadana de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, disponible en el siguiente enlace: https://formacion.scrd.gov.co, previo a recibir el incentivo, y adjuntar el certificado de los (3) tres cursos.
  7. Contar con el permiso y la autorización de uso de imagen por parte de los participantes.
  8. Entregar el cronograma de la ejecución de la iniciativa a más tardar una (1) semana después de haber sido aprobada su póliza como ganadora o ganador de la beca con fechas (día, mes y año) exactas para divulgación y participación de la ciudadanía en las mismas.
  9. Asistir a todas las reuniones convocadas por la SCRD.
  10. Suministrar el plan de mejora, cronograma ajustado, actas firmadas, y demás documentación requerida por la entidad a cargo de la convocatoria, en los tiempos establecidos para ello.
  11. Participar del proceso de formación del enfoque de cultura ciudadana.
  12. Asistir puntualmente a las reuniones, audiciones, actividades de divulgación, prensa, presentaciones públicas o privadas que sean acordadas con la Administración Distrital.
  13. Aportar la documentación requerida para efectos de divulgación, compilación de memorias (textos explicativos de la iniciativa, imágenes, fichas técnicas, videos), seguimiento y evaluación, entre otros, en las fechas señaladas por la Administración Distrital.
  14. Todas las actividades desarrolladas en el marco de la iniciativa deben acatar las disposiciones legales vigentes y el Código de Convivencia (Ley 1801 de 2016).
  15. Participar activamente en la programación de las actividades y eventos que realice la administración con el fin de visibilizar y fortalecer las iniciativas culturales apoyadas por las diferentes entidades distritales dentro del Programa Distrital de Estímulos.
  16. Los contenidos deberán permanecer publicados y accesibles en las plataformas digitales por un período mínimo de seis (6) meses contados a partir de su publicación.
  17. Presentar un informe final con soportes de la implementación como: los enlaces de publicación, capturas de pantalla, métricas de desempeño y demás soportes que evidencien la ejecución de los contenidos.
  18. En todos los contenidos publicados se deberá mencionar la cuenta digital de la secretaría @bogotacivica, @culturaenbta. Asimismo, deberá incorporar una invitación a colaborar con dichas cuentas,  la cual será revisada y evaluada por el equipo de Narrativas de la SCRD. 
  19. Expedir la póliza de cumplimiento de disposiciones legales constituida a favor de la SCRD en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo por el treinta por ciento (30%) del valor total del incentivo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. La póliza deberá estar acompañada del soporte de pago y de las condiciones generales que la rigen.

Beneficios

Los ganadores tendrán el beneficio de:

  • Un primer desembolso equivalente al sesenta por ciento (60%) del valor total del incentivo, una vez notificada la Resolución que otorga el incentivo, y previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos en dicho acto administrativo así como en las Condiciones Generales de Participación 2026 y haber realizado los cursos gratuitos de cultura ciudadana distrital disponibles en la https://culturaciudadana.gov.co/micrositio/curso-cultura-ciudadana/)..

  • Un segundo y último desembolso equivalente al cuarenta por ciento (40%) del valor total del incentivo, previo cumplimiento de todos los deberes por parte de la ganadora o ganador y la presentación de un informe final de actividades con sus respectivos soportes, con la correspondiente certificación de cumplimiento por parte de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.


Nota: Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC). Al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente y deberá ser asumido por el/a ganador, dependiendo de su calidad tributaria.



Las iniciativas ganadoras: 


  • Gozar de las acciones de divulgación que la secretaría de Cultura, Recreación y Deporte realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuentan las entidades otorgantes para tal efecto




Compromisos de la entidad

  • En caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa de desarrollo de la invitación algún incumplimiento de alguno de los compromisos citados previamente y de los términos de la invitación, la SCRD aplicará las medidas correspondientes, entre las cuales se puede contemplar el retiro del incentivo económico, de conformidad con los mecanismos legales pertinentes.

  • Gestionar la legalización y los desembolsos de los incentivos económicos a las iniciativas seleccionadas, de acuerdo con las condiciones estipuladas por la SCRD. 

  • Publicar los resultados de la invitación cultural mediante acto administrativo en los tiempos establecidos en la plataforma destinada. 

  • Apoyar la difusión y divulgación de las iniciativas ganadoras dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.