Incentivos para Iniciativas priorizadas de Componente A | Más Cultura Local 2026 - SCRD

JM
El programa Más Cultura Local, hace parte del proceso misional de fomento cultural que tiene como objetivo generar condiciones para la garantía de los derechos culturales de la ciudadanía, y se articula con el Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”, con el propósito de impulsar la transformación social, económica y comunitaria de los territorios a través de acciones, iniciativas y proyectos culturales ejecutados por medio de incentivos, reconocimientos y estímulos, como parte de un ejercicio de gobernanza cultural que propicia las condiciones para que el arte, la cultura, el patrimonio y la creatividad -en sus diversas manifestaciones- puedan desarrollarse, fortalecerse y transformar positivamente los territorios.
Mas cultura local
28-09-2026
Fecha de apertura
06-10-2026 5:00 PM
Fecha máxima subsanación
09-10-2026
Publicacion de iniciativas recomendadas
Progreso
65%

Descripción

Componente A: Incentivos para iniciativas priorizadas.

Este componente se enfoca en el desarrollo de iniciativas que han sido identificadas, priorizadas, concertadas y acordadas en la localidad. Este proceso de priorización de iniciativas del componente A, es liderado previamente por el sector Gobierno a través de los Fondos de Desarrollo Local (FDL) en  ejercicios de participación ciudadana.

Las iniciativas identificadas y priorizadas por los FDL se inscribirán en este componente, en tres líneas de participación: a) presupuestos participativos; b) concertaciones con comunidades étnicas y grupos de interés de los territorios y, c) acuerdos locales, según la información registrada por el FDL en la matriz de identificación de cada localidad y deberá ser diligenciada en su totalidad por los equipos del FDL. 

A continuación presentan las etapas de ejecución y desarrollo se del Componente A:

¿Quién puede participar?

Para que una iniciativa haga parte del componente A, deberá ser priorizada previamente por el FDL, quien a su vez identificará ante la SCRD al delegado(a) de la iniciativa, el tipo de participante y el valor de incentivo, en correspondencia con las posibilidades de participación aquí descritas. 

Los FDL podrán identificar a los delegados(as) de las iniciativas priorizadas, concertadas o acordadas en la localidad, en concordancia con los tres (3) tipos de participantes a los cuales se dirige este proceso: personas naturales, personas jurídicas y agrupaciones. 

  • Persona natural: 
    Ciudadano colombiano o extranjero, mayor de dieciocho (18) años, que de manera individual presenta una iniciativa. Cuando se trate de una persona natural que desempeña en forma permanente o habitual alguna de las actividades que la ley considera mercantiles o comerciales, podrá participar acreditando esta condición mediante la Matrícula Mercantil o Registro Único Tributario (RUT) expedido por la entidad competente, en donde se especifique la actividad desarrollada. Para ambas condiciones se debe acreditar residencia o el desarrollo de sus actividades artísticas o culturales en la localidad determinada en la ciudad de Bogotá.

  • Persona jurídica: 
    Sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, donde se evidencia que su domicilio principal sea la ciudad de Bogotá. El representante legal deberá ser el participante y responsable del incentivo y la ejecución del proyecto. 

  •  Agrupación: 
    Conjunto de dos (2) o más personas naturales mayores de dieciocho (18) años que presentan una iniciativa en la cual participan activamente en su creación o ejecución. Cada agrupación deberá nombrar un representante quien será el encargado de aportar los documentos para el desembolso de los incentivos y de realizar todos los trámites requeridos durante el desarrollo de la iniciativa. Todos los integrantes de la agrupación deberán acreditar residencia o el desarrollo de sus actividades artísticas o culturales en la ciudad de Bogotá, D.C. A su vez, la agrupación nombrará por medio de la carta de delegación a un representante suplente para que, en casos de fuerza mayor comprobados, asuma las responsabilidades del principal. Se entiende por fuerza mayor un hecho imprevisible, ajeno a la voluntad del delegado(a) de la iniciativa, que impide la normal ejecución de la iniciativa priorizada y la disponibilidad absoluta para asumir los compromisos propios de la aceptación del incentivo, siendo así corresponsables de su ejecución y cumplimiento. Aquellos miembros que no se encuentren registrados en los documentos de inscripción, no serán considerados integrantes de la agrupación. 

Formulario para la inscripción

Este formulario lo debe diligenciar directamente en la plataforma, cuando haga su inscripción.

Todas las categorias

  • Nombre del participante (Persona Natural, Persona Jurídica o Agrupación)
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Nombre completo del representante de la agrupación
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Nombre completo del representante legal de la Persona Jurídica
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • ¿En qué años ha participado en el Componente A del Programa Más Cultura Local?
    • Tipo de pregunta: Selección múltiple varias respuestas
  • Tipo de documento de la persona natural, representante de agrupación o representante legal de la persona jurídica.
    • Tipo de pregunta: Selección de única respuesta
  • Número de documento
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Edad de la persona natural, representante de agrupación o representante legal de la persona jurídica. Seleccione el grupo etario en el que se encuentra.
    • Tipo de pregunta: Selección de única respuesta
  • Sexo al nacer
    • Tipo de pregunta: Selección de única respuesta
  • Género
    • Tipo de pregunta: Selección de única respuesta
  • Orientación sexual
    • Tipo de pregunta: Selección de única respuesta
  • Grupo étnico
    • Tipo de pregunta: Selección múltiple varias respuestas
  • ¿Es campesino?
    • Tipo de pregunta: Pregunta de sí o no
  • País de nacimiento
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • Área de residencia
    • Tipo de pregunta: Selección de única respuesta
  • Estrato socioeconómico
    • Tipo de pregunta: Selección de única respuesta
  • Escriba el número y nombre de la UPZ donde reside el delegado, representante legal o representante de agrupación
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • ¿Ha sido víctima de desplazamiento forzado en el marco del conflicto armado?
    • Tipo de pregunta: Pregunta de sí o no
  • ¿Se encuentra incluida/o en el Registro Único de Víctimas (RUV)?
    • Tipo de pregunta: Selección de única respuesta
  • ¿Presenta alguna discapacidad?
    • Tipo de pregunta: Pregunta de sí o no
  • Tipo de discapacidad
    • Tipo de pregunta: Selección de única respuesta
  • ¿A cuál subcampo de las artes pertenece su proyecto?
    • Tipo de pregunta: Selección de única respuesta
  • Indique el número de artistas beneficiarios directos en su proyecto.
    • Tipo de pregunta: Campo abierto
  • ¿Cuál es la composición etaria (edades) de las personas que se beneficiarán de su proyecto?
    • Tipo de pregunta: Selección múltiple varias respuestas
  • Aviso de privacidad y tratamiento de datos personales En cumplimiento de la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1074 de 2015 y demás normas aplicables, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) informa que los datos suministrados en este formulario serán tratados para gestionar la inscripción y participación en el Programa Más Cultura Local, realizar procesos de caracterización, seguimiento, evaluación, reportes estadísticos y comunicaciones relacionadas con sus actividades. El titular podrá ejercer sus derechos de acceso, actualización, rectificación, supresión y demás establecidos en la normativa vigente, contactando a la SCRD a través del correo electrónico correspondencia.externa@scrd.gov.co. La información se tratará conforme a nuestra Política de Tratamiento de Datos Personales, disponible en: https://www.culturarecreacionydeporte.gov.co/sites/default/files/2023-11/tic-pl-01_v1_politica_para_el_tratamiento_de_datos_personales.pdf
    • Tipo de pregunta: Pregunta de sí o no

Documentos requeridos


Cargue estos documentos en la plataforma, cuando esté haciendo su inscripción
Documentos administrativos

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Documento de Identidad - Persona Natural, Agrupación (Todos los integrantes) y Persona Jurídica (Representante legal)

Copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico. En el caso de extranjeros, copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones. En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, el permiso vigente expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y el pasaporte o documento de identidad de su país, para confirmar su calidad de nacional venezolano. Las personas naturales y los representantes de agrupación, deberán contar con RUT y cuenta bancaria en Colombia. De lo contrario, solo podrán participar como integrantes de una agrupación. El documento de identidad se solicitará hasta tanto la Registraduría Nacional del Estado Civil implemente lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 2106 de 2019 o la disposición vigente. No se aceptarán documentos de identidad diferentes a los descritos anteriormente

Certificado de existencia y representación legal y RUT - Persona Jurídica.

PARA ENTIDAD PRIVADA: • Cuando la competencia legal sea de las Cámaras de Comercio: Certificado de existencia y representación legal con la matrícula mercantil renovada, expedido con fecha posterior al 1° de septiembre de 2026. • Cuando la competencia legal sea de una autoridad diferente: Certificado de existencia y representación legal, expedida por la autoridad competente, con fecha de expedición posterior al 1° de septiembre de 2026. • Anexar RUT de la persona jurídica generado con fecha de expedición posterior al 1° de septiembre de 2026. PARA ENTIDAD PÚBLICA: • Acta de posesión del representante legal de la entidad. • Anexar RUT actualizado de la entidad pública. • Para pueblos étnicos (indígenas, comunidades negras afrocolombianas, raizales palenqueras y gitanos o Rrom): Certificado expedido por el Ministerio del Interior o autoridad competente, de la existencia y representación legal de la organización o comunidad, o copia del acto administrativo (resolución del INCODER, resolución de la Dirección de Asuntos Étnicos del Ministerio del Interior, decreto o acuerdo de la Secretaría de Gobierno donde se encuentra radicada la comunidad), que certifique la existencia y representación legal de la organización o comunidad, o certificación expedida por la alcaldía local o municipal de la existencia y representación legal de la organización o comunidad. • Anexar RUT de la persona jurídica generado con fecha de expedición posterior al 1° de septiembre de 2026. Nota 16: En caso de que el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica presente modificaciones o ajustes en cualquier etapa del proceso, se deberá informar oportunamente.

Certificado de pertenencia étnica - Persona Natural

Certificación expedida por el Ministerio del Interior, autoridad competente o instancia de participación, que acredite pertenecer a alguno de los pueblos étnicos: indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y gitanos o Rrom (únicamente para las iniciativas de naturaleza étnica).

Carta de delegación de representante - Agrupación.

Carta firmada por todos los integrantes de la agrupación (Descargar plantilla) en la que se designa a una persona que represente y esté a cargo de los procesos que conlleva la asignación y todo lo relacionado a la ejecución de la iniciativa priorizada. La carta enuncia la delegación de un representante suplente que asumirá las responsabilidades del titular, en casos de inhabilidad o fuerza mayor debidamente comprobados. Descargar plantilla aquí

Certificado de residencia o desarrollo de actividades artísticas o culturales en la localidad - Persona Natural.

Expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la solicitud por parte de la SCRD. Para obtener información sobre este trámite consulta el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia En caso de no ser posible la expedición de este certificado de residencia, se deberá presentar la Declaración de Residencia (Descargar plantilla), diligenciada y firmada por la persona natural delegada, en donde conste el tiempo y localidad de residencia o del desarrollo de actividades en la misma. Descargar plantilla aquí

Certificado de residencia o desarrollo de actividades artísticas o culturales en la localidad - Agrupación.

Aplica para todos los integrantes. Certificado expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la solicitud por parte de la SCRD. Para obtener información sobre este trámite consulta el siguiente sitio web: https://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/solicitud-certificado-residencia En caso de no ser posible la expedición de este certificado de residencia, se deberá presentar la Declaración de Residencia (Descargar plantilla), diligenciada y firmada por la persona natural delegada, en donde conste el tiempo y localidad de residencia o del desarrollo de actividades en la misma. Descargar plantilla aquí

Carta compromiso - Persona Natural.

Completamente diligenciada y firmada (Descargar plantilla). Con la presentación de la iniciativa y la suscripción de la carta compromiso, los delegados(as) de las iniciativas priorizadas manifiestan que son titulares de los derechos de autor, ya sean morales y/o patrimoniales, de las obras que hagan parte de la ejecución. De no ser titulares, deberán gestionar las licencias de uso sobre las mismas, cuando hubiere lugar, de acuerdo en lo establecido en la Ley 23 de 1982 y demás normas concordantes en la materia. Para el caso de los pueblos étnicos, se deberá cumplir con los términos de la carta de compromiso suscrita, independientemente del tipo de participante. Aunque para el programa Más Cultura Local aplica el enfoque diferencial étnico, esto no exime el cumplimiento de los compromisos adquiridos en la misma. Descargar plantilla aquí

Carta compromiso - Agrupación

Completamente diligenciada y firmada por todos los integrantes(Descargar plantilla). Con la presentación de la iniciativa y la suscripción de la carta compromiso, los delegados(as) de las iniciativas priorizadas manifiestan que son titulares de los derechos de autor, ya sean morales y/o patrimoniales, de las obras que hagan parte de la ejecución. De no ser titulares, deberán gestionar las licencias de uso sobre las mismas, cuando hubiere lugar, de acuerdo en lo establecido en la Ley 23 de 1982 y demás normas concordantes en la materia. Para el caso de los pueblos étnicos, se deberá cumplir con los términos de la carta de compromiso suscrita, independientemente del tipo de participante. Aunque para el programa Más Cultura Local aplica el enfoque diferencial étnico, esto no exime el cumplimiento de los compromisos adquiridos en la misma. Descargar plantilla aquí

Carta compromiso - Persona Jurídica.

Completamente diligenciada y firmada por el representante legal (Descargar plantilla). Con la presentación de la iniciativa y la suscripción de la carta compromiso, los delegados(as) de las iniciativas priorizadas manifiestan que son titulares de los derechos de autor, ya sean morales y/o patrimoniales, de las obras que hagan parte de la ejecución. De no ser titulares, deberán gestionar las licencias de uso sobre las mismas, cuando hubiere lugar, de acuerdo en lo establecido en la Ley 23 de 1982 y demás normas concordantes en la materia. Para el caso de los pueblos étnicos, se deberá cumplir con los términos de la carta de compromiso suscrita, independientemente del tipo de participante. Aunque para el programa Más Cultura Local aplica el enfoque diferencial étnico, esto no exime el cumplimiento de los compromisos adquiridos en la misma. Descargar plantilla aquí

Registro Soy Cultura

Soporte Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de la persona natural, representante y cada integrante de la agrupación participante. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2070 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web https://soycultura.mincultura.gov. co/#/home
Documentos técnicos

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Formulación de la iniciativa priorizada

Cargue en en formato Excel (.xlsx). Formato de presentación del proyecto establecido por la SCRD, en el cual se describe y detalla la identificación, fundamentación y formulación de la iniciativa priorizada, incluyendo los resultados esperados y la metodología para su ejecución. • Pestaña 1: Encontrará el formato a diligenciar. • Pestaña 2: Acceso a Guía con consejos, explicaciones y tips para realizar su formulación, Anexo de gastos permitidos y no permitidos para su formulación presupuestal. Descargar plantilla aquí

Criterios para el Diagnóstico


Criterios Generales - Aplican a todas las categorías
Primera Ronda:
  • Contextualiza la problemática y/o necesidad local y caracteriza con claridad a los beneficiarios directos e indirectos, en coherencia con la meta del programa.
    Puntaje máximo: 15
  • El objetivo general y los específicos son claros, medibles/cuantificables, viables y guardan relación directa con las actividades.
    Puntaje máximo: 10
  • Presenta coherencia entre fases, actividades y tiempos, acorde con los plazos del Componente A.
    Puntaje máximo: 10
  • Identifica las necesidades espaciales, logísticas y de producción, e incluye seguimiento y evaluación de resultados.
    Puntaje máximo: 10
  • Define una estrategia de comunicación y divulgación acorde con la naturaleza e incidencia local del proyecto.
    Puntaje máximo: 10
  • Evidencia un proceso claro y pertinente (fases de pre/producción/posproducción o planeación/ejecución/seguimiento), detallando el enfoque de las actividades según la naturaleza del proyecto.
    Puntaje máximo: 25
  • Describe roles y perfiles del equipo acordes con las actividades del proyecto.
    Puntaje máximo: 10
  • El presupuesto guarda coherencia con las actividades y el valor aprobado por el FDL, y cumple los porcentajes y lineamientos de gasto del Componente A.
    Puntaje máximo: 10

¿Quiénes no pueden participar?

Las entidades aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por las y los interesados con relación al cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos establecidos por la invitación en la cual desean participar. No obstante, en cualquier etapa del proceso, sea la verificación, selección, adjudicación o ejecución, se podrá cambiar a estado de No habilitado las iniciativas o participantes en las que se detecte algún incumplimiento de alguna de las condiciones, términos o restricciones de participación establecidos en este documento o en las condiciones particulares de cada invitación. 

Las siguientes restricciones de participación se extienden a personas naturales, a todos los integrantes de las agrupaciones, al representante legal, representante suplente y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas. 

  • Personas naturales colombianas o extranjeras menores de dieciocho (18) años.
  • Ciudadanos colombianos o extranjeros que no acrediten residencia, no estén domiciliados o no acrediten el desarrollo de sus actividades artísticas o culturales en la ciudad de Bogotá, D.C.
  • Personas jurídicas cuyo domicilio principal no sea la ciudad de Bogotá, D.C.
  • Las personas seleccionadas a través del Banco de Personas Expertas del sector Cultura para el proceso de mentorías y diagnóstico del Componente A, en la versión que esté participando (2026).
  • Los ganadores de las convocatorias del Componente B del programa Más Cultura Local de la versión en ejecución (2026).
  • Los servidores públicos o empleados oficiales que trabajen en la SCRD, IDARTES, FUGA, o FDL que hacen parte del Convenio o en la Secretaría Distrital de Gobierno.
  • Las personas naturales con contrato de prestación de servicios con la SCRD, IDARTES, FUGA, FDL que hacen parte del Convenio o con la Secretaría Distrital de Gobierno. Para el caso de los contratistas, aplica la restricción desde el momento en que el FDL envía la identificación hasta la finalización de la ejecución del proyecto.
  • Las personas naturales que tengan vínculos de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos), cónyuge, compañero/a permanente de los servidores públicos, empleados oficiales o de los contratistas de la SCRD, IDARTES, FUGA, FDL que hacen parte del Convenio o de la Secretaría Distrital de Gobierno.
  • Los delegados(as) de iniciativas priorizadas o ganadores de fomento que se encuentren con requerimientos o en revisión jurídica por incumplimiento a los compromisos, o que se encuentren con un proceso abierto de  declaratoria de incumplimiento por parte de la SCRD, IDARTES, FUGA, FDL o de la Secretaría Distrital de Gobierno.
  • Los delegados(as) de iniciativas priorizadas o ganadores de los programas de fomento a los que se les haya declarado el incumplimiento de sus compromisos mediante acto administrativo por parte de la SCRD, IDARTES, FUGA, OFB, IDPC, FDL o de la Secretaría Distrital de Gobierno durante los dos (2) años anteriores a la suscripción de los convenios para la presente versión del programa Más Cultura Local.
  • Los delegados(as) que durante la ejecución de una iniciativa no hayan desarrollado el proyecto de acuerdo con los lineamientos del programa y hayan incumplido con los deberes de ejecución y los compromisos suscritos.
  • Las personas naturales y que directa o indirectamente hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos y requisitos contenidos en las condiciones específicas del programa Más Cultura Local ofertadas en el 2026 o en los Lineamientos metodológicos de los Presupuestos Participativos 2025 y vigentes, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad [hijos(as), padre o madre, abuelos(as), nietos(as), hermanos(as)], segundo de afinidad [yerno, nuera, suegros(as), abuelos(as) del cónyuge, cuñados(as)], o primer grado de parentesco civil (padre o madre adoptante e hijas e hijos adoptivos).

Nota 1: Cada delegado de iniciativa priorizada (sea persona natural, agrupación, integrante de una agrupación o persona jurídica) solo podrá ejecutar una (1) iniciativa del Componente A para el programa Más Cultura Local. De acuerdo a esto, una misma persona no podrá hacer parte de más de una agrupación, ni quien participe como persona natural podrá presentarse como parte de una agrupación o de una persona jurídica. Un integrante de una agrupación, no podrá ser miembro de la junta directiva o el representante legal de una persona jurídica que ejecute otra iniciativa del Componente A en Más Cultura Local 2026. En ningún caso, un miembro de una junta directiva o su representante legal, podrá hacer parte de varias personas jurídicas que estén ejecutando iniciativas del Componente A en la versión 2026 del programa.

Nota 2: Para participar como persona jurídica, se tendrán en cuenta las personas registradas en el certificado de existencia y representación legal o documento equivalente. Para el caso de organizaciones étnicas como cabildos cuyo certificado de Representación y Existencia, es expedido por el Ministerio del Interior o autoridad competente, las autoridades tradicionales relacionadas en el acta de posesión no podrán hacer parte de otras iniciativas del Componente A. 

Las restricciones para los delegados de iniciativas priorizadas del componente A, previstas anteriormente se tendrán en cuenta y se aplicarán las etapas iniciales del proceso, previo a la expedición del acto administrativo (desde la identificación por parte del FDL) y se extienden a personas naturales, integrantes de agrupaciones y miembros de las juntas directivas de las personas jurídicas hasta la finalización de la ejecución del proyecto.

Condiciones Técnicas

Condiciones Técnicas Recomendadas para el sistema de Invitaciones Culturales

Para garantizar una experiencia óptima, se recomienda tener en cuenta las siguientes condiciones técnicas:

1. Tamaño máximo de archivos:
Los documentos o archivos que se carguen a través del sistema no deben superar los 40 MB (megabytes) en total.

2. Navegadores recomendados:
Para asegurar la correcta visualización y funcionalidad del sitio, utilice versiones actualizadas de los siguientes navegadores:

  • Google Chrome (versión 100 o superior)
  • Mozilla Firefox (versión 100 o superior)
  • Microsoft Edge (versión 100 o superior)

3. Conexión a internet:
Se recomienda contar con una conexión a internet estable y de banda ancha, preferiblemente superior a 10 Mbps, para evitar interrupciones durante el registro, carga de documentos o envío de formularios.

4. Sistema operativo:
El portal es compatible con los sistemas operativos más utilizados actualmente, tales como:

  • Windows 10 o superior
  • macOS 11 (Big Sur) o superior
  • Distribuciones Linux modernas (como Ubuntu 20.04 o superior)

5. Consideraciones adicionales:

  • Asegúrese de tener habilitadas las ventanas emergentes (pop-ups) en su navegador, ya que algunas funciones pueden requerirlas.
  • Mantenga su navegador y sistema operativo actualizados para evitar errores de compatibilidad o vulnerabilidades de seguridad.
  • No utilice múltiples pestañas abiertas del mismo sitio simultáneamente para evitar errores en la carga de información.
  • Se recomienda evitar el uso del portal desde dispositivos móviles o tabletas, ya que algunas funcionalidades están optimizadas para uso en computador de escritorio o portátil.

Deberes de los Delegados de Iniciativas Priorizadas

  • Presentar la documentación requerida en los plazos establecidos en cada una de las etapas del esquema de ejecución.

  • Participar activamente en el proceso de formación y fortalecimiento, de acuerdo con lo establecido en la presente Guía Operativa.

  • Entregar el proyecto formulado en el formato establecido por la SCRD en los tiempos establecidos.

  • Adelantar las acciones necesarias para la inscripción con los documentos requeridos en la plataforma establecida por el programa.

  • Leer y apropiar detenidamente, diligenciar y firmar la carta de compromiso y cumplir de manera estricta con lo estipulado en ella, en la presente Guía Operativa y a lo establecido en el acto administrativo que acoge la recomendación de los mentores.

  • Acoger las recomendaciones efectuadas por los mentores(as) en la etapa de diagnóstico y realizar los ajustes de la iniciativa priorizada en el formato de Plan de Acción suministrado por la SCRD, previo a iniciar actividades.

  • Asumir los costos de legalización del incentivo y/o cambios en las fechas de ejecución, los cuales no podrán ser cargados a los recursos que fueron otorgados en calidad de incentivo.

  • Desarrollar los proyectos en los tiempos previstos y de acuerdo con la propuesta de ejecución presupuestal avalada por los expertos encargados del diagnóstico. Las iniciativas priorizadas se deberán desarrollar a partir de la fecha de aprobación de póliza constituida a favor de la SCRD y la expedición del Registro Presupuestal. Esto significa que el delegado(a) deberá iniciar la ejecución de actividades del proyecto disponiendo inicialmente de recursos propios, mientras se tramita el primer desembolso.

  • Elaborar y entregar a la SCRD y al FDL el cronograma con las fechas y lugares en los cuales se desarrollarán las actividades con la comunidad, a más tardar diez (10) días calendario después de la legalización del incentivo y confirmación de la fecha de inicio de la ejecución.

  • Ejecutar el proyecto de acuerdo con la formulación aprobada por los mentores(as) en la fase de diagnóstico y teniendo en cuenta una primera etapa de alistamiento, planeación o preproducción, en la que se gestionen los acuerdos, contrataciones, compras, gestiones y permisos necesarios para iniciar con las actividades propuestas en el cronograma.

  • Destinar el cien por ciento (100%) del monto recibido para la ejecución de la iniciativa priorizada avalada por los mentores y cumpliendo con los criterios del anexo de los gastos permitidos y no permitidos. (Ver plantilla de documento técnico). 

  • Informar y entregar los reportes e informes solicitados por el FDL o la SCRD en la forma y tiempos comunicados por cada entidad.

  • Gestionar los permisos necesarios amparados en la normatividad vigente para la ejecución de las iniciativas priorizadas y la realización de actividades artísticas en el espacio público o privado, garantizando las condiciones logísticas, técnicas y de seguridad que impliquen su desarrollo. El delegado(a) es el responsable de la gestión en los tiempos necesarios y el buen uso de los espacios que hagan parte de la ejecución de la iniciativa priorizada. Los soportes de permisos y gestiones de espacios serán soportes de ejecución que deben incluirse en el informe final.

  • Disponer de los soportes de ejecución financiera y contable de manera ordenada y entregar a la SCRD. Asimismo, garantizar su disponibilidad de los FDL o cualquier ente de control.

  • Hacer uso de los formatos suministrados por la SCRD en el marco de la ruta de seguimiento y acompañamiento, los cuales son de obligatorio uso durante la ejecución de actividades del proyecto: listados de asistencia, registro audiovisual, autorización de uso de imagen, entrega de materiales, informes, permiso de uso de espacios públicos, entre otros.

  • Participar en las actividades y espacios de seguimiento y socialización que soliciten la SCRD o los FDL.

  • Propender por el desarrollo de las actividades dentro de los equipamientos e instalaciones de la localidad.

  • Compartir los resultados obtenidos de la ejecución a través de la gestión de actividades de socialización de resultados en su localidad.

  • Otorgar crédito a la SCRD y al respectivo FDL en todas las actividades desarrolladas o material publicado en relación con el incentivo recibido. Para publicaciones o material impreso se deben acoger los lineamientos contenidos en la Guía de Identidad visual del Programa, así como solicitar aprobación por parte de la SCRD antes de su impresión o divulgación.

  • Aportar la documentación requerida para efectos de divulgación, compilación de memorias (textos explicativos del proyecto, imágenes, seguimiento y evaluación, entre otros).

  • Permitir el acompañamiento de la SCRD y del FDL en las actividades de ejecución de las iniciativas priorizadas incluidas en el cronograma entregado.

  • Informar por medio del correo electrónico, los cambios de fechas de actividades del proyecto a la SCRD y al FDL mínimo 3 días antes de la actividad.

  • Enviar oportunamente a la SCRD y al FDL los materiales de divulgación, convocatorias, invitaciones o información de actividades para ser publicados por el FDL.

  • Entregar el informe final y sus soportes técnicos, administrativos y financieros solicitados, en los formatos, los plazos y en las condiciones establecidas por la SCRD.

  • Presentar en el informe final una propuesta de sostenibilidad en beneficio de la comunidad, en caso de haber destinado recursos financieros a la compra de elementos, instrumentos y materiales a los cuales se les puede dar segundo uso.

  • Reembolsar los recursos en su totalidad dentro de los plazos establecidos por la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda, en caso de renuncia o cuando no existan razones justificadas acorde con la finalidad del programa, o no opere causal alguna de fuerza mayor comprobada que impida la ejecución de la iniciativa priorizada.

  • Gestionar y atender las obligaciones en cuanto a derechos de autor o de propiedad intelectual, industrial o comercial (cuando aplique), antes, durante y después de la ejecución de la iniciativa priorizada. Ante cualquier reclamación de terceros, serán los delegados(as) de las iniciativas priorizadas quienes tomarán la responsabilidad y aportarán los soportes a los que haya lugar ante las instancias que corresponda. En cualquier caso, se mantendrán indemnes los FDL, la SDG, la SCRD y sus entidades adscritas IDARTES y FUGA.

  • Mantener una relación respetuosa, articulada, colaborativa y transparente con el equipo de la SCRD encargado del acompañamiento y seguimiento, atendiendo de manera oportuna sus solicitudes, facilitando el acceso a la información requerida y permitiendo el ejercicio de sus funciones conforme a lo estipulado en la presente Guía Operativa.

  • Todo lo suscrito en la carta compromiso.

En caso de incumplimiento con alguno de los deberes estipulados en el presente documento, la SCRD deberá citar al delegado(a) de la iniciativa priorizada para estudiar el caso. De no atender dicho requerimiento dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes o no cumplir con los compromisos acordados, la entidad procederá a expedir una comunicación externa con el fin de soportar administrativamente la situación presentada y mantener el debido proceso.